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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of
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Disposición n° 315 |
17/08/2007 |
Fecha:
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22/08/2007 |
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Dependencia:
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DI-315-2007-RENAR |
Tema:
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REGISTRO NACIONAL DE ARMAS |
Asunto:
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Apruébase el “Manual Entidades de Tiro RENAR (MET) -
edición
2007”. |
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VISTO lo normado por
la Ley Nacional de
Armas y Explosivos Nº 20.429, las Leyes Nros. 23.979 y 24.492, los Decretos
Nros. 395/75, 73/88 y 252/94, y
la Disposición RENAR
Nº 104/99, y |
CONSIDERANDO: |
Que
el Decreto Nº 73/88, transfirió al Registro Nacional de Armas las funciones
asignadas a la desaparecida Dirección General de Tiro, dependiente del Comando
General del Ejército. |
Que
con el objeto de unificar la normativa vigente, se confeccionó el Manual de
Entidades de Tiro (M.E.T.), el cual fue aprobado por
la Disposición RENAR
Nº 104/99. |
Que
dado el tiempo transcurrido resulta necesario efectuar una actualización del
Manual de mención. |
Que,
en consecuencia, dicha tarea ha sido cumplida en forma mancomunada por
integrantes de este Registro Nacional de Armas, junto a técnicos, tiradores,
representantes de las Entidades de Tiro, autoridades de
la Federación Argentina
de Tiro,
la
Federación Argentina de Tiro al Vuelo y
la Federación de Tiro
Práctico de
la
República Argentina, convocadas al efecto, realizando así,
un invalorable aporte de sus conocimientos y experiencias, tanto a nivel
nacional como internacional. |
Que
han tomado la intervención de su competencia las Coordinaciones de
Autorizaciones Especiales y de Asuntos Jurídicos de este Registro Nacional de
Armas. |
Que
el suscripto es competente para adoptar la presente medida en virtud de lo
dispuesto por las Leyes Nros. 20.429, 23.979 y 24.492 y por los Decretos
Nros. 395/75, 252/94, 1023/06 y 1024/06. |
Por ello, |
EL DIRECTOR DEL REGISTRO NACIONAL DE
ARMAS DISPONE: |
Artículo
1º — Aprobar el “Manual Entidades de Tiro RENAR (MET) - edición
2007”, que como Anexo I se
agrega a la presente Disposición y forma parte integrante de la misma. |
Art.
2º — Aprobar el “Acta de Evaluación de Entidad de Tiro”, que como Anexo II se
agrega a la presente Disposición y forma parte integrante de la misma. |
Art.
3º — Aprobar el “Acta de Inspección para Entidades de Tiro”, que como Anexo
III se agrega a la presente Disposición y forma parte integrante de la misma. |
Art.
4º — Aprobar el “Acta de Certificación para Instructores de Tiro”, que como
Anexo IV se agrega a la presente Disposición y forma parte integrante de la
misma. |
Art.
5º — Establecer en noventa (90) días corridos, contados a partir de la
sanción de la presente, el plazo de entrada en vigencia de los requisitos y
procedimientos incorporados al Manual referido en el artículo 1º. |
Art.
6º — Derogar
la
Disposición RENAR Nº 104/99 y toda otra norma
administrativa dictada por el Organismo en oposición a los procedimientos
establecidos en el Manual referido en el artículo 1º de la presente
Disposición. |
Art.
7º — Comuníquese, regístrese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial, incorpórese al Banco Nacional Informatizado de Datos
RENAR y cumplido, archívese. — Andrés M. Meiszner. |
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NOTA LOA: PRESIONE AQUÍ PARA VER ANEXO |
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