Detalle de la norma AA-18.P47-2004-AAP
Acuerdo Nro. 18.P47 Acuerdo de Alcance Parcial de Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI)
Organismo Acuerdo de Alcance Parcial de Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI)
Año 2004
Asunto Régimen de Origen para mercaderías originarias de Paraguay
Detalle de la norma
AAP

AAP.CE  18-2004

Cuadragésimo Séptimo Protocolo Adicional

Los Plenipotenciarios de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, acreditados por sus respectivos Gobiernos, según poderes otorgados en buena y debida forma, depositados oportunamente en la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI).

TENIENDO EN CUENTA, el Décimo Octavo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 18 y la resolución GMC Nº 43/03,

CONVIENEN:

Artículo 1º.- Incorporar al Acuerdo de Complementación Económica Nº 18 la Decisión Nº 29/03 del Consejo del Mercado Común relativa al Régimen de Origen del MERCOSUR, que consta como anexo e integra el presente Protocolo.

Artículo 2º.- El presente Protocolo entrará en vigor 30 días después de la notificación de la Secretaría General de la ALADI a los países signatarios de que recibió la comunicación de la Secretaría del MERCOSUR, informando la incorporación de la norma MERCOSUR y de su correspondiente Protocolo Adicional a los ordenamientos jurídicos de los cuatro Estados Partes del MERCOSUR.

La Secretaría General de la ALADI deberá efectuar dicha notificación, en lo posible, el mismo día de recibida la comunicación de la Secretaría del MERCOSUR.

La Secretaría General de la ALADI será depositaria del presente Protocolo, del cual enviará copias debidamente autenticadas a los Gobiernos de los países signatarios, y a la Secretaría del MERCOSUR.

EN FE DE LO CUAL, los respectivos Plenipotenciarios firman el presente Protocolo en la ciudad de Montevideo, a los diecisiete días del mes de febrero de 2004, en un original en los idiomas español y portugués, siendo ambos textos igualmente válidos.

(Fdo.:) Por el Gobierno de la República Argentina: Juan Carlos Olima; Por el Gobierno de la República Federativa del Brasil: Bernardo Pericás Neto; Por el Gobierno de la República del Paraguay: Bernardino Hugo Saguier Caballero; Por el Gobierno de la República Oriental del Uruguay: Agustín Espinosa.

MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 29/03

REGIMEN DE ORIGEN MERCOSUR

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, los Protocolos Adicionales Nros. VIII y XXII al ACE Nº 18, la Directiva Nº 12/96 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR y sus modificatorias.

CONSIDERANDO:

La necesidad de establecer un régimen de origen diferenciado con miras a facilitar al Paraguay la ejecución de una política de industrialización orientada a la exportación.

El mandato de los Presidentes en el sentido de implementar, en el más breve plazo posible, medidas necesarias para corregir las diferencias existentes a causa de las asimetrías entre los países así como la condición de Paraguay como país sin litoral marítimo.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN
DECIDE:

Art. 1 - El porcentaje de contenido regional en el Régimen de Origen del MERCOSUR a los efectos de otorgar la condición de originarios a los productos de Paraguay, será el siguiente:
- 40% hasta el 2008,
- 50% hasta el 2014
- 60% a partir de 2014

Art. 2 - Las condiciones preferenciales otorgadas por la presente Decisión, no podrán afectar inversiones ya instaladas en la Republica Oriental del Uruguay, ni corrientes comerciales actuales de dicho país.

Art. 3 - Solicitar a los Estados Partes que instruyan a sus respectivas Representaciones ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) para que protocolicen la presente Decisión en el marco del Acuerdo de Complementación Económica Nº 18, en los términos establecidos en la Resolución GMC Nº 43/03.

Art. 4 - Los Estados Partes deberán incorporar la presente Decisión a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del 01/IV/2004.

XXV CMC - Montevideo, 15/XII/03

 

 

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona NE-16-2006-SGCA Régimen de Origen para mercaderías originarias de Paraguay