Detalle de la norma AA-45.P3-2002-AAP
Acuerdo Nro. 45.P3 Acuerdo de Alcance Parcial de Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI)
Organismo Acuerdo de Alcance Parcial de Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI)
Año 2002
Asunto Prorrogar la vigencia de las preferencias Argentina-Cuba
Detalle de la norma
AAP

AAP.CE  45-2002

Tercer Protocolo Modificatorio

Los Plenipotenciarios de la República Argentina y de la República de Cuba, acreditados por sus respectivos Gobiernos según poderes que fueron otorgados en buena y debida forma, depositados oportunamente en la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI),

CONVIENEN:

Artículo 1°.-  Prorrogar  la vigencia del Acuerdo de Complementación Económica N° 45  hasta  el evento que ocurra primero, sea el 30 de junio de 2003 o la entrada en vigor del instrumento que recoja la ampliación y profundización de este Acuerdo –en el marco bilateral o en el marco Cuba-MERCOSUR.

Artículo 2°.- El presente Protocolo entrará en vigor a partir del momento en que la Secretaría General de la ALADI comunique a los países signatarios la recepción de la última notificación relativa al cumplimiento de los procedimientos de incorporación a la legislación interna de cada Parte.

La Secretaría General de la ALADI será depositaria del presente Protocolo, del cual enviará copias debidamente autenticadas a los Gobiernos signatarios.

EN FE DE LO CUAL, los respectivos Plenipotenciarios suscriben el presente Protocolo en la ciudad de Montevideo, a los veintinueve días del mes de noviembre de dos mil dos, en un original en idioma español.

(Fdo.:) Por el Gobierno de la República Argentina: Juan Carlos Olima; Por el Gobierno de la República de Cuba: José Felipe Chaple Hernández.

 

 

 

 

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona IG-10-2003-SDGLTA Prorrogar la vigencia de las preferencias Argentina-Cuba
Complementa AA-45-1999-AAP Prorrogar la vigencia de las preferencias Argentina-Cuba