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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en |
Boletín/Of |
Acta n° 3 |
07/05/2008 |
Fecha: |
19/06/2008 |
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Dependencia: |
AC-3-2008-CCM |
Tema: |
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONALY CULTO
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Asunto: |
C REUNION DE
LA
COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR |
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Se realizó en la
ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, entre los días 7 y 9 de
mayo de 2008,
la C
Reunión Ordinaria de
la
Comisión de Comercio del MERCOSUR, con la presencia de las Delegaciones de
Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela. |
Fueron tratados los siguientes
temas: |
1. SEGUIMIENTO DE LAS TAREAS E
INSTRUCCIONES A LOS COMITES TECNICOS. |
1.1. CT Nº 1 “Aranceles,
Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías” |
De conformidad a la instrucción
impartida por el GMC, se instruye al CT Nº
1
a presentar información sobre las solicitudes de modificación del AEC que
constan en el Anexo V (B) Acta Nº 01/08 del citado foro técnico. La
información solicitada deberá indicar por cada solicitud de modificación del
AEC incluida en ese Anexo, las que seguirían vigentes, con la actualización
de las NCM 2007. La mencionada tarea deberá elevarse a la próxima CCM de manera
que pueda ser considerada por el GMC en la próxima Reunión Ordinaria del
presente semestre. |
1.2. CT Nº 2 “Asuntos Aduaneros” |
La PPTA informó sobre
los resultados de
la
LII Reunión Ordinaria del CT Nº 2, celebrada en Mendoza, entre los días 21 y
25 de abril de 2008. |
La CCM aprobó el P.
Res. Nº 02/08 “Especificación de Características Técnicas de
la
Infraestructura Informática para el intercambio electrónico de información de
operaciones aduaneras mediante el Sistema INDIRA (Intercambio de Información
de los Registros Aduaneros) (Anexo IV) y lo elevó a consideración del GMC. |
En cumplimiento de la instrucción de
la
CCM en su XCVIII Reunión,
la
PPTA anunció que
la
Coordinación argentina del SGT Nº 7 asistirá a la próxima reunión del CT Nº 2
y que el tema se tratará el día 20 de mayo en la ciudad de Buenos Aires. |
1.3. CT Nº 3 “Normas y Disciplinas
Comerciales” |
La PPTA informó sobre
los resultados de
la
LIX Reunión Ordinaria del CT Nº 3, celebrada en Buenos Aires, entre los días
28 y 30 de abril de 2008. El Acta se encuentra Ad Referéndum de
la
Delegación de Paraguay. |
Con relación al Proyecto de Decisión
sobre el Régimen de Origen consolidado que se encuentra bajo análisis del CT
Nº 3,
la Delegación de
Argentina manifestó la conveniencia de incorporar a este texto toda la
normativa MERCOSUR relativa a reglas de origen que ha sido aprobada pero que
aún no se encuentra en vigencia. Asimismo, manifestó la necesidad de
continuar el trámite de protocolización de dichas normas en el ámbito de
la
ALADI, sin perjuicio de su incorporación al Régimen de Origen consolidado. |
La Delegación de
Brasil reiteró la necesidad de que la reunión entre los sectores privados de
los Estados Partes, a los efectos de avanzar en la propuesta de modificación
de requisito específico de origen de teléfonos celulares (NCM 8517.12.31), se
realice previo a la próxima reunión del CT Nº 3. |
1.4. CT Nº 5 “Defensa de
la
Competencia” |
La PPTA informó sobre
los resultados de
la
XLVII Reunión Ordinaria del CT Nº 5, celebrada en Buenos Aires, entre los
días 21 y 22 de abril de 2008. |
La CCM aprobó el
Programa de Trabajo del CT Nº 5 para el año 2008, que consta como Anexo VII |
(MERCOSUR/C CCM/DT Nº 05/08). |
2. CONSULTAS |
2.1. Nuevas Consultas |
No se presentaron nuevas consultas. |
2.2. Consultas en Plenario |
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ANEXO |
3. ORIGEN |
3.1 Declaración de necesidad en el
marco del artículo 6 de
la Dec. CMC Nº 01/04
La
Delegación de Argentina circuló una nueva versión del proyecto (Anexo VIII -
MERCOSUR/C CCM/DT Nº 06/08), el cual incluye, entre otros temas, las
observaciones presentadas por Brasil en la última reunión de
la
CCM, con relación a los Arts. 1 y 4, así como
también el ámbito de tratamiento de este tema, la previsión de un cupo y la
declaración de los materiales no originarios que justifican la aplicación de
la medida. |
Las delegaciones intercambiaron
opiniones sobre la nueva versión y acordaron mantener el tema en la agenda. |
La Delegación de
Uruguay presentó una nueva declaración de necesidad para el producto
4819.20.00, cuyo requisito de origen se encuentra en análisis en el CT Nº 3
(Anexo XV —RESERVADO— MERCOSUR/C CCM/DI Nº 12/08). |
4. DECISION CMC Nº
54/04 ELIMINACION DEL DOBLE COBRO DEL AEC Y DISTRIBUCION DE LA RENTA ADUANERA |
4.1. Implementación del artículo 4 de
la Dec. CMC Nº 54/04 |
La CCM recibió los
informes de
la Reunión de
Técnicos Aduaneros e Informáticos y del Grupo Técnico sobre Distribución de
la
Renta Aduanera realizada en Buenos Aires, los días 17 y 18 de abril de 2008
(Anexo XVI —RESERVADO— MERCOSUR/C CCM/DI Nº 11/08) y de
la
Reunión del Grupo Técnico sobre Distribución de
la
Renta Aduanera, realizada en paralelo a esta CCM (Anexo IX — RESERVADO—
MERCOSUR/C CCM/DI Nº 09/08). |
La Delegación de
Uruguay realizó una presentación sobre su nueva propuesta de reglamentación
para la segunda etapa de
la Dec. CMC Nº 54/04 (Anexo X —RESERVADO— MERCOSUR/C
CCM/DI Nº 10/08). Las delegaciones intercambiaron opiniones sobre la
mencionada propuesta y acordaron continuar con el tema en la próxima reunión
de la CCM. |
La próxima reunión del Grupo Técnico
sobre Distribución de
la
Renta Aduanera y los Técnicos Aduaneros e Informáticos se realizará en la
ciudad de Buenos Aires, el día 20 de mayo de 2008. |
5. RES. GMC Nº 69/00
“ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO” |
La CCM solicitó a
la
SM la elaboración de un cuadro de situación de las directivas vigentes
aprobadas en el marco de
la
Res. GMC Nº 69/00, discriminado por país conteniendo los plazos y cupos
otorgados. |
5.1. Solicitudes de reducción
arancelaria |
5.1.1 Solicitud de reducción
arancelaria temporal al 2% para los productos “Oleos em bruto de amêndoa de palma (óleo de palmiste em bruto)”, que se
clasifica por la posición NCM 1513.21.10, para una cuota de 75.000 toneladas,
por 12 meses (01/02/2008 a 31/01/2009) |
En virtud del acuerdo entre los
sectores privados de Paraguay y Brasil para la compra de 2500 toneladas de
este producto,
la CCM aprobó
la
Directiva Nº 11/08 (Anexo IV), para un cupo de 72.500 toneladas. |
5.1.2 Solicitud de reducción
arancelaria temporal al 2% para los productos “aceites de almendra de palma,
en bruto” que clasifica por la posición arancelaria NCM 1513.21.10, para una
cuota de 3000 toneladas, por un período de 12 meses. |
La CCM aprobó
la
Directiva Nº 10/08 (Anexo IV). |
5.1.3 Solicitud de reducción
arancelaria temporal al 2% para “papel del tipo wet strenght, resistente a la humedad y al álcali, que
clasifica en la posición NCM 4811.59.30 “Los demás, impregnados”, para una
cuota de 3000 toneladas, por un período de 12 meses. |
La CCM aprobó
la
Directiva Nº 09/08 (Anexo IV). |
5.1.4 Solicitud de reducción
arancelaria temporal al 2% para “Chapa molibdenio”,
que clasifica por la posición NCM 7225.40.90, para una cuota de 1500
toneladas, por 12 meses (Art. 7). |
La CCM aprobó
la
Directiva Nº 07/08 (Anexo IV). |
5.1.5 Solicitud de reducción
arancelaria temporal al 2% para “Chapa de aço co-laminada com aço inoxidável”, que clasifica
por la posición NCM 7225.99.90, para una cuota de 2500 toneladas, por 12
meses (Art. 7). |
La CCM aprobó
la
Directiva Nº 08/08 (Anexo IV). |
5.1.6 Solicitud de reducción
arancelaria temporal al 2% para “Acido Tereftálico y sus sales (PTA)”, que clasifica por la posición NCM 2917 3600, para una
cuota de 600 mil ton, por 12 meses”. |
Las Delegaciones de Paraguay y Uruguay
manifestaron que están en condiciones de acompañar esta solicitud. |
La Delegación de
Argentina informó que el tema continúa en análisis interno. |
5.1.7 Solicitud de reducción
arancelaria temporal al 2% para “Alambrón de los
demás aceros aleados, excepto de acero rápido y de acero silicomanganeso,
con la siguiente especificación: FERMACHINE calidad apto para estampado en
frío - C.H.Q.”, que clasifica por la posición NCM
7227.90.00, para una cuota de 1400 toneladas, por 12 meses. |
La Delegación de
Argentina circuló
la Nota
PPTA Nº 179/08, de fecha 25 de abril de 2008, mediante la cual solicitó la
reducción arancelaria para este producto. |
Al respecto, las Delegaciones de
Brasil, Paraguay y Uruguay manifestaron que el tema se encuentra en análisis
interno. |
5.1.8 Solicitud de reducción
arancelaria temporal al 2% para “Alambre de los demás aceros aleados, excepto
de acero silicomanganeso, con la siguiente
especificación: recocido y trefilado apto para estampado en frío —C.H.Q. estado de entrega RAUP-SAIP— o recocido final
—SAFS—”, que clasifica por la posición NCM 7229.90.00, para una cuota de 2500
toneladas, por 12 meses. |
La Delegación de
Argentina circuló
la Nota
PPTA Nº 179/08, de fecha 25 de abril de 2008, mediante la cual solicitó la
reducción arancelaria para este producto. |
Al respecto, las Delegaciones de
Brasil, Paraguay y Uruguay manifestaron que el tema se encuentra en análisis
interno. |
5.1.9 Solicitud de reducción
arancelaria temporal al 2% para “Alambre de hierro o acero sin alear, sin
revestir, incluso pulido con un contenido de carbono inferior a 0.6% en peso,
con la siguiente especificación: recocido y trefilado apto para estampado en
frío —C.H.Q. estado de entrega RAUPSAIP— o recocido
final —SAFS—”, que clasifica por la posición NCM 7217.10.90, para una cuota
de 4.000 toneladas, por 12 meses. |
La Delegación de
Argentina circuló
la Nota
PPTA Nº 179/08, de fecha 25 de abril de 2008, mediante la cual solicitó la
reducción arancelaria para este producto. |
Al respecto, las Delegaciones de
Brasil, Paraguay y Uruguay manifestaron que el tema se encuentra en análisis
interno. |
5.1.10 Solicitud de reducción
arancelaria temporal al 0% para “Urea, incluso en disolución acuosa, con un
contenido de nitrógeno superior al 45% en peso”, que clasifica por la
posición NCM 3102.10.10, para una cuota de 300.000 toneladas, por 5 meses. |
La Delegación de
Argentina circuló
la Nota
PPTA Nº 179/08, de fecha 25 de abril de 2008, mediante la cual solicitó la
reducción arancelaria para este producto. |
La Delegación de
Brasil manifestó que está en condiciones de acompañar dicha solicitud. |
Las Delegaciones de Paraguay y Uruguay
informaron que el tema se encuentra en consultas internas. |
5.1.11 Solicitud de reducción
arancelaria temporal al 0% para “Mezclas de urea con nitrato de amonio en
disolución acuosa”, que clasifica por la posición NCM 3102.80.00, para una
cuota de 300.000 toneladas, por 6 meses. |
La Delegación de
Argentina circuló
la Nota
PPTA Nº 179/08, de fecha 25 de abril de 2008, mediante la cual solicitó la
reducción arancelaria para este producto. |
La Delegación de
Brasil manifestó que está en condiciones de acompañar dicha solicitud. |
Las Delegaciones de Paraguay y Uruguay
informaron que el tema se encuentra en consultas internas. |
5.1.12 Solicitud de reducción
arancelaria temporal al 2% para “Tubos de aço para
transporte de minérios (NCM 7305.12.00)” para una
cuota de 38.794 toneladas, por 3 meses (Art. 7). |
La Delegación de
Brasil circuló
la Nota 138/08,
de fecha 6 de mayo de 2008, mediante la cual solicitó la reducción
arancelaria para este producto. Durante
la
CCM,
la Delegación de
Brasil circuló una versión actualizada del formulario. |
Las Delegaciones de Argentina, Paraguay
y Uruguay manifestaron que el tema se encuentra en consultas internas. |
5.1.13 Solicitud de reducción
arancelaria temporal al 2% para “Tripolifosfato de sódio (NCM 2835.31.90)” para una cuota de 113.000
toneladas, por 12 meses. |
La Delegación de
Brasil circuló
la Nota 138/08,
de fecha 6 de mayo de 2008, mediante la cual solicitó la reducción
arancelaria para este producto. Durante
la
CCM,
la Delegación de
Brasil circuló una versión actualizada del formulario. |
Las Delegaciones de Argentina, Paraguay
y Uruguay manifestaron que el tema se encuentra en consultas internas. |
5.2. Modificación de
la
Res. GMC Nº 69/00 “Acciones Puntuales en el ámbito arancelario por razones de
abastecimiento”. |
La Delegación de
Brasil circuló una contrapropuesta sobre Modificación de
la
Res. GMC Nº 69/00, la cual consta como Anexo XI (RESERVADO - MERCOSUR/C
CCM/DT Nº 07/08). |
Las delegaciones presentaron
observaciones sobre la misma y acordaron continuar con el tema en la agenda.
En este sentido, se decidió convocar a una reunión paralela a la próxima CCM. |
6. ASUNTOS ADUANEROS |
6.1 Simplificación de Procedimientos
Aduaneros en el comercio intrazona (implementación
de
la Res. GMC Nº 34/04). |
La Delegación de
Argentina presentó el documento “Simplificación de Procedimientos Aduaneros
en el Comercio Intrazona basado en el Estatuto de
Operador Económico Autorizado de
la
Organización Mundial de Aduanas. Establecimiento de un Grupo de Trabajo”
(Anexo XII - MERCOSUR/C CCM/DT Nº 08/08), donde se propone el establecimiento
de un Grupo que elabore un programa de simplificación de procedimientos
aduaneros, basado en el Estatuto del Operador Económico Autorizado de
la
OMA, para establecer estándares mínimos exigibles por las Administraciones
Aduaneras para la certificación de operadores, como los beneficios
específicos que obtendrían los exportadores e importadores en sus operaciones intra-MERCOSUR. El procedimiento deberá tener bajo
especial consideración a las PYMES de la región. |
La CCM acordó
convocar, en ocasión de su próxima reunión ordinaria, una reunión paralela de
técnicos, con el fin de elaborar una propuesta de simplificación de
procedimientos aduaneros en el MERCOSUR con base en el Estatuto de
la
OMA adaptado a la realidad regional. |
Las Delegaciones de Argentina y Brasil
manifestaron que el establecimiento de procedimientos aduaneros basados en el
Estatuto de Operador Económico Autorizado de
la
OMA podría brindar una solución en el abordaje de los puntos 6.2. y 6.3. de la agenda. |
El tema continúa en la agenda de la
CCM. |
6.2. Simplificación de Procedimientos
Aduaneros en el comercio intrazona (Anexo IV -
MERCOSUR/XXXIII CMC/DT Nº 01/07). |
Las delegaciones continuaron el
intercambio de pareceres respecto de la solicitud de Paraguay y se
comprometieron a seguir evaluándola en la próxima reunión, teniendo en cuenta
las informaciones que han sido presentadas hasta la fecha. |
6.3. Facilitación de Procedimientos
Aduaneros en el comercio intrazona. Dec. CMC Nº 37/07 (Anexo XVIII - MERCOSUR/LXX GMC/DT Nº
23/07) |
La CCM tomó nota de la
instrucción del GMC de que este tema sea tratado en su órbita. Al respecto,
las delegaciones intercambiaron opiniones y acordaron mantener el tema en la
agenda. |
7. REGIMENES ADUANEROS
ESPECIALES DE IMPORTACION |
7.1 Implementación del Art. 2º de
la
Decisión CMC Nº 02/06 |
7.1.1 Régimen Común para la Industria
Naval |
Las delegaciones recibieron el informe
de la segunda reunión del sector privado de la industria naval del MERCOSUR,
que se realizó en paralelo, a los efectos de analizar el régimen común de
importación de bienes destinados a la industria naval. Las delegaciones de
los sectores públicos y privados intercambiaron ideas acerca de los
contenidos que debería tener el citado régimen y coincidieron en convocar a
una tercera reunión a celebrarse en el marco de
la
CI Reunión de la CCM. |
La Delegación de
Paraguay presentó una propuesta de régimen común para el sector que permanece
bajo análisis de las delegaciones. |
La PPTA se comprometió
a circular una versión consolidada que contenga los comentarios de las
delegaciones. |
7.1.2 Régimen Común de Importación de
Bienes Integrantes de Proyectos de Inversión. |
La Delegación de Argentina
circuló una nueva propuesta, la cual consta como Anexo XIII (MERCOSUR/XCI
CCM/DT Nº 03/07 Rev. 1). |
Las delegaciones intercambiaron
opiniones sobre la nueva versión y acordaron mantener el tema en la agenda de
la CCM. |
7.1.3 Régimen Común para la Industria
Aeronáutica. |
La Delegación de
Brasil informó acerca de la posibilidad de realizar el encuentro entre los
sectores privados de la industria aeronáutica, el día 28 de mayo en la sede
de EMBRAER, en São José dos Campos/SP. |
Las demás delegaciones se
comprometieron a realizar contactos con los sectores privados de sus
respectivos países, con vistas a concretar dicho encuentro. |
7.1.4 Régimen Común de Importación de
Bienes destinados a
la
Investigación Científica y Tecnológica. |
Las delegaciones continuaron
intercambiando opiniones sobre la propuesta de Brasil, presentada en
la
XCV Reunión de la CCM. |
La Delegación de
Brasil informó que hará las consultas internas con vistas a acoger las
observaciones de las demás delegaciones. |
7.2 Reglamentación de
la Dec. CMC Nº 34/03 “Bienes de Capital” |
Con relación a la propuesta de Brasil
de reglamentación de
la Dec. CMC Nº 34/03 “Bienes de Capital”, las Delegaciones
de Argentina y Uruguay manifestaron que el tema se encuentra en consultas
internas. |
El tema continúa en la agenda de la
CCM. |
8. COOPERACION TECNICA
MERCOSUR - BID |
8.1 Apoyo Técnico a la CCM |
El Comité de Dirección resolvió por
unanimidad que el estudio sobre “Evaluación del impacto de los incentivos
fiscales otorgados por diversos niveles de Gobierno” la consultora
seleccionada sea ECOLATINA. Con respecto al estudio correspondiente a la
“Identificación de Impuestos directos e indirectos”, la consultora a cargo
del mismo será Rueda, Abadi & Pereira.
La
SM informará al BID sobre esta decisión para su no objeción adjuntando los
resultados correspondientes a las evaluaciones realizadas por los Estados
Partes. |
La CCM acordó, una vez
recibida la no objeción por parte del BID, convocar a representantes de las
dos consultoras seleccionadas, con el objeto de que informen el alcance de
los estudios a realizarse y reciban sugerencias al respecto. |
Las delegaciones enviarán a
la
PPTA algunas sugerencias a fin de dar mayor precisión al alcance de los
estudios propuestos en sus respectivos planes de trabajo, los que deberán ser
incluidos en los contratos con las respectivas consultoras. |
Con respecto a la segunda etapa del
estudio “Impacto Sectorial de
la
Eliminación del Doble Cobro del AEC”,
la
CCM acordó que
la
Consultora ABECEB.COM se base en los siguientes sectores: |
1- Argentina: (1711): “Preparación e
hilatura de fibras textiles, tejeduría de productos textiles” |
2- Paraguay: (1810) “Fabricación de
prendas de vestir, excepto prendas de piel” |
3- Paraguay (2520): “Fabricación de
productos plásticos” |
4- Uruguay (1711): “Preparación e
hilatura de fibras textiles, tejeduría de productos textiles”, focalizado en
tejidos |
Con relación al sector 2520
seleccionado por Paraguay, si bien el mismo no estaba contemplado en el
informe de avance de
la
Consultora ABECEB.COM como sector prioritario a ser desarrollado,
la
CCM convino solicitar a esa Consultora que dicho sector sea considerado en la
segunda etapa del Estudio. |
9. OTROS |
9.1 Situación de las normas con plazo
de incorporación vencido |
La CCM recibió de
la
SM el listado conteniendo las normas con plazo de incorporación vencido
(Anexo XIV —RESERVADO— MERCOSUR/LXXV CCM/DT Nº 21/05 Rev. 20). |
9.2 Protocolizaciones al ACE Nº 18 |
La PPTA comunicará a
la
Secretaría General de
la
ALADI la suspensión de la protocolización de
la
Directiva CCM Nº 05/07. |
La PPTA consultará a
la
RTIN acerca de la situación de
la Dir. CCM Nº 05/07,
teniendo en cuenta que el contenido de la misma se encuentra
incorporado en
la Dir. CCM Nº 10/07. |
PROXIMA REUNION |
La CCM acordó realizar
la próxima reunión ordinaria del 3 al 5 de junio de 2008, en Montevideo. |
ANEXOS: |
Los Anexos que forman parte de la
presenta Acta son los siguientes: |
Anexo I Lista de Participantes |
Anexo II Agenda |
Anexo III Resumen de Acta |
Anexo IV Normas y Proyecto de Norma |
Anexo V Nuevas consultas - no se
presentaron |
Anexo VI Consultas en plenario |
Anexo VII MERCOSUR/C CCM/DT Nº 05/08
Programa de Trabajo 2008 del CT Nº 5 |
Anexo VIII MERCOSUR/C CCM/DT Nº 06/08
Nueva versión sobre
la
Reglamentación del |
Art. 6 de
la Dec. CMC Nº 01/04, presentado por
la
Delegación de Argentina Anexo IX RESERVADO - MERCOSUR/C CCM/DI Nº 09/08
Informe del Grupo Técnico sobre Distribución de
la
Renta Aduanera (medio electrónico) |
Anexo X RESERVADO - MERCOSUR/C CCM/DI
Nº 10/08 Presentación sobre la nueva propuesta de reglamentación para la
segunda etapa de
la Dec. CMC Nº 54/04, realizada por
la
Delegación de Uruguay |
Anexo XI RESERVADO - MERCOSUR/C CCM/DT
Nº 07/08 Contrapropuesta sobre Modificación de
la
Res. GMC Nº 69/00, presentado por
la
Delegación de Brasil |
Anexo XII MERCOSUR/C CCM/DT Nº 08/08
Propuesta de
la
Delegación de Argentina sobre simplificación de procedimientos aduaneros en
el comercio intrazona |
Anexo XIII MERCOSUR/XCI CCM/DT Nº 03/07
Rev. 1 Nueva propuesta sobre Régimen Común de Bienes Integrantes de Proyectos
de Inversión, presentada por
la
Delegación de Argentina |
Anexo XIV RESERVADO - MERCOSUR/LXXV
CCM/DT Nº 21/05 Rev. 20 Listado conteniendo las normas con plazo de
incorporación vencido, presentado por la SM |
Anexo XV RESERVADO - MERCOSUR/C CCM/DI
Nº 12/08 Declaración de necesidad para el producto 4819.20.00, presentado por
la Delegación de Uruguay |
Anexo XVI RESERVADO - MERCOSUR/C CCM/DI
Nº 11/08 Informe de
la
Reunión de Técnicos Aduaneros e Informáticos y del Grupo Técnico sobre
Distribución de la Renta Aduanera |
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