Detalle de la norma DI-2-2006-AFIP
Disposición Nro. 2 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2006
Asunto AFIP - Estructura Organizativa.
Boletín Oficial
30819 Fecha: 09/01/2006
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: B/Of: 30819
Disposición n° 2 06/01/2006 Fecha: 09/01/2006
 
Dependencia: DI-2-2006-AFIP
Tema: ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Asunto: Administración Federal de Ingresos Públicos. Estructura organizativa. Su modificación.
 

VISTO - la actuación SIGEA Nº 10426 - 32 - 2004, y

CONSIDERANDO:

Que dentro de las políticas fijadas por esta Administración Federal resultan objetivos permanentes promover la presencia del Organismo en el interior del país y facilitar a los contribuyentes y/o responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Que por razones de buen orden administrativo, en el ámbito geográfico de la Dirección Regional Comodoro Rivadavia, se aconseja disponer la creación de un área en la localidad de Puerto Deseado —Provincia de Santa Cruz— que realice las tareas necesarias para la atención y control de la documentación relacionada con la temática tributaria en su “zona de influencia”.

Que dicha propuesta cuenta con la conformidad de la Dirección General Impositiva y de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior.

Que el Departamento Coordinación y Procedimientos y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de su competencia.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DISPONE:

Artículo 1º — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Oficina denominada “Receptoría” en la localidad de Puerto Deseado —Provincia de Santa Cruz—, dependiente del Distrito Caleta Olivia en el ámbito de la Dirección Regional Comodoro Rivadavia.

Art. 2º — Establecer a partir de los noventa (90) días corridos contados desde el día siguiente a la publicación de la presente en el Boletín Oficial, la puesta en funcionamiento de la Receptoría en la localidad de Puerto Deseado.

Art. 3º — Incorporar al Anexo B07 de la estructura organizativa vigente las acciones y las tareas para la unidad orgánica creada por el artículo 1º, las que forman parte integrante de la presente.

Art. 4º — Reemplazar en la estructura organizativa vigente el Anexo A07, por el que se aprueba por la presente.

Art. 5º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Alberto R. Abad.

 
 
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona DI-128-1998-AFIP Creación de un área en la localidad de Puerto Deseado