Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario
PRODUCCION DE PORCINOS
Disposición 2187/2005
Apruébanse las condiciones y requisitos técnicos de
suministro de información de faena que deberán cumplimentar con carácter
obligatorio los establecimientos faenadores de la especie porcina. Deróganse
las Disposiciones DE 12/2001 y 1297/2005.
Bs. As., 13/6/2005
VISTO el Expediente N° S01:0061953/2005 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, la Ley N° 21.740, el Decreto N° 1343 de fecha 27 de noviembre de 1996 y la Resolución N° 144 de fecha 16 de marzo de 2005 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y,
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo normado por el artículo 13 de la
citada Resolución N° 144/05 corresponde a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo desconcentrado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION diseñar y establecer las especificaciones técnicas relativas a la
obligación de información de faena de los establecimientos faenadores de
porcinos.
Que, asimismo, resulta razonable que la incorporación al
sistema de suministro de información del universo de obligados se efectúe de
manera gradual y paulatina, comenzando por aquellos establecimientos cuya
operatoria revista la mayor significación económica, teniéndose en cuenta sus características,
volumen de faena y zona de influencia.
Que la Coordinación Jurídica de esta Oficina Nacional ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente
acto administrativo en virtud de lo dispuesto en Decreto N° 1343 de fecha 27 de
noviembre de 1996 y en las Resoluciones Nros 835 de fecha 16 de diciembre de
1996 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del
entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y 144 de fecha
16 de marzo de 2005 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
DISPONE:
Artículo 1° — Apruébanse las condiciones y requisitos técnicos de
suministro de información de faena que deberán cumplimentar con carácter
obligatorio los establecimientos faenadores de la especie porcina que,
identificados como Anexo I, forman parte integrante de la presente medida. La
información deberá suministrarse se hayan o no registrado operaciones de faena
en el período, en cuyo caso, se hará constar dicha circunstancia.
Art. 2° — Las presentaciones generadas conforme a lo establecido
en el citado Anexo, deberán enviarse por correo electrónico a la dirección
"porcinos@loa.gov.ar", mientras que los formularios originales de
Listas de Matanza y Romaneos de Playa, incluidos los anulados, deberán
remitirse al Area de Gestión de Información de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, sita en Av. Paseo Colón 922, piso 1°,
oficina 114 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 3° — La remisión de la información reglada en el artículo
precedente deberá efectuarse dentro de las CUARENTA Y OCHO HORAS (48) hábiles
siguientes a la finalización de la semana anterior.
Art. 4° — A los efectos de la generación de la información se
considerará semana al período comprendido entre los días lunes y domingo
siguiente, sin tener en cuenta los fraccionamientos por cambio de mes. Sin perjuicio
de ello, en el caso de rechazos por dificultades en la lectura de la
información remitida por correo electrónico, la presentación de la información
correspondiente a cada mes calendario deberá quedar completada, como máximo,
dentro de los siguientes DIEZ (10) días corridos del mes inmediato posterior al
informado.
Art. 5° — Los responsables de remitir esta información deberán
comunicar y mantener actualizada una dirección de correo electrónico a fin de
permitir el intercambio de información relacionada con esta operatoria.
Art. 6° — Incorpórase al Sistema de Información de Faena Porcina a
los titulares de las plantas faenadoras que se encuentran detallados en el
Anexo II que forma parte integrante de la presente disposición y a aquellos que
en el futuro los reemplacen en la explotación de dichas plantas faenadoras,
cuyos códigos de identificación se indican en cada caso.
Art. 7° — El incumplimiento de lo normado precedentemente, así
como la falsedad de los datos incluidos en los respectivos soportes
informáticos, hará pasibles a los infractores de las sanciones previstas en el
Capítulo IX de la Ley N° 21.740 y sus normas reglamentarias.
Art. 8° — Deróganse las Disposiciones Nros. DE 12 de fecha 18 de
mayo de 2001 y 1297 del 30 de marzo de 2005, ambas de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo desconcentrado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION.
Art. 9° — La presente Disposición comenzará a regir a partir del
día 18 de julio de 2005.
Art. 10. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcelo H. Rossi.
ANEXO I
1. De la estructura de los archivos
Los archivos serán generados en formato de tablas DBF compatibles
con el software dBase III Plus.
2. Archivo LIBRO.DBF
Comprende la información de ingreso de hacienda al
establecimiento acorde a lo registrado diariamente en el Libro de Movimiento de
Hacienda y Carne Porcina. Se deberá consignar un registro por cada tropa que
haya ingresado al establecimiento.
2.1 Estructura del Archivo LIBRO.DBF
2.1.1 Campo LIBRONRO
Contenido: Número de Libro de Movimiento de Hacienda y
Carne Porcina donde se ha registrado el ingreso de la tropa.
Formato: Numérico entero decimal de hasta 3 dígitos.
Campo Obligatorio.
2.1.2 Campo LIBROFOL
Contenido: Número de folio del Libro de Movimiento de
Hacienda y Carne Porcina donde se ha registrado el ingreso de la tropa.
Formato: Numérico entero decimal de hasta 3 dígitos.
Campo Obligatorio.
2.1.3 Campo ESTAMATR
Contenido: Número de matrícula ONCCA del responsable del
establecimiento.
Formato: Numérico de 7 dígitos sin decimales, el dígito
menos significativo ubicado a derecha corresponde al dígito verificador.
Campo Obligatorio.
2.1.4 Campo ESTACODI
Contenido: Código del establecimiento faenador declarante
registrado en ONCCA.
Formato: Numérico de 5 dígitos sin decimales.
Campo Obligatorio.
2.1.5 Campo: TROPANRO
Contenido: Número de tropa asignado a la hacienda.
Formato: Numérico entero hasta 6 dígitos.
Campo Obligatorio. Debe contener un número mayor a 0.
2.1.6 Campo: FINGRESO
Contenido: Fecha de ingreso de la tropa al
establecimiento.
Formato: Campo tipo Fecha (tipo DATE de DBase III)
Campo Obligatorio. Su valor debe estar comprendido dentro
del periodo que se está declarando.
2.1.7 Campo: TOCABEZA
Contenido: Total de Cabezas arribadas al establecimiento
que conforman la tropa.
Formato: Numérico decimal entero de hasta 4 dígitos.
Campo Obligatorio. Debe contener un número mayor a 0.
2.1.8 Campo: TOKGVIVO
Contenido: Total de Kilos Vivos según lo registrado en la balanza
de pesaje donde se haya expedido el certificado de control de peso.
Formato: Numérico entero decimal de hasta 6 dígitos.
Campo Obligatorio. Tiene valor positivo, solamente puede
poseer el valor 0 en el caso de que en el campo forma de comercialización de la
hacienda (2.1.17) se haya declarado el valor "FS".
2.1.9 Campo: TOMUERTO
Contenido: Cantidad de Animales muertos en viaje.
Formato: Numérico entero decimal de hasta 3 dígitos.
Campo Obligatorio. Debe contener un valor numérico
positivo pudiendo ser 0.
2.1.10 Campo: USUAMATR
Contenido: Número de Matrícula ONCCA del usuario que es
titular de faena de la tropa.
Formato: Numérico de 7 dígitos sin decimales, el dígito
menos significativo ubicado a derecha corresponde al dígito verificador.
Campo Obligatorio. Tiene valor positivo, solamente puede
poseer el valor 0 en el caso de que en el campo forma de comercialización de la
hacienda (2.1.17) se haya declarado el valor "FS".
2.1.11 Campo: PRODCUIT
Contenido: CUIT del productor de la hacienda según el DTA.
Formato: Numérico de 11 cifras: 99999999999.
Campo Obligatorio en el caso de que de que en el campo
forma de comercialización de la hacienda (2.1.17) se haya declarado algunos de
los siguientes valores: "EE", "CD", "EF",
"DI", "DF", "PP". De otra forma debe declarase
vacío.
2.1.12 Campo: RENSPAPR
Contenido: Número de RENSPA de la parcela de origen de la
hacienda según consta en el DTA.
Formato: Alfanumérico de 17 caracteres con el formato de
RENSPA: 99.999.9.99999/XX
Campo Obligatorio en el caso de que de que en el campo
forma de comercialización de la hacienda (2.1.17) se haya declarado algunos de
los siguientes valores: "EE", "CD", "EF",
"DI", "DF", "PP". De otra forma debe declarase
vacío.
2.1.13 Campo: RENSPARF
Contenido: Número de RENSPA del Remate de origen de la
hacienda según consta en el DTA.
Formato: Alfanumérico de 17 Caracteres con el formato de
RENSPA: 99.999.9.99999/XX
Campo Obligatorio en el caso de que de que en el campo
forma de comercialización de la hacienda (2.1.17) se haya declarado algunos de
los siguientes valores: "RF", "MM". De otra forma debe
declararse vacío.
2.1.14 Campo: TICKENRO
Contenido: Número de Ticket emitido por la balanza que
realizó la pesada del camión con la hacienda.
Formato: Numérico de 5 Dígitos.
Tiene valor positivo, puede ser 0 en el caso de que en el
campo forma de comercialización de la hacienda (2.1.17) se haya declarado el
valor "FS", o que el ticket de pesaje no tenga número preimpreso.
2.1.15 Campo: DTANRO
Contenido: Número de formulario de DTA donde consta el
traslado a faena de los animales.
Formato: Numérico entero de 11 dígitos.
Campo Obligatorio. Tiene valor positivo, solamente puede
poseer el valor 0 en el caso de que en el campo forma de comercialización de la
hacienda (2.1.17) se haya declarado el valor "FS".
2.1.16 Campo: GUIANRO
Contenido: Número de formulario de Guía emitida para el
transporte de la hacienda con destino a faena.
Formato: Numérico entero de 7 dígitos.
Tiene valor positivo, puede ser 0 en el caso de que en el
campo forma de comercialización de la hacienda (2.1.17) se haya declarado el
valor "FS", o en el caso de las provincias que no emitan guías,
reemplazándolas por DTA.
2.1.17 Campo: FORMACOM
Contenido: Código de forma de comercialización de la
hacienda. Según la siguiente tabla:
Formato: Texto de 2 caracteres.
Campo Obligatorio.
2.1.18 Campo: CONSMATR
Contenido: Matrícula de ONCCA del Consignatario
involucrado en la compra según consta en el DTA.
Formato: Numérico de 7 dígitos sin decimales, el dígito
menos significativo ubicado a derecha corresponde al dígito verificador.
Campo Obligatorio en el caso de que de que en el campo forma
de comercialización de la hacienda (2.1.17) se haya declarado algunos de los
siguientes valores: "DI", "DF", "RF". En el
exclusivo caso de que se haya declarado como origen de la hacienda el valor
"MM" el código de consignatario será obtenido de la siguiente tabla,
de cualquier otra forma debe declararse vacío.
3 Archivo LISTA.DBF
Comprende la información sobre cada día de la semana. Se
generará un registro por cada formulario de Lista de Matanza utilizado más un
registro por cada día en el cual no se haya realizado faena.
3.1 Estructura del Archivo LISTA.DBF
3.1.1 Campo: ESTACODI
Contenido: Código del establecimiento faenador declarante
asignado por ONCCA. Igual a lo declarado en 2.1.4.
Formato: Numérico de 5 dígitos sin decimales.
Campo Obligatorio.
3.1.2 Campo: FFAENA
Contenido: Fecha del día de la semana que se informa.
Formato: Campo tipo Fecha (tipo DATE de DBase III)
Campo Obligatorio.
3.1.3 Campo: LMSERIE
Contenido: Serie del formulario preimpreso utilizado. En
el caso de los días sin faena debe registrarse con el número de serie
"00".
Formato: hasta 2 caracteres conteniendo las letras del
formulario.
Campo Obligatorio.
3.1.4 Campo: LMNRO
Contenido: Número de serie del formulario preimpreso
utilizado.
Formato: Numérico entero decimal de hasta 6 dígitos.
Campo Obligatorio.
3.1.5 Campo: LMTIPO
Contenido: Tipo de lista de Matanza utilizado.
Campo Obligatorio.
Formato: 1 dígito numérico codificado según la siguiente
tabla
3.1.6 Campo: TOCABEZA
Contenido: Sumatoria Total de Cabezas de la hacienda
mencionada en el formulario utilizado.
Formato: Numérico decimal entero de hasta 4 dígitos.
Campo Obligatorio.
4 Archivo ROMANEO.DBF
Comprende la información de los Romaneos utilizados cada
fecha de faena. Se generará un registro por cada res romaneada.
4.1 Estructura del Archivo ROMANEO.DBF
4.1.1 Campo: ESTACODI
Contenido: Código del establecimiento faenador asignado
por ONCCA. Igual a lo declarado en 2.1.4.
Formato: Numérico de 5 dígitos sin decimales.
Campo Obligatorio.
4.1.2 Campo: FFAENA
Contenido: Fecha de faena.
Formato: Campo tipo Fecha (tipo DATE de DBase III)
Campo Obligatorio.
4.1.3 Campo: RRSERIE
Contenido: Letra de serie del formulario preimpreso
utilizado.
Formato: Carácter de hasta 2 letras.
Campo Obligatorio.
4.1.4 Campo: RRNRO
Contenido: Número de serie del formulario preimpreso
utilizado.
Formato: Numérico entero decimal de hasta 6 dígitos.
Campo Obligatorio.
4.1.5 Campo: TROPANRO
Contenido: Número de tropa asignado a la hacienda. Igual a
lo declarado en 2.1.5
Formato: Numérico entero hasta 6 dígitos.
Campo Obligatorio.
4.1.6 Campo: FINGRESO
Contenido: Fecha de ingreso de la tropa al establecimiento
según consta en el Libro de Movimiento de Hacienda y Carne Porcina. Igual a lo
declarado en 2.1.6
Formato: Campo tipo Fecha (tipo DATE de DBase III)
Campo Obligatorio.
4.1.7 Campo: CLASIFIC
Contenido: Clasificación de la Res faenada.
Formato: Carácter de 3 posiciones codificado según la
tabla siguiente.
Campo Obligatorio.
4.1.8 Campo: KGLIMPIO
Contenido: Total de Kilos limpios por animal.
Formato: Numérico decimal entero de 4 dígitos.
Campo Obligatorio. Pudiendo ser 0 en el caso de que se
haya remitido la totalidad de los kilos a digestor.
4.1.9 Campo: KGDIGEST
Contenido: Total de Kilos enviados a digestor.
Formato: Numérico decimal entero de 4 dígitos.
4.1.10 Campo: MAGROPCT
Contenido: Porcentaje de Magro para las clasificaciones
tipificadas.
Formato: Numérico de 4 posiciones, 2 enteros y un decimal.
Es obligatorio en el caso de que el establecimiento tenga
servicio de tipificación
4.1.11 Campo: MUSCULMM
Contenido: Milímetros de músculo obtenido de la medición
para las clasificaciones tipificadas.
Formato: Numérico de 4 posiciones, 2 enteros y un decimal.
Es obligatorio en el caso de que el establecimiento tenga
servicio de tipificación.
4.1.12 Campo: GRASAMM1
Contenido: Milímetros grasa obtenido de la primera
medición para las clasificaciones tipificadas.
Formato: Numérico de 4 posiciones, 2 enteros y un decimal.
Es obligatorio en el caso de que el establecimiento tenga
servicio de tipificación.
4.1.13 Campo: GRASAMM2
Contenido: Milímetros grasa obtenido de la segunda
medición si el aparato de medición lo permitiera, para las clasificaciones
tipificadas.
Formato: Numérico de 4 posiciones, 2 enteros y un decimal.
4.1.14 Campo: NOMEDIDO
Contenido: Causa de no medición para las clasificaciones
tipificadas.
Formato: Carácter de 4 caracteres codificado según la
siguiente tabla.
Es obligatorio en el caso de que el establecimiento tenga
servicio de tipificación y no se haya consignado valor en los campos 4.1.10 a
4.1.13.
Código
|
Causa
|
NM
|
Res de la categoría capones, cachorros y hembras sin
servicio a la cual la sonda no puede determinar el magro, fuera de la
tolerancia del aparato
|
EFDS
|
Sistema de medición fuera de servicio
|
5 Archivo SALIDA.DBF
Comprende la información de salida de animales sin
romaneo. Se generará un registro por cada tropa y destino declarado.
5.1 Estructura del Archivo SALIDA.DBF
5.1.1 Campo: ESTACODI
Contenido: Código del establecimiento faenador declarante
asignado por ONCCA. Igual a lo declarado en 2.1.4.
Formato: Numérico de 5 dígitos sin decimales.
Campo obligatorio.
5.1.2 Campo: FSALIDA
Contenido: Fecha de Salida al destino especificado.
Formato: Campo tipo Fecha (tipo DATE de DBase III)
Campo obligatorio.
5.1.3 Campo: TROPANRO
Contenido: Número de tropa. Igual a lo declarado en 2.1.5.
Formato: Numérico entero hasta 6 dígitos.
Campo obligatorio.
5.1.4 Campo: FINGRESO
Contenido: Fecha de ingreso de la tropa al establecimiento
según consta en el Libro de movimiento de hacienda y carne porcina. Igual a lo
declarado en 2.1.6.
Formato: Campo tipo Fecha (tipo DATE de DBase III)
Campo obligatorio.
5.1.5 Campo: TOCABEZA
Contenido: Total de Cabezas que se envían al destino
indicado.
Formato: Numérico decimal entero de hasta 4 dígitos.
Campo obligatorio.
5.1.6 Campo: DESTINO
Contenido: Destino de las reses que se dieron de baja sin
romaneo.
Formato: Carácter de 2 posiciones codificado según la
siguiente tabla.
Campo obligatorio.
6 De la Presentación
Los archivos correspondientes al período semanal, serán
enviados dentro de un único archivo comprimido bajo el nombre FAEPORC.ZIP,
generado con un compresor compatible con el software PKZIP.
En cada presentación se deberán incluir todos los archivos
mencionados, aún en el caso de que la cantidad de registros sea "0".
ANEXO II