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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en: |
Boletín/Of |
Disposición n° 1917 |
04/05/1998 |
Fecha:
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08/05/1998 |
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Dependencia:
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DI-1917-1998-ANMAT |
Tema:
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ESPECIALIDADES MEDICINALES. |
Asunto:
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Incorpórase la sustancia Bupropion a
la Lista III de
la Ley N° 19.303, de Sustancias Psicotrópicas. |
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VISTO: el
Expediente N° 1 -47-1110-93-98-7 del Registro de
la Administración Nacional
de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y |
CONSIDERANDO: |
Que
de acuerdo a la información reunida y publicada, la sustancia psicotrópica
BUPROPION presenta un perfil farmacológico muy similar al DIETIL propion, que se encuentra incluido en
la Lista II de
la Ley N° 19.303. |
Que
la sustancia BUPROPION no se encuentra aun incluida en las listas del
Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971. |
Que
analizados estos extremos por el Departamento de Psicotrópicos y
Estupefacientes de esta Administración Nacional, se aconseja la inclusión de
la sustancia BUPROPION en
la
Lista III de
la Ley N° 19.303. |
Que
el Instituto Nacional de Medicamentos y
la Dirección de Asuntos
Jurídicos han tomado la intervención de su competencia. |
Que
se actúa en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 1490/92. |
Por ello, |
EL
DIRECTOR NACIONAL DE
LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS,
ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA DISPONE: |
Artículo
1o- Incorpórase a
la Lista III de
la Ley N° 19.303 de Sustancias Psicotrópicas, la sustancia
BUPROPION: (Anfebutamona) (+/-)-2(terbutilamino)-3' -cloropropiofenona, y sus sales. |
Art. 2o-
Deforma. |
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