Resolución 64-2011
Bs.
As., 20/5/2011
VISTO,
el Expediente Nº 3230/2010 del Registro de esta UNIDAD DE INFORMACION
FINANCIERA, lo dispuesto por la
Ley Nº 25.246 (10/05/2000) y modificatorias, y la Resolución UIF Nº
25/11 (B.O. 21/02/2011) dictada por la UNIDAD DE INFORMACION
FINANCIERA y modificatorias y,
CONSIDERANDO:
Que
la UNIDAD DE
INFORMACION FINANCIERA es el Organismo con competencia específica para prevenir
e impedir los delitos de Lavado de Activos (artículo 278, inciso 1º del CODIGO
PENAL) provenientes de delitos graves y de la financiación del terrorismo
(artículo 213 quáter del mismo Código).
Que
en ejercicio de sus facultades esta UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA dictó la Resolución UIF Nº
25/11 que comprende como sujetos obligados, a los Profesionales matriculados
cuyas actividades estén reguladas por los Consejos Profesionales de Ciencias
Económicas, excepto cuando actúen en defensa en juicio.
Que
con fecha 28 de abril de 2011 se presentó la FEDERACION ARGENTINA
DE PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONOMICAS vertiendo distintas consideraciones
respecto de la aplicabilidad de la norma (fs. 1247,
1248 y 1249).
Que
esta UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA se reunió con la mencionada entidad a fin
de analizar los alcances de la Resolución UIF Nº 25/11 (fs.
1262).
Que
habiéndose aprobado el proyecto de ley de reforma de la Ley Nº 25.246 en la HONORABLE CAMARA
DE DIPUTADOS DE LA NACION,
se realizó el análisis del mismo en la COMISION DE JUSTICIA Y ASUNTOS PENALES del
HONORABLE SENADO DE LA NACION,
y que en la versión taquigráfica del día 10 de mayo de 2011 se dejó sentado que
el artículo 20 del inciso 17 de la mentada ley refiere únicamente a la
actuación de los profesionales en Ciencias Económicas como Síndicos de
sociedades y Auditores de estados contables.
Que
en virtud de lo expuesto, resulta necesario derogar la Resolución UIF Nº
25/11 (B.O. 21/02/2011).
Que
la Dirección
de Asuntos Jurídicos de esta UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA ha tomado la
intervención que le compete.
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Nº 25.246 y sus
modificatorias, previa consulta al Consejo Asesor de esta UNIDAD DE INFORMACION
FINANCIERA.
Por
ello,
EL
PRESIDENTE DE LA UNIDAD DE
INFORMACION FINANCIERA
RESUELVE:
Artículo 1º — Derógase la Resolución UIF Nº
25/11 (B.O. 21/01/2011).
Art. 2º —
La presente entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el
BOLETIN OFICIAL.
Art. 3º —
Notifíquese a la
FEDERACION ARGENTINA DE PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONOMICAS.
Art. 4º —
Cornuníquese, publíquese, dése
a la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — José A. Sbatella.