Resolución Nº 52-2011
Bs.
As., 11/5/2011
VISTO
la Ley Nacional
de la Actividad
Nuclear Nº 24.804, su Decreto Reglamentario Nº 1390/98 y la Norma Básica de
Seguridad Radiológica AR 10.1.1. - Revisión 3, el Régimen de Tasas de la Autoridad Regulatoria
Nuclea aprobado por Resolución del Directorio Nº
76/08 y la Actuación Nº
4123/11, lo actuado por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y
SALVAGUARDIAS – la
SUBGERENCIA DE CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I y
DEL CICLO DEL COMBUSTIBLE NUCLEAR, y,
CONSIDERANDO:
Que
por Resolución del Directorio Nº 56/06 se otorgó la Licencia de Operación
para la Instalación
denominada LABORATORIO DE MATERIAL DE FABRICACION DE ALEACIONES ESPECIALES
(LMFAE) perteneciente a la
COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA (CNEA), con vencimiento
el día 11 de mayo de 2011.
Que
la GERENCIA
SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS a través de la SUBGERENCIA CONTROL
DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR, se
encuentra llevando a cabo los trámites de renovación de la Licencia de Operación del
LABORATORIO DE MATERIAL DE FABRICACION DE ALEACIONES ESPECIALES (LMFAE)
iniciado por la CNEA.
Que
dado que la solicitud de renovación de la Licencia de Operación ha ingresado a esta
AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) el día 9 de mayo de 2011, el procedimiento
de aplicación para el otorgamiento de la renovación de la mencionada Licencia
de Operación no podrá ser completado en tiempo y forma.
Que
atendiendo a la función de la Instalación LABORATORIO
DE MATERIAL DE FABRICACION DE ALEACIONES ESPECIALES (LMFAE), la GERENCIA DE SEGURIDAD
RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS, recomienda con carácter de excepción, una
extensión de la Licencia
de Operación otorgada oportunamente mediante Resolución del Directorio Nº
56/06, por el término de NOVENTA (90) días hábiles, a fin de concluir con el
proceso de renovación de la citada licencia.
Que
las GERENCIAS DE ASUNTOS JURIDICOS Y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS han
tomado la intervención que les compete.
Que
el Directorio de la
AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR es competente para el dictado
del presente acto, conforme lo establecen los Artículos 22 y 16, inciso c) de la Ley Nº 24.804.
EL
DIRECTORIO DE LA
AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIO:
ARTICULO
1º — Otorgar con carácter de excepción, una extensión de la Licencia de Operación a la Instalación Clase
II denominada LABORATORIO DE MATERIAL DE FABRICACION DE ALEACIONES ESPECIALES
(LMFAE) perteneciente a la
COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA (CNEA), otorgada por
Resolución del Directorio Nº 56/06 por el término de NOVENTA (90) días hábiles
a partir del 11 de mayo de 2011.
ARTICULO
2º — Comuníquese a la
SECRETARIA GENERAL, a la GERENCIA DE SEGURIDAD
RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS, a los fines correspondientes. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su
publicación en el BOLETIN OFICIAL de la REPUBLICA ARGENTINA.
Cumplido, archívese en el REGISTRO CENTRAL. — Dr. FRANCISCO SPANO, Presidente del
Directorio.