JU-E362-2009-CSJ
EXPORTACIÓN
DERECHOS DE
EXPORTACIÓN. INTERPRETACIÓN DE LA LEY. COSTAS.
Cabe
declarar procedente el recurso extraordinario deducido por el organismo
recaudador y revocar la sentencia que al confirmar lo resuelto por el Tribunal Fiscal,
concluyó en que ante la derogación del decreto 553/89- que establecía un
derecho de exportación adicional al 20% sobre la totalidad de las
mercaderías comprendidas en la
NADE-, la franquicia establecida en la ley 23.101 se
encontraba vigente, pues el decreto 2657/91 -que sustituyó la NADE y la NADI, por la nomenclatura del
comercio exterior- se limitó a ello sin aprobar una nueva lista de mercaderías
a las que se les aplique el beneficio de la deducción previsto en el art. 9º,
inc. b) de la ley 23.101 ni restaurar la vigencia de aquella contenida en el
anexo del decreto 173/85. adecuándose las costas de
las instancias anteriores al contenido del pronunciamiento ( art. 279 del
C.P.C.C.N).
-Del dictamen de la
Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-.
Mayoria: Lorenzetti,
Highton de Nolasco, Petracchi, Maqueda, Argibay
Voto:
Disidencia:
Abstencion: Fayt, Zaffaroni
E. 362. XLI; REX
El Marisco S.A (TF 20.315-I) c/DGI
27/05/2009
T. 332, P. 1174
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