Detalle de la norma JU-T063-2011-CSJ
Jurisprudencia Nro. T063 Corte Suprema de Justicia
Organismo Corte Suprema de Justicia
Año 2011
Asunto Importación de mercadería prohibida. Tissera, Héctor Daniel c/DGA
Detalle de la norma
JU-T063-2011-CSJ

INFRACCIONES ADUANERAS.

ADUANA. IMPORTACIÓN. MULTAS.

No se encuentran reunidos los elementos objetivos ni subjetivos del tipo legal incluido en el art. 954, ap. 1°, inc. b) del Código Aduanero, si la Aduana no reprocha ni menos demuestra que haya existido una declaración -de la actora o de los demás imputados- que haya diferido de lo realmente comprobado, ya que sólo se les endilga haber documentado un despacho de importación para consumo de una mercadería prohibida por las normas vigentes en ese momento y además, más allá de la prohibición para la mercadería involucrada establecida por el decreto 683/94 y sus normas complementarias, lo cierto es que la operación fue realizada bajo el amparo de una medida cautelar dispuesta por un juez competente y con pleno conocimiento de la Aduana, debidamente notificada, con lo cual no puede calificarse la conducta de la actora ni siquiera como negligente.
-Del
dictamen de la Procuración General, al que remitió la Corte Suprema-.

Mayoria: Lorenzetti, Highton de Nolasco, Fayt, Petracchi, Maqueda, Zaffaroni, Argibay
Voto:
Disidencia:
Abstencion:

T. 63. XLVI; REX
Tissera, Héctor Daniel c/Dirección General de Aduanas (AFIP) s/contencioso administrativo

02/03/2011