Detalle de la norma RG-3108-2011-AFIP
Resolución General Nro. 3108 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2011
Asunto Importación. Valores criterio de carácter preventivo, tejidos
Boletín Oficial
Fecha: 16/05/2011
Detalle de la norma
LOA

Resolución General 3108

Valores criterio de carácter preventivo. Resolución General 2730 y su modificatoria.

Bs. As., 9/5/2011

VISTO la Actuación SIGEA 13707-27-2011 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución General Nº 2730 y su modificatoria dispuso que este Organismo establecerá los valores criterio de importación de carácter precautorio para cualquiera de las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), los cuales constituyen una importante herramienta para enfrentar la evasión fiscal y combatir las prácticas de subfacturación en las operaciones de importación.

Que en el marco de las tareas de evaluación de riesgo se ha realizado un estudio referido al valor de la mercadería detallada en el Anexo I de la presente, en el que se han considerado las fuentes de información internas y externas previstas en el Artículo 2° de la citada resolución general.

Que como resultado del mencionado estudio la Dirección de Gestión del Riesgo, mediante el informe elaborado al respecto, aconseja establecer valores criterio para las mercaderías analizadas.

Que dicho informe se sustenta, entre otras fuentes, en las bases de datos provenientes de los registros de destinaciones definitivas de importación para consumo del Sistema Informático MARIA (SIM) y en la información relacionada con las importaciones de la mercadería analizada, recogida de fuentes privadas.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera y de Control Aduanero y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Establécese el valor criterio que consta en los Anexos I "Listado de mercaderías con valor criterio" y II "Países de origen de las mercaderías".

Art. 2° — Apruébanse los Anexos I y II que forman parte de esta resolución general.

Art. 3° — Las disposiciones establecidas en los artículos precedentes serán de aplicación para las solicitudes de destinaciones definitivas de importación para consumo que se oficialicen a partir del segundo día hábil administrativo, inclusive, posterior al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4° — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese. — Ricardo Echegaray.

ANEXO I RESOLUCION GENERAL 3108

LISTADO DE MERCADERIAS CON VALOR CRITERIO

POSICION ARANCELARIA NCM

DESCRIPCION DE LA MERCADERIA

VALOR FOB U$S

UNIDAD

GRUPO DE ORIGEN

5515.21.00

Tejidos de fibras discontinuas acrílicas o modacrílicas, con un contenido de fibras discontinuas acrílicas o modacrílicas inferior al 85 % en peso, mezcladas exclusiva o principalmente con filamentos sintéticos o artificiales.

6

kilogramo

GR4

ANEXO II RESOLUCION GENERAL 3108

PAISES DE ORIGEN DE LAS MERCADERIAS

GRUPO 4

308

COREA DEMOCRATICA

326

MALASIA

309

310

COREA REPUBLICANA

CHINA

332

PAKISTAN

312

FILIPINAS

333

SINGAPUR

341

HONG KONG

313

TAIWAN

315

INDIA

335

THAILANDIA

316

INDONESIA

337

VIETNAM

 

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