Resolución 41-2011
Prórroga habilitación Zona
Operativa Aduanera Villa María. Aduana de General Deheza.
Bs.
As., 4/5/2011
VISTO
la Actuación SIGEA
12666-285-2009 del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que
por la citada actuación, el Municipio de la Ciudad de VILLA MARIA solicita la prórroga de la
habilitación provisoria otorgada mediante Resolución Nº 97/09 (DGA) de la Zona Operativa
Aduanera ubicada en un predio de CUATRO MIL QUINIENTOS metros cuadrados (4.500 m²)
de superficie, en Avenida Constitución entre las calles Paraguay y Pissis de la
Ciudad de VILLA MARIA, Provincia de CORDOBA, actualmente en
jurisdicción de la Aduana
de GENERAL DEHEZA.
Que
a fs. 68/70 obra dictamen de la División Jurídica
de la Dirección
Regional Aduanera CORDOBA, indicando que las razones
acreditadas en autos resultan suficientes para otorgar la prórroga solicitada
por la Municipalidad
de VILLA MARIA, opinión compartida por la Dirección Regional
Aduanera CORDOBA.
Que
han tomado la intervención que les compete la Aduana de GENERAL DEHEZA, la Dirección Regional
Aduanera CORDOBA y la
Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
Que
en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar una prórroga de la
habilitación oportunamente otorgada con carácter provisorio por el término de
TRESCIENTOS SESENTA (360) días, a contar desde el vencimiento del plazo
establecido por la
Resolución Nº 97/09 (DGA).
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo
9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997.
Por
ello,
LA DIRECTORA
GENERAL
DE LA DIRECCION
GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
Artículo 1º — Prorrogar la habilitación aduanera de la Zona Operativa
Aduanera ubicada en un predio de CUATRO MIL QUINIENTOS metros cuadrados (4.500 m²)
de superficie, en Avenida Constitución entre las calles Paraguay y Pissis de la
Ciudad de VILLA MARIA, Provincia de CORDOBA en jurisdicción
de la Aduana
de GENERAL DEHEZA, con carácter provisorio por el término de TRESCIENTOS
SESENTA (360) días, a contar desde el vencimiento del plazo establecido por la Resolución Nº 97/09
(DGA).
Art. 2º —
Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y publíquese en
el Boletín de la
Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional
Aduanera CORDOBA. Remítanse los actuados a la Aduana de GENERAL DEHEZA para su conocimiento,
notificación y aplicación. — María S. Ayeran.