Resolución 40-2011
Prórroga
habilitación provisoria Zona Operativa Aduanera. Aduana de Río Gallegos.
Bs. As., 4/5/2011
VISTO la actuación SIGEA Nº 12779-392-2009 del
registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la Aduana de RIO GALLEGOS
solicita una nueva prórroga de la habilitación provisoria otorgada mediante
Resolución DGA Nº 38/2010 de la Zona Operativa Aduanera ubicada en un predio de
TREINTA MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON 54/100 METROS CUADRADOS (30.155,54 m²)
de superficie, sobre la
Ruta Nacional Nº 3 en la ciudad de RIO GALLEGOS, Provincia de
SANTA CRUZ.
Que se encuentra acreditada en autos la continuidad
de la situación que diera origen a la habilitación provisoria otorgada, atento
que a la fecha no han finalizado la totalidad de las obras de infraestructura
necesarias para adecuar el predio en función de las operaciones de comercio
exterior a realizarse en dicho lugar operativo.
Que han tomado la intervención que les compete la Aduana de RIO GALLEGOS, la Dirección Regional
Aduanera COMODORO RIVADAVIA y la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior.
Que en función de lo expuesto, resulta procedente
autorizar una prórroga de la habilitación oportunamente otorgada con carácter
provisorio por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días a contar desde el
vencimiento del plazo conferido por la Resolución DGA Nº
38/2010.
Que la presente se dicta en ejercicio de las
facultades conferidas por el Artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº
618 del 10 de julio de 1997.
Por ello;
LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS
RESUELVE:
Artículo 1º —
Prorrogar la habilitación aduanera provisoria otorgada a la Zona Operativa
Aduanera ubicada en el predio de TREINTA MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON
54/100 METROS CUADRADOS (30.155,54
m²) de superficie, sito en la Ruta Nacional Nº 3
de la ciudad de RIO GALLEGOS, Provincia de SANTA CRUZ, mediante Resolución DGA
Nº 38/2010, por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días, a contar desde el
vencimiento del plazo conferido por esta última, con igual carácter e idéntico
alcance.
Art. 2º — Regístrese.
Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y publíquese en
el Boletín de la
Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional
Aduanera COMODORO RIVADAVIA. Remítanse los actuados a la Aduana de RIO GALLEGOS para
su conocimiento, notificación y aplicación. — María S. Ayeran.