Resolución 571-2011
Asignación de recursos del Fondo
Nacional para el Enriquecimiento y Conservación de los Bosques Nativos del
Presupuesto 2011 al financiamiento de los planes aprobados en el marco de la Resolución Nº 256/09.
Bs.
As., 4/5/2011
VISTO
La Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de
Protección Ambiental de los Bosques Nativos y su Decreto Reglamentario Nº
91/2009, la Resolución
de la Secretaría
de Ambiente y Desarrollo Sustentable Nº 256 del 8 de abril de 2009, y la Resolución del Consejo
Federal del Medio Ambiente Nº 211 del 13 de abril de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que
constituye una prioridad de la
SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS y el CONSEJO FEDERAL DEL MEDIO AMBIENTE la implementación de
acciones que devienen de la Ley
Nº 26.331.
Que
el artículo 36º de la Ley
citada establece que el Fondo Nacional para el Enriquecimiento, y la Conservación de los
Bosques Nativos será administrado por la Autoridad Nacional
de Aplicación, juntamente con las Autoridades de aplicación local, quienes
dictarán las normas reglamentarias al respecto.
Que
el artículo 36º del Decreto Reglamentario 91/2009, asigna a la Autoridad de Aplicación,
conjuntamente con las Autoridades Locales de Aplicación, en el ámbito del
Consejo Federal del Medio Ambiente (COFEMA), la facultad de determinar la
instrumentación y reglamentación para el Fondo Nacional para el Enriquecimiento,
y la Conservación
de los Bosques Nativos.
Que
el artículo 6º de la Ley Nº
26.331 establece que la
Autoridad Nacional de Aplicación brindará asistencia técnica,
económica y financiera a aquellas jurisdicciones que
los solicites para la elaboración sus Ordenamientos Territoriales de Bosques
Nativos.
Que
en el marco del Artículo 12 de la
Ley 26.331, la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE a
través de la Resolución Nº
256/09 implementó una etapa piloto tendiente a promover durante 2009 la ejecución
de Planes de Manejo y Conservación de los Bosques Nativos.
Que
producto de tal iniciativa, se presentaron planes de todas las jurisdicciones
del país, siendo aprobados para su financiamiento ciento once proyectos.
Que
los proyectos mencionados, tienen una ejecución de hasta tres años, resultando
necesario sostener su ejecución hasta tanto se finalice la instrumentación del
Fondo y la posibilidad de acceder al mismo para todas las provincias, dado que
la interrupción de dichos proyectos resultará en perjuicio para la protección
ambiental de los bosques nativos.
Que
con fecha 16 de junio de 2010 mediante el Resolución SAyDS
Nº 447, se afectaron los recursos necesarios del Fondo Nacional para el
Enriquecimiento y Conservación de los Bosques Nativos del presupuesto 2010 al
financiamiento de los proyectos seleccionados.
Que
pese a los esfuerzos realizados por la Jefatura de Gabinete de Ministros, la Secretaría de Ambiente
y las jurisdicciones locales, y debido también a la existencia de cuentas
pendientes de rendición de algunas jurisdicciones beneficiarias de los
proyectos con la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, varias provincias no completaron el
trámite administrativo para acceder a la asistencia en el ejercicio 2010.
Que
se ha asignado fondos para el ejercicio 2011, que se encuentran en el Programa
40, Actividad 7, Partida 571 del presupuesto de la Autoridad Nacional
de Aplicación.
Que
a los fines de continuar progresivamente desarrollando las acciones que
comenzaron a ejecutarse en el año 2009 para la implementación de la Ley Nº 26.331 es necesario
financiar los proyectos de manejo y conservación de los bosques nativos y
brindar la asistencia financiera para la elaboración del Ordenamiento
Territorial de Bosques Nativos a las provincias que no lo han recibido.
Que
en el marco de lo establecido en el Artículo Nº 36 del Decreto 91/09, la Asambleadel
Consejo Federal del Medio Ambiente, recomendó a la Autoridad Nacional
de Aplicación la afectación de recursos del Fondo Nacional para el
Enriquecimiento y Conservación de los Bosques Nativos para financiar los
Proyectos aprobados en el marco de la resolución 256/09 y brindar la asistencia
financiera para la elaboración del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos
a aquellas jurisdicciones que lo soliciten.
Que
el Servicio Administrativo Financiero ha procedido a verificar la existencia de
crédito presupuestario disponible a la fecha del dictado de la presente medida.
Que
ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL
DE ASUNTOS JURIDICOS de la
SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.
Que
la presente medida se dicta en virtud de los artículos 30 y 36º de la Ley 26.331 y los artículos 30,
primera parte y 36 del Decreto Nº 91 del 9 de febrero de 2009.
Por
ello,
EL
SECRETARIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
RESUELVE:
Artículo 1º — Asígnase los recursos necesarios del Fondo
Nacional para el Enriquecimiento y Conservación de los Bosques Nativos del
presupuestos 2011, al financiamiento de los planes aprobados en el marco de la Resolución SayDS
Nº 256/09 y al financiamiento de la asistencia financiera para la elaboración
del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos, conforme la decisión adoptada
por el CONSEJO FEDERAL DEL MEDIO AMBIENTE mediante Resolución Nº 211 del año
2011.
Art. 2º —
Solicitar a la
Autoridad Competente la transferencia de los recursos a los
que alude en el artículo anterior.
Art. 3º —
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
de Registro Oficial y Archívese. — Juan J. Mussi.