|
|
Documento y Nro
|
Fecha
|
Publicado en:
|
Boletín/Of
|
Disposición n° 144 |
17/10/2008
|
Fecha:
|
03/11/2008
|
|
|
Dependencia:
|
DI-144-2008-SI |
Tema:
|
INDUSTRIA AUTOMOTRIZ |
Asunto:
|
Procedimiento para la expedición de
las Licencias encuadradas en el marco de
la Resolución 283/08,
en relación con los requisitos que deben reunir los particulares para
importar un vehículo. |
|
|
VISTO: el Expediente Nº S01:0401115/2008 del Registro del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y |
CONSIDERANDO:
|
Que
la Ley Nº
24.449 y su Decreto Reglamentario Nº 779 de fecha 20 de noviembre de 1995,
entre otros aspectos establecieron la obligatoriedad de que todos los
vehículos automotores, acoplados y semiacoplados,
nuevos, que se fabriquen en el país o se importen, deben contar con la
respectiva Licencia para Configuración de Modelo, a los efectos de poder ser
librados al tránsito público. |
Que
el Artículo 14 de
la
Resolución Nº 838 de fecha 11 de noviembre de 1999 de la ex
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, modificada por
la Resolución Nº 325
de fecha 30 de junio de 2000 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
MINERIA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, estableció los requisitos que deben
reunir los particulares, ya sea una persona física o jurídica, para importar
un vehículo. |
Que
el citado Artículo 14 fue sustituido por el Artículo 1º de
la Resolución Nº 283
de fecha 18 de septiembre de 2008 de
la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE
LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA con el objeto de emitir una
constancia en forma ágil y precisa de que
la Licencia para
Configuración de Modelo ya fue otorgada y se encuentra vigente. |
Que
a esos efectos se hace necesario autorizar al personal legitimado a suscribir
las referidas constancias. |
Que
en ese mismo sentido corresponde elaborar el modelo del documento a suscribir
que contenga los datos consignados en el sistema informático de esta
Secretaría de Industria, Comercio y de
la Pequeña y Mediana Empresa. |
Que
la Dirección
de Legales del Area de Industria, Comercio y de
la Pequeña y Mediana
Empresa dependiente de
la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete. |
Que
la presente disposición se dicta en virtud de lo establecido en el Artículo 1
de
la Resolución Nº
283 de fecha 18 de septiembre de 2008 de
la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE
LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA. |
Por ello, |
EL DIRECTOR NACIONAL DE
INDUSTRIA DISPONE: |
Artículo
1º — A los efectos de implementar el procedimiento para la expedición en
forma ágil y precisa de los requerimientos que los interesados realicen
respecto de las Licencias para Configuración de Modelos ya otorgadas y
vigentes en el marco de
la
Resolución Nº 283 de fecha 18 de septiembre de 2008 de
la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE
LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, corresponde autorizar a los
agentes legitimados a suscribir las constancias correspondientes, cuyos datos identificatorios se encuentran incorporados en el
Anexo I que con UNA (1) hoja forma parte de la presente disposición. |
Art.
2º — Las constancias a que hace referencia el artículo precedente contendrán
los datos referentes de
la
Licencia para Configuración de Modelo solicitada incluidos
en el sistema informático de esta Secretaría, y se extenderán conforme al
Anexo II que con DOS (2) hojas forma parte de la presente disposición cuando
se soliciten para ser presentadas ante un organismo determinado, o conforme
al Anexo III que con UNA (1) hoja forma parte de la presente disposición
cuando se trate de simples consultas informales. En el primero de los casos
deberá ser suscriptas por los agentes autorizados y
contendrán orden correlativo de emisión y constancia de haber sido recibido
por el interesado. |
Art.
3º — Remítase a
la
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y a
la DIRECCION NACIONAL
DE LOS REGISTROS NACIONALES DE
LA PROPIEDAD AUTOMOTOR
Y CREDITOS PRENDARIOS dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y
DERECHOS HUMANOS copia autenticada de la presente medida, acompañada de nota conteniendo
la firma hológrafa de los funcionarios autorizados a suscribir las referidas
constancias. |
Art.
4º — La presente disposición comenzará a regir a partir del día siguiente al
de su publicación en el Boletín Oficial. |
Art.
5º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Sergio E. Pardo. |
|
ANEXO I |
AGENTES
AUTORIZADOS PARA
LA FIRMA
DE CONSTANCIA DE LICENCIA PARA CONFIGURACION |
DE
MODELO OTORGADAS Y VIGENTES CONFORME RESOLUCION Nº 283 DE FECHA 18 DE
SEPTIEMBRE DE 2008 DE
LA
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA: |
MARIA
MARCELA MUGGERI D.N.I. 24.734.593 |
KARINA
ALEJANDRA CARDONA D.N.I. 22.432.314 |
RICARDO
MANUEL EGIDO D.N.I. 8.354.094 |
MARIO
GUSTAVO SALOMONE D.N.I. 12.890.595 |
|
NOTA
LOA: PRESIONE AQUÍ PARA VER ANEXO II |
|
NOTA
LOA: PRESIONE AQUÍ PARA VER ANEXO III |
|
NOTA
LOA: PRESIONE AQUÍ PARA VER ANEXO IV |
|
|