DR-6-2011
ACTUALIZACIÓN DE LAS
LISTAS
ANEXAS A LA DECISIÓN CMC Nº 37/05
VISTO: El Tratado de
Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 54/04 y 37/05 del
Consejo del Mercado Común, las Resoluciones N° 70/06, 17/07, 27/07, 28/07,
01/08, 05/08, 30/08, 33/08, 34/08, 56/08 y 57/08 del Grupo Mercado Común y las
Directivas Nº 04/07, 12/07, 22/07, 05/09 y 28/10 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR.
CONSIDERANDO:
Que el Art. 6 de la Decisión CMC Nº 37/05 determina que la Comisión de Comercio del MERCOSUR procederá a la
actualización, por medio de Directivas, del Anexo III de dicha Decisión.
Que resulta
necesario actualizar el Anexo III de la Decisión CMC Nº 37/05 a los
cambios de la Nomenclatura Común del MERCOSUR y las preferencias en los
acuerdos concertados en el marco de la ALADI.
LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1 – Aprobar las
listas de ítems arancelarios contenidos en el Anexo de la presente Directiva,
expresadas en NCM 2011, que ampliarán el Anexo III de la Decisión CMC Nº 37/05.
Art. 2 – Esta
Directiva necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados
Partes.
CXIX
CCM – Montevideo, 15/IV/11.
DECISIÓN
CMC Nº 37/05
DECISÃO
CMC Nº 37/05
ANEXO
III
Nº Ord.
|
Código
NCM
|
Origen
|
1
|
85441100
|
Chile
|
2
|
07032010
|
China
|
3
|
48101389
|
China
|
4
|
48101989
|
China
|
5
|
48109290
|
China
|