RE-2-2011
ACUERDO DE DELEGACIÓN
“PROGRAMA MERCOSUR AUDIOVISUAL” DCI-ALA /2008/020-297
(MODIFICACIÓN DE LA RES. GMC N° 27/09)
VISTO: El Tratado de
Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 10/91, 59/00 y 12/04
del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nº 26/92, 57/05 y 27/09 del
Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que el Programa
MERCOSUR Audiovisual con la UE, de interés de la Reunión Especializada de Autoridades Cinematográficas y Audiovisuales del MERCOSUR (RECAM), se encuentra en ejecución desde la suscripción
del Convenio de Financiación respectivo, aprobado mediante la Res. GMC N° 27/09.
Que el Instituto
Nacional de Cinematografía y Artes Audiovisuales (INCAA) de la República Argentina fue designado por el GMC, en su LXXIV Reunión Ordinaria, como
Entidad Ejecutora de este Proyecto.
Que se hace necesario
adaptar el Acuerdo de Delegación, aprobado mediante la Res. GMC N° 27/09, adecuándolo a los cambios de autoridades propuestos para la Entidad Ejecutora.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar la
firma del Acuerdo de Delegación del “Programa MERCOSUR Audiovisual” DCI-ALA/2008/020-297,
que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución, el cual sustituye
el Anexo II de la Resolución GMC N° 27/09.
Art. 2 – El Acuerdo
de Delegación del “Programa MERCOSUR Audiovisual” DCI-ALA/2008/020-297 se
encuentra únicamente en idioma español.
Art. 3 - Esta
Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados
Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del
MERCOSUR.
LXXXIII GMC – Asunción,
31/III/11.
“PROGRAMA MERCOSUR AUDIOVISUAL”
Número: de Convenio de
Financiación
Número contable DCI-ALA/2008/020-297
ACUERDO DE DELEGACION
El Grupo Mercado Común del
MERCOSUR (GMC) por una parte, y
El Instituto Nacional de
Cinematografía y Artes Audiovisuales (INCAA) de
la República Argentina, por otra parte
Considerando: I - el Convenio de
Financiación Número DCI-ALA/2008/020-297 celebrado entre la Comunidad Europea y los Estados Partes del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), por el cual el
Grupo Mercado Común (GMC) en representación del MERCOSUR como beneficiario
asumió frente a la Comisión Europea las obligaciones y responsabilidades
derivadas del “Programa MERCOSUR Audiovisual”.
II - Que los beneficiarios directos del
Proyecto son los Estados Partes del MERCOSUR - Argentina, Brasil, Paraguay y
Uruguay -, representados por el Grupo Mercado Común (GMC).
III – Que el GMC acordó la designación
del Instituto Nacional de Cinematografía y Artes Audiovisuales (INCAA) de la República Argentina como Entidad Ejecutora de este Proyecto (LXXIV Reunión Ordinaria del GMC,
Brasilia, 26 al 28 de noviembre de 2008)
IV – Que la coordinación estratégica
del Proyecto será responsabilidad del Comité de Dirección del Proyecto, que
será conformado cuando se inicie su ejecución.
De acuerdo con lo dispuesto en las
Disposiciones Técnicas y Administrativas (DTAs) del referido Convenio,
A C U E R D A N:
1) Delegar la ejecución del
Proyecto en el Instituto Nacional de Cinematografía y Artes Audiovisuales de
Argentina (INCAA), en adelante denominada la Entidad Ejecutora, bajo el control de la Reunión Especializada de Autoridades Cinematográficas y Audiovisuales del MERCOSUR (RECAM),
2) Las funciones que se delegan
son las que se enumeran a continuación y que surgen de los numerales de las
Disposiciones Técnicas y Administrativas que se indican:
a) La elaboración y ejecución de
los presupuestos – programas, la adjudicación de los contratos, la concesión de
las subvenciones, la asunción del compromiso y gestión de los gastos y la
realización de los pagos correspondientes, obligaciones contenidas en el
Numeral 4.1.1. “Ejecución directa o delegación de tareas” de las DTAs,
relativas exclusivamente a la ejecución del Proyecto.
b) La constitución de un equipo de
personal dedicado exclusivamente a la ejecución del proyecto (4.1.1., DTAs);
c) La preparación de toda la
documentación operacional, técnica, administrativa y financiera del proyecto,
entre otros los presupuestos – programas, informes, expedientes de licitación
para la adquisición de bienes, servicios y obras, contratos, órdenes de pago,
etc. (4.1.1., DTAs);
d) La organización, seguimiento y
supervisión de la ejecución de todas las actividades del Proyecto (4.1.1,
DTAs);
e) La administración y la gestión
contable del Proyecto en su conjunto (4.1.1. DTAs).
f) La participación en
evaluaciones de licitaciones (4.1.1., DTAs);
g) El funcionamiento como
secretaría del Comité de Dirección (4.1.1., DTAs);
h) La celebración de los contratos
salvo los que serán celebrados por la Comisión Europea (4.3.2.1. y 4.3.2.2., DTAs);
i) El establecimiento conjunto con
el Comité de Dirección, de un monitoreo técnico, financiero, permanente e interno
del Proyecto (5.1. DTAs);
j) La elaboración de los informes
que permitirá la realización del monitoreo técnico y financiero del Proyecto
(5.1. DTAs);
k) La gestión de las acciones
necesarias para la evaluación del Proyecto (5.2. DTAs);
l) La gestión de las acciones
necesarias para la auditoría y control interno del Proyecto (5.3. DTAs);
m) La gestión de las acciones
necesarias para asegurar la auditoría externa durante la fase de cierre del
Proyecto (5.3. DTAs);
n) La realización de las
actividades relacionadas con la comunicación y la visibilidad del proyecto (6.,
DTAs);
o) La comunicación a la Comisión Europea (CE) del detalle de los mecanismos financieros para la ejecución del
Proyecto, así como el nombre y cargo de las personas investidas de poder para
ordenar pagos;
3) Para la preparación, gestión y
ejecución de los correspondientes Presupuestos – Programas, la Entidad Ejecutora se compromete a ajustarse a las normas y procedimientos descriptos en la Guía Práctica de los procedimientos aplicables a los presupuestos – programas financiados con
cargo al FED y al PRESUPUESTO (enfoque por proyecto).
4) El Grupo Mercado Común (GMC)
designa como Director del Programa (administrador de anticipos) a la Sr. Guillermo Saura y como Responsable Contable de los anticipos a la Dra. Analia Louro. Estas personas han sido debidamente facultadas para actuar en su nombre en
cuanto a la firma y ejecución de los correspondientes Presupuestos – Programas.
5) Los Presupuestos – Programas
del Proyecto serán analizados y evaluados por la Reunión Especializada de Autoridades Cinematográficas y Audiovisuales del MERCOSUR (RECAM),
para luego ser sometido a la aprobación de la Comisión Europea. Para la anuencia indicada de las autoridades de tutela del Proyecto, los
citados documentos, con posterioridad al análisis del Comité de Cooperación
Técnica del MERCOSUR, serán presentados por el GMC.
6) Los Organismos de los cuatro
Estados Partes, el INCAA de Argentina, la Secretaría del Audiovisual y la Ancine de Brasil, la Dirección de Promoción de Industrias Culturales de la Secretaría de Cultura del Paraguay y el Instituto del Cine y Audiovisual del Uruguay,
realizarán
las gestiones para garantizar en
tiempo y forma, los fondos y medios correspondientes a su contribución para la
ejecución del Proyecto.
7) Para el cumplimiento de sus
atribuciones, se conformará un Comité de Dirección que contará con el apoyo de la RECAM. Asimismo, la RECAM apoyará el funcionamiento del Comité de Dirección poniendo a su
disposición el Coordinador Nacional seleccionado conforme a los procedimientos
oportunamente establecidos en el MERCOSUR así como los expertos y los medios
necesarios para cumplir lo acordado en los Presupuestos - Programas.
8) La recepción de los desembolsos
de fondos efectuados por la Comisión Europea será realizada por la Entidad Ejecutora de la República Argentina, quien procederá a la apertura de las
correspondientes cuentas bancarias en EUROS y en moneda local.
9) El presente Acuerdo de
Delegación tendrá la misma vigencia que el Convenio de Financiación.
Las partes suscriben el presente
en la ciudad de Asunción, a los treinta y un días del mes de marzo de 2011, en
dos originales, en idioma español, siendo ambos textos igualmente auténticos.
GRUPO MERCADO COMÚN (GMC)
Por la República Argentina Por la República Federativa de Brasil
Por la República del Paraguay Por la República Oriental del Uruguay
Instituto Nacional de
Cinematografía y Artes Audiovisuales República Argentina