Detalle de la norma DI-140-2009-AFIP
Disposición Nro. 140 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2009
Asunto Autorización para el ingreso, permanencia, circulación y salida de funcionarios
Boletín Oficial
31623 Fecha: 27/03/2009
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Disposición 140

20/03/2009

Fecha:

27/03/2009

 

Dependencia:

DI-140-2009-AFIP

Tema:

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Asunto:

Zona primaria aduanera. Autorización para el ingreso, permanencia, circulación y salida de funcionarios de la Subdirección General de Auditoría Interna.

 

VISTO la Actuación SIGEA AFIP Nº 13316-310-2008 del Registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 121 de la Ley Nº 22.415 efectúa previsiones acerca del ingreso, permanencia, circulación y salida de personas de la Zona Primaria Aduanera.

Que la Disposición Nº 151/2008 (AFIP), dictada en su consecuencia con fecha 11 de abril de 2008, autorizó a los funcionarios que ejercían los cargos y/o funciones consignadas en su ANEXO I, a realizar tales acciones.

Que atento las modificaciones realizadas oportunamente a la Estructura Organizativa de la Subdirección General de Auditoría Interna mediante la Disposición Nº 308/2008 (AFIP) del 18 de julio de 2008, resulta necesario sustituir la Disposición Nº 151/2008 (AFIP) y modificar —por razones de índole funcional y operativa— el ANEXO I de la citada norma, en atención a la labor que desempeñan sus funcionarios.

Que las Subdirecciones Generales de Auditoría Interna y de Asuntos Jurídicos han tomado las intervenciones que resultan de sus respectivas competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Artículos 4º y 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, corresponde disponer en consecuencia.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DISPONE:

Artículo 1º — Autorízase a los funcionarios que ejerzan los cargos y/o las funciones consignadas en la Planilla que como ANEXO I forma parte integrante de la presente Disposición, a ingresar, permanencer, circular y salir de la Zona Primaria Aduanera, sin restricción de lugar ni de horario.

Art. 2º — Autorízase a los funcionarios que ejerzan los cargos y/o las funciones consignadas en la Planilla que como ANEXO II forma parte integrante de la presente Disposición, a ingresar, permanecer, circular y salir de la Zona Primaria Aduanera, sin restricción de lugar, siempre que cuenten con autorización expresa de su superior y en el marco de una operación concreta.

Art. 3º — Los funcionarios autorizados por los Artículos anteriores acreditarán su condición de tales, con las credenciales identificatorias otorgadas poda ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.

Art. 3º — Déjase sin efecto la Disposición Nº 151/2008 (AFIP) del 11 de abril 2008.

Art. 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en eI BOLETIN OFICIAL, a la GENDARMERIA NACIONAL, a la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA y a la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA. Cumplido, archívese. — Ricardo Echegaray.

 
NOTA LOA PRESIONE AQUI PARA VER ANEXO 1
 
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Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Deroga DI-151-2008-AFIP Autorización para el ingreso, permanencia, circulación funcionarios Auditoría