Detalle de la norma DI-3935-2007-ANMAT
Disposición Nro. 3935 Admin Nacional Medicamentos, Alimentos y Tecn Médica
Organismo Admin Nacional Medicamentos, Alimentos y Tecn Médica
Año 2007
Asunto Modifícanse los montos de los aranceles que devengarán las tramitaciones
Boletín Oficial
Fecha: 16/07/2007
Detalle de la norma
LOA

Disposición 3935-2007

Establécense los montos de los aranceles que devengarán ante la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, la extensión de los certificados previstos en la Disposición Nº 806/2007.

Bs. As., 12/7/2007

VISTO el Decreto Nº 1490/92, la Disposición ANMAT Nº 806 del 20 de febrero de 2007 y el Expediente Nº 1-47-3740/07-8 del registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición ANMAT Nº 806/07 se reglamentaron las actividades de reacondicionamiento, restauración, reconstitución y/o verificación de buen funcionamiento de Productos Médicos usados.

Que el artículo 8º, inc. m) del Decreto Nº 1490/92 establece que es atribución de esta Administración Nacional determinar y percibir los aranceles y tasas retributivas correspondientes a los trámites y registros que se efectúen, como también por los servicios que se presten.

Que en consecuencia se hace necesario determinar los aranceles que devengarán las nuevas tramitaciones a realizar ante esta Administración Nacional, así como el plazo de validez de dichos certificados.

Que la Dirección Tecnología Médica, la Dirección de Coordinación y Administración y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y el Decreto Nº 197/02.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA

DISPONE:

Artículo 1º Establécense los montos de los aranceles que devengarán ante la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T.) la extensión de los certificados previstos en la Disposición ANMAT Nº 806/07, conforme al detalle que como anexo I forma parte integrante de la presente Disposición.

Art. 2º — Los certificados mencionados en el artículo precedente tendrán una validez de DOS (2) años.

Art. 3º — A los efectos de la presente Disposición, se considerará familia de productos médicos a todo conjunto de productos médicos, tal que cada producto posee las mismas características técnicas, la misma indicación, finalidad o uso al que se destina el producto médico según lo indicado por el fabricante, así como los mismos fundamentos de su funcionamiento y su acción, su contenido o composición.

Art. 4º — La presente disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 5º — Regístrese; comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese. — Manuel R. Limeres.

ANEXO I

Aranceles que devengarán los trámites de emisión de Certificados de Buenas Prácticas de Reacondicionamiento de Productos Médicos:

Se deberá abonar un importe básico según el siguiente detalle:

- Certificado de Cumplimiento de las Buenas Prácticas de Reacondicionamiento $ 1.500.-

A dicho importe, deberá adicionarse la suma que se detalla a continuación por cada familia de productos médicos a ser incluida en el listado de productos autorizados a reacondicionar que forma parte integrante del Certificado de Buenas Prácticas de Reacondicionamiento de Productos Médicos:

- Por cada Familia de Productos Médicos Clase I

$ 250.-

- Por cada Familia de Productos Médicos Clase II

$ 400.-

- Por cada Familia de Productos Médicos Clase III

$ 500.-

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
DI-241-2013-ANMAT Modifica Montos de los aranceles que devengarán las tramitaciones
DI-2411-2011-ANMAT Modifica Modifícanse los montos de los aranceles que devengarán las tramitaciones
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa DI-806-2007-ANMAT Modifícanse los montos de los aranceles que devengarán las tramitaciones