Detalle de la norma DI-1845-2008-ANMAT
Disposición Nro. 1845 Admin Nacional Medicamentos, Alimentos y Tecn Médica
Organismo Admin Nacional Medicamentos, Alimentos y Tecn Médica
Año 2008
Asunto Modifícanse los montos de los aranceles que devengarán las tramitaciones
Boletín Oficial
Fecha: 07/04/2008
Detalle de la norma
LOA

Disposición 1845-2008

Actualízase el monto del arancel que devengará ante la ANMAT, el trámite de "intervención de despacho a plaza de producto impacto", previsto en el Anexo I de la Disposición Nº 667/2005.

Bs. As., 4/4/2008

VISTO la Ley Nº 16.463, el Decreto Nº 1490/92, las Disposiciones A.N.M.A.T. Nº 667 del 1º de febrero de 2005 y Nº 7692 del 18 de diciembre de 2006; el expediente Nº 1-47-5557-08- 1 del registro de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1490/92 se creó la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T.), como organismo descentralizado, dependiendo técnica y científicamente de las normas que imparta la Secretaría de Salud, hoy Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos del Ministerio de Salud.

Que el artículo 8, inc. m) del decreto 1490/92 otorga a la A.N.M.A.T. la atribución de "determinar y percibir los aranceles y tasas retributivas correspondientes a los trámites y registros que se efectúen, como así también por los servicios que se presten".

Que de conformidad a lo establecido en el artículo 11 del referido cuerpo normativo, la A.N.M.A.T. dispondrá para el desarrollo de sus acciones, de los recursos enumerados en el aludido artículo, entre los que se encuentran incluidos los provenientes de tasas y aranceles que aplique conforme a las disposiciones adoptadas.

Que mediante la Disposición A.N.M.A.T. Nº 667/05 se determinaron los aranceles que devengarían las tramitaciones relacionadas con productos médicos a realizar ante esta Administración Nacional.

Que por Disposición A.N.M.A.T. Nº 7692/06 se actualizó el monto del arancel correspondiente al trámite de "intervención de despacho a plaza de producto importado", previsto en el Anexo I de la Disposición A.N.M.A.T. Nº 667/05.

Que en tal sentido y teniendo en cuenta que el monto actual de dicho arancel ha perdido relación con los costos administrativos reales, corresponde emitir un nuevo acto administrativo a los fines de su actualización.

Que la Dirección de Tecnología Médica, la Dirección de Coordinación y Administración y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y el Decreto Nº 253/08.

Por ello,

EL INTERVENTORDE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA

DISPONE:

Artículo 1º Actualízase el monto del arancel que devengará ante la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, el trámite de "intervención de despacho a plaza de producto importado", previsto en el Anexo I de la Disposición A.N.M.A.T. Nº 667/05, el que se fija en la suma de PESOS DOSCIENTOS ($ 200).

Art. 2º — La presente Disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º — Regístrese; comuníquese a CACID, CADIE, CADIEM, CADIME, CAEHFA, CAEME, CAIREDIM, CAPA, CAPEMVeL, CAPGEN, CAPROFAC, CILFA, COOPERALA, UAPE y FAIC. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Dése copia al Departamento de Registro y a la Dirección de Tecnología Médica. Comuníquese a la Dirección de Planificación y de Relaciones Institucionales. Cumplido, archívese. — Ricardo Martínez.

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
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