Disposición 1849-2008
Actualízanse montos de aranceles correspondientes a trámites de Especialidades
Medicinales y de Productos Cosméticos.
Bs.
As., 4/4/2008
VISTO
la Disposición A.N.M.A.T. Nº
1303 del 8 de marzo de 2007, la Disposición A.N.M.A.T. Nº 1356 del 12 de marzo de 2007, el expediente
1-47-5558-08-5 del registro de la Administración Nacional
de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y
CONSIDERANDO:
Que
mediante el artículo 1º de la Disposición A.N.M.A.T. Nº 1303/07 se modificaron los montos de los
aranceles que devengarían los trámites efectuados ante esta Administración
Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T.)
correspondientes a elaboración de drogas; extensión de testimonio para exportar
productos; extensión de permiso de importación; control de psicotrópicos y
estupefacientes; y sustancias de referencia, según el detalle consignado en el
Anexo I de la aludida norma.
Que
por Disposición A.N.M.A.T. Nº 1356/07, se
sustituyeron los montos de los aranceles incluidos en la Disposición A.N.M.A.T. Nº 1303/07, según el detalle consignado en el Anexo
I de la misma norma.
Que
los montos de los aranceles correspondientes a los trámites ESPECIALIDADES
MEDICINALES – Código 114 – 1. Extensión de testimonio para exportar productos
(Certificación cumplimiento BPF para licitaciones o exportaciones de productos
medicinales en materias primas) y ESPECIALIDADES MEDICINALES Y PRODUCTOS COSMETICOS
– Código 609 – 1. Extensión de permiso de importación, consignados en el Anexo
I de la Disposición
ANMAT Nº 1356/07, han perdido relación con los costos
administrativos reales, por lo que corresponde emitir un nuevo acto
administrativo a los fines de su actualización.
Que
la Dirección
de Coordinación y Administración, y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la
intervención de su competencia.
Que
se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y
el Decreto Nº 253/08.
Por
ello,
EL
INTERVENTOR DE LA
ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y
TECNOLOGIA MEDICA
DISPONE:
Artículo 1º —
Actualízase el monto del arancel correspondiente al
trámite ESPECIALIDADES MEDICINALES – Código 114 – 1. Extensión de testimonio para
exportar productos (Certificación cumplimiento BPF para licitaciones o
exportaciones de productos medicinales en materia primas), en: PESOS DOSCIENTOS
($ 200).
Art. 2º —
Actualízase el monto del arancel correspondiente al
trámite ESPECIALIDADES MEDICINALES Y PRODUCTOS COSMETICOS – Código 609 – 1.
Extensión de permiso de importación, en: PESOS DOSCIENTOS ($ 200).
Art. 3º —
Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, dése a
la Dirección
Nacional del Registro Oficial para su publicación.
Comuníquese a la Dirección
de Planificación y Relaciones Institucionales. Cumplido, archívese. — Ricardo
Martínez.