Detalle de la norma DI-1356-2007-ANMAT
Disposición Nro. 1356 Admin Nacional Medicamentos, Alimentos y Tecn Médica
Organismo Admin Nacional Medicamentos, Alimentos y Tecn Médica
Año 2007
Asunto Montos de los aranceles que devengarán las tramitaciones en Anmat
Boletín Oficial
Fecha: 14/03/2007
Detalle de la norma
LOA

Disposición 1356-2007

Sustitúyense montos de aranceles incluidos en la Disposición Nº 1303/2007.

Bs. As., 12/3/2007

VISTO el Expediente Nº 1-47-2152-07-0 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, la Disposición ANMAT 1303/07, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1º del citado acto administrativo se modificaron los montos de los aranceles que devengarían en lo sucesivo, los trámites efectuados por ante esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) correspondientes a elaboración de drogas; extensión de testimonio para exportar productos; extensión de permiso de importación; control de psicotrópicos y estupefacientes; y sustancias de referencia.

Que por otra parte y mediante el artículo 2º de dicha Disposición, se establecieron nuevos aranceles que devengarían las tramitaciones correspondientes a Buenas Prácticas de Laboratorio para liberación de lote y cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura en plantas farmacéuticas.

Que los montos de los aranceles consignados en el Anexo I de la Disposición Nº 1303/07 contienen errores que ameritan el dictado de un nuevo acto dispositivo a fin de subsanar los mismos.

Que la Dirección de Coordinación y Administración y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y el Decreto Nº 197/02.

Por ello:

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA

DISPONE:

Artículo 1º Sustitúyense los montos de los aranceles incluidos en la Disposición Nº 1303/07, según detalle consignado en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Disposición.

Art. 2º — Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese. — Manuel R. Limeres.

ANEXO I

ARANCELES

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
DI-2415-2011-ANMAT Deroga Montos de los aranceles que devengarán las tramitaciones en Anmat