Detalle de la norma CO-48411-2007-BCRA
Comunicación Nro. 48411 Banco Central de la República Argentina
Organismo Banco Central de la República Argentina
Año 2007
Asunto Pago de importaciones de bienes
Boletín Oficial
Fecha: 18/07/2007
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Bol/Of
COMUNICACION "A" 48411 28/06/2007 Fecha:  
 
Dependencia: BCO CTRAL DE LA REP ARG (B.C.R.A.)
Tema: A LAS ENTIDADES FINANCIERAS
Asunto: Pago de importaciones de bienes. Complemento de la Comunicación “C” 36210.
 

Nos dirigimos a Uds. a los efectos de aclarar ante distintas consultas recibidas que, en los casos de importaciones de material bélico cuyas destinaciones aduaneras se documenten a través de una Solicitud Particular, la entidad financiera interviniente podrá dar curso a los pagos al exterior de dichos bienes por hasta el monto de la factura comercial emitida en el exterior, cuando se presente la siguiente documentación:

1. Factura comercial emitida en el exterior a nombre de la persona física o jurídica residente en el país, que efectúa la compra al exterior, donde conste la cantidad y descripción de la mercadería, valor, y restantes requisitos establecidos para esta documentación en la Resolución General AFIP 581/1999.

2. Copia del Documento de Transporte (Conocimiento de Embarque – Carta de Porte – Guía Aérea).

3. En el caso de que se hubiera transferido el derecho de disponer de la mercadería en el documento de transporte, con antelación a su importación, factura emitida en el país por la persona física o jurídica residente que figura como comprador en la factura mencionada en 1, donde consta la cantidad y descripción de la mercadería, precio unitario y total y demás requisitos establecidos por la AFIP, emitida a nombre de la persona física o jurídica residente que factura la venta de los bienes a nombre de la Fuerza Armada o de Seguridad que efectúa el despacho a plaza de los bienes.

4. Copia del documento de salida de zona primaria aduanera.

5. Copia del certificado y/o constancia de autorización emitido por la Fuerza Armada o de Seguridad interviniente, dirigida al Servicio Aduanero, en el que consta el detalle de la operación de que se trata, de conformidad a los términos del Decreto 2921/70.

6. Copia de la Solicitud Particular autenticada por autoridad aduanera competente en la que conste la salida a plaza de los bienes. En el caso que exista verificación de la mercadería por parte de la Aduana y la misma conste en la Solicitud Particular, no será necesario solicitar la documentación establecida en el punto 5.

De la misma forma, se deberá presentar dicha documentación para la demostración de la importación de bienes correspondientes a pagos anticipados, realizados con acceso al mercado local de cambios.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

 

Jorge L. Rodríguez

Raúl O. Planes

Gerente Principal de Exterior y Cambios

Subgerente General de Operaciones

 
 
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RG-581-1999-AFIP Pago de importaciones de Bienes