LOA
Resolución 2-2011
Establécese la apertura del período de captura para la especie calamar en la Zona Común de Pesca.
Montevideo,
29/3/2011
Norma
estableciendo la apertura del período de captura de la especie calamar (Illex argentinus)
en la Zona Común
de Pesca.
Visto:
La
conveniencia de establecer el período de captura de la especie calamar (Illex argentinus) durante la
temporada 2011 en la Zona
Común de Pesca.
Considerando:
La
información disponible sobre la presencia del recurso en la Zona Común de Pesca.
Atento:
A
lo establecido en los artículos 80 y 82 del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.
LA COMISION
TECNICA
MIXTA DEL FRENTE MARITIMO
RESUELVE:
Artículo 1º — Establecer la apertura del período de captura para la especie calamar
(Iiex argentinus)
en la Zona Común
de Pesca a partir del 1 de abril de 2011.
Art. 2º —
La Comisión
en la Reunión
Plenaria del mes de julio evaluará el estado del recurso a
fin de establecer la fecha de cierre de captura de la zafra 2011, sobre la base
de la información técnica aportada por las Partes.
Art. 3º —
Considerar la transgresión de la presente Resolución
como un incumplimiento grave a las normas vigentes en cada Parte en materia de
infracciones pesqueras, lo que aparejará la aplicación de las sanciones en
ellas previstas.
Art. 4º —
Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio
Internacional y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones
Exteriores de la
República Oriental del Uruguay.
Art. 5º —
Dar conocimiento público de esta Resolución, a través de su publicación en el
Boletín Oficial de la
República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental
del Uruguay. — Carlos A. Carrasco. — Julio Suárez.
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