Decreto 362-2011
Modifícase el Decreto N° 594/04 relacionado con el
Régimen de Incentivo Fiscal para los fabricantes de bienes de capital, sus
partes y accesorios que contaren con establecimientos industriales radicados en
el Territorio Nacional. Vigencia.
Bs.
As., 22/3/2011
VISTO
el Expediente Nº S01:0444830/2010 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y
CONSIDERANDO:
Que
a través del Decreto Nº 379 de fecha 29 de marzo de 2001 y sus modificaciones,
se creó un Régimen de Incentivo Fiscal para los fabricantes de bienes de
capital, sus partes y accesorios que contaren con establecimientos industriales
radicados en el Territorio Nacional.
Que
el objeto principal del citado régimen es mejorar la competitividad de la
industria local productora de bienes de capital para que pueda participar en
condiciones equitativas en la provisión de tales bienes, promoviendo así su
fabricación nacional.
Que
los Decretos Nros. 201 de
fecha 22 de febrero de 2006, 2316 de fecha 30 de diciembre de 2008, 188 de
fecha 3 de febrero de 2010 y 917 de fecha 28 de junio de 2010, mediante sendas
sustituciones del Artículo 5º del Decreto Nº 594 de fecha 11 de mayo de 2004,
establecieron la vigencia del régimen creado mediante el Decreto Nº 379/01 y
sus modificaciones hasta el día 31 de diciembre de 2010.
Que
el Decreto Nº 1347 de fecha 26 de septiembre de 2001 aprobó el listado de las
posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM)
comprendidas en el régimen del Decreto Nº 379/01 y sus modificaciones.
Que
el Artículo 15 del Decreto Nº 509 de fecha 15 de mayo de 2007, por medio de su
Anexo XIII, sustituyó el Anexo I del Decreto Nº 1347/01 y sus modificaciones.
Que
el Decreto Nº 770 de fecha 25 de junio de 2009, dispuso la ampliación del
universo de bienes alcanzados por el citado régimen.
Que
el Decreto Nº 509/07, entre otras medidas, incorporó al ordenamiento jurídico
nacional la Resolución Nº
70 de fecha 13 de diciembre de 2006 del Grupo Mercado Común que aprobó el
Arancel Externo Común (A.E.C.) basado en la Nomenclatura Común
del MERCOSUR (N.C.M.) ajustada a la IV Enmienda del
Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercaderías.
Que
el Régimen de Incentivo Fiscal previsto en el Decreto Nº 379/01 y sus
modificaciones, ha contribuido en forma significativa con la recuperación de
los niveles de la actividad productiva, permitiendo revertir los negativos
resultados registrados en la industria manufacturera nacional en períodos
anteriores.
Que
en el ámbito del MERCOSUR no existe actualmente óbice para mantener vigentes
los regímenes de importación de bienes de capital establecidos por cada Estado
Parte.
Que
el Gobierno Nacional ha decidido asignar prioritaria importancia a las
políticas que incentiven la inversión productiva, la capacidad competitiva
externa e interna y la generación de empleos, en las empresas industriales ya
localizadas o las que pudieran localizarse en el país.
Que
en virtud de lo expuesto precedentemente, resulta necesario prorrogar hasta el
día 31 de diciembre de 2011 el plazo de vigencia del régimen instituido por el
Decreto Nº 379/01 y sus modificaciones.
Que
han tomado intervención los Servicios Jurídicos competentes en virtud de lo
dispuesto por el Artículo 7º, inciso d) de la Ley Nacional de
Procedimientos Administrativos Nº 19.549.
Que
la presente medida se dicta en uso de las facultades previstas en el Artículo
99, inciso 1 de la
CONSTITUCION NACIONAL.
Por
ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Sustitúyese el Artículo 5º del Decreto Nº
594 de fecha 11 de mayo de 2004 y sus modificaciones por el siguiente:
"ARTICULO
5º — El régimen creado por el Decreto Nº 379 de fecha 29 de marzo de 2001, y
sus modificaciones, tendrá vigencia hasta el día 31 de diciembre de 2011."
Art. 2º —
El presente decreto tendrá vigencia a partir del día 1 de enero de 2011.
Art. 3º —
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D.
Fernández. — Amado Boudou. — Débora A. Giorgi.