Disposición 85-2011
Programa "Matrices de Riesgo
Integradas". Su creación.
Bs.
As., 21/3/2011
VISTO
la Actuación SIGEA
N° 10462-25-2011 del Registro de esta Administración
Federal, y
CONSIDERANDO:
Que
por la citada actuación se tramita la creación, en el ámbito de esta
Administración Federal de Ingresos Públicos, del programa denominado
"Matrices de Riesgo Integradas".
Que
la implementación de dicha iniciativa permitirá obtener información de interés
para distintas áreas del Organismo a efectos de generar, en forma sistémica,
acciones de investigación, fiscalización y control en materia aduanera,
impositiva y de los recursos de la seguridad social.
Que
ello acentuará la percepción de riesgo por parte de los contribuyentes,
responsables y operadores de comercio exterior.
Que
en consecuencia corresponde proceder al dictado de la norma respectiva, fijando
los objetivos del programa y estableciendo las áreas intervinientes
en el mismo y sus responsabilidades.
Que
han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de
Fiscalización, de Sistemas y Telecomunicaciones y de Administración Financiera
y las Direcciones Generales de Aduanas, Impositiva y de los Recursos de la Seguridad Social.
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo
6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por
ello,
EL
ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
Artículo 1° — Créase en el ámbito de esta Administración Federal de Ingresos
Públicos el programa "Matrices de Riesgo Integradas", que tendrá los
siguientes objetivos:
a)
Generar, a partir del relevamiento de actividades
específicas, información de interés para las dependencias de investigación,
fiscalización y decontrol de las Direcciones
Generales de Aduanas, Impositiva y de los Recursos de la Seguridad Social,
producto de la integración de los datos provenientes de los sistemas
informáticos del Organismo.
b)
Proveer información sistémica para la generación de acciones de investigación,
fiscalización y control, lo cual permitirá acentuar la percepción de riesgo por
parte de los administrados.
Art. 2° — Desígnase a la Subdirección General de Fiscalización como Unidad
Coordinadora General del programa y a las Direcciones Generales de Aduanas,
Impositiva y de los Recursos de la Seguridad Social, así como a las Subdirecciones
Generales de Sistemas y Telecomunicaciones y de Administración Financiera como
partícipes en su ejecución, con las responsabilidades que se indican en el
Anexo, que se aprueba y forma parte de la presente.
Art. 3° —
Esta disposición entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el
Boletín Oficial, inclusive.
Art. 4° — Regístrese,
comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Echegaray.
ANEXO
DISPOSICION N° 85/11 (AFIP)
AREAS
INTERVINIENTES Y RESPONSABILIDADES
A)
Subdirección General de Fiscalización:
1.
Coordinación general de la implementación del programa.
2.
Establecimiento de las distintas etapas del programa.
3.
Ejecución de programa y corrección de los desvíos en función de las respuestas
de las áreas usuarias.
4.
Difusión a las áreas de investigación, fiscalización y control de las
Direcciones Generales de Aduanas, Impositiva y de los Recursos de la Seguridad Social,
de la información sistémica y resultados obtenidos del programa "Matrices
de Riesgo Integradas".
B)
Direcciones Generales de Aduanas, Impositiva y de los Recursos de la Seguridad Social:
Proveer
a la Subdirección
General de Fiscalización, en su carácter de unidad
coordinadora, la información no contenida en las bases de datos del Organismo
obrante en su poder y en las áreas que le dependan, así como los recursos
humanos que ésta requiera para llevar adelante el programa, en la medida que no
afecte el cumplimiento de las responsabilidades propias de las dependencias de
revista de los mismos.
C)
Subdirección General de Sistemas y Telecomunicaciones.
Planificar
y desarrollar las obras de arquitectura tecnológicas necesarias.
D)
Subdirección General de Administración Financiera.
Asignar
las partidas presupuestarias que se requieran para el cumplimiento del presente
programa, incluyendo las necesarias para atender conceptos tales como viáticos
y/o pasajes que resulten aplicables.