Detalle de la norma DI-1-2008-DTA
Disposición Nro. 1 Dirección de Tránsito Aereo
Organismo Dirección de Tránsito Aereo
Año 2008
Asunto Requisitos para la habilitación de aeródromos, helipuertos y registro de lugares aptos
Boletín Oficial
Fecha: 02/10/2008
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Disposición 1

23/09/2008

Fecha:

02/10/2008

 

Dependencia:

DI-1-2008-DTA

Tema:

DIRECCION DE TRANSITO AEREO

Asunto:

Apruébase la actualización de los requisitos para la tramitación de la habilitación de aeródromos, helipuertos y registro de lugares aptos

 

DISPOSICION PERMANENTE ACTUALIZACION DE REQUISITOS PARA LA HABILITACION DE AERODROMOS, HELIPUERTOS Y REGISTRO DE LUGARES APTOS

 

VISTO la Ley 17.285, Código Aeronáutico; la Ley 25.675, Ley General del Ambiente; el Decreto Nº 92/70 y la Resolución Nº 97/70 respecto de la calificación, identificación y habilitación de los aeródromos / helipuertos públicos y privados, y la denuncia de Lugares Aptos, lo establecido en la Disposición Nº 95/05 publicada en Boletín Oficial de la República Argentina Nº 30845 del 14 de Febrero de 2006, lo propuesto por el Departamento Aeródromos y,

CONSIDERANDO:

Que desde la difusión de los requisitos para la habilitación de aeródromos, helipuertos y registro de lugares aptos se han producido diversas consultas al Organismo, referidas principalmente a formas, tipo y oportunidad de la presentación por parte de los usuarios.

Que asimismo, se hace necesario contar con datos de mayor precisión respecto de los predios que ocupan o proyectan ocupar los aeródromos, helipuertos y lugares denunciados como aptos.

Que las prestaciones técnicas y de programas de informática a nivel de presentaciones de topografía en la mayoría del territorio nacional, han alcanzado un nivel accesible a los profesionales en la materia, de forma que se pueda disponer, siempre que sea factible, del soporte informático correspondiente a los planos.

Que dicha disponibilidad, permitirá realizar de una manera más precisa la verificación de las características físicas de los proyectos de aeródromos y helipuertos, constatada en primera instancia a través de documentación, presentada formalmente y confeccionada por profesional idóneo.

Que resulta necesario actualizar los requisitos oportunamente publicados por esta Dirección de Tránsito Aéreo a través de documentos escritos y en la página Web de este Organismo.

Que de acuerdo con la misión asignada, es facultad de esta Dirección dictar el acto administrativo correspondiente.

Por ello

EL DIRECTOR DE TRANSITO AEREO DISPONE

1) Apruébense la actualización de los requisitos para la tramitación de la habilitación de aeródromos públicos y privados; helipuertos públicos y privados y del registro de lugares aptos denunciados establecidos en los Anexos 1/ 08; 2/ 08 y 3/ 08 a la presente, respectivamente.

2) El Departamento de Información Aeronáutica, mantendrá la publicación de dichos requisitos a través de la pagina web: www.cra.gov.ar/dta

3) Las Regiones Aéreas y los Jefes de Aeródromos deberán dar amplia difusión de los requisitos a los usuarios, y sus medios de obtención a fin de facilitar la interpretación de los mismos.

4) Comuníquese a las Regiones Aéreas, al Departamento Información Aeronáutica, publíquese en Boletín Oficial y oportunamente archívese en el Departamento Aeródromos. — José A. Palermo.

 
NOTA LOA: PRESIONE AQUI PARA VER ANEXO