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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Disposición n° 1 |
23/09/2008 |
Fecha: |
02/10/2008 |
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Dependencia: |
DI-1-2008-DTA |
Tema: |
DIRECCION DE TRANSITO AEREO |
Asunto: |
Apruébase la
actualización de los requisitos para la tramitación de la habilitación de
aeródromos, helipuertos y registro de lugares aptos |
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DISPOSICION
PERMANENTE ACTUALIZACION DE REQUISITOS PARA
LA HABILITACION DE
AERODROMOS, HELIPUERTOS Y REGISTRO DE LUGARES APTOS |
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VISTO
la Ley 17.285, Código Aeronáutico;
la Ley 25.675, Ley General del
Ambiente; el Decreto Nº 92/70 y
la Resolución Nº 97/70 respecto de la
calificación, identificación y habilitación de los aeródromos / helipuertos
públicos y privados, y la denuncia de Lugares Aptos, lo establecido en
la Disposición Nº
95/05 publicada en Boletín Oficial de
la República Argentina
Nº 30845 del 14 de Febrero de 2006, lo propuesto por el Departamento
Aeródromos y, |
CONSIDERANDO: |
Que
desde la difusión de los requisitos para la habilitación de aeródromos,
helipuertos y registro de lugares aptos se han producido diversas consultas
al Organismo, referidas principalmente a formas, tipo y oportunidad de la presentación
por parte de los usuarios. |
Que
asimismo, se hace necesario contar con datos de mayor precisión respecto de
los predios que ocupan o proyectan ocupar los aeródromos, helipuertos y
lugares denunciados como aptos. |
Que
las prestaciones técnicas y de programas de informática a nivel de
presentaciones de topografía en la mayoría del territorio nacional, han
alcanzado un nivel accesible a los profesionales en la materia, de forma que
se pueda disponer, siempre que sea factible, del soporte informático
correspondiente a los planos. |
Que
dicha disponibilidad, permitirá realizar de una manera más precisa la
verificación de las características físicas de los proyectos de aeródromos y
helipuertos, constatada en primera instancia a través de documentación, presentada
formalmente y confeccionada por profesional idóneo. |
Que
resulta necesario actualizar los requisitos oportunamente publicados por esta
Dirección de Tránsito Aéreo a través de documentos escritos y en la página
Web de este Organismo. |
Que
de acuerdo con la misión asignada, es facultad de esta Dirección dictar el
acto administrativo correspondiente. |
Por ello |
EL DIRECTOR DE TRANSITO AEREO DISPONE |
1)
Apruébense la actualización de los requisitos para la tramitación de la
habilitación de aeródromos públicos y privados; helipuertos públicos y
privados y del registro de lugares aptos denunciados establecidos en los
Anexos 1/ 08; 2/ 08 y 3/
08 a
la presente, respectivamente. |
2)
El Departamento de Información Aeronáutica, mantendrá la publicación de
dichos requisitos a través de la pagina web: www.cra.gov.ar/dta |
3)
Las Regiones Aéreas y los Jefes de Aeródromos deberán dar amplia difusión de
los requisitos a los usuarios, y sus medios de obtención a fin de facilitar
la interpretación de los mismos. |
4)
Comuníquese a las Regiones Aéreas, al Departamento Información Aeronáutica,
publíquese en Boletín Oficial y oportunamente archívese en el Departamento
Aeródromos. — José A. Palermo. |
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NOTA LOA: PRESIONE AQUI PARA VER ANEXO |
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