Resolución 1412-2011
Prorrógase excepcionalmente el cumplimento de lo dispuesto por el Punto 27.3.2 deI Pliego de Bases y Condiciones, aprobado por la Resolución N° 1351/10, a las empresas y proyectos conjuntos licenciatarios de Cuota "Hilton".
Bs.
As., 24/2/2011
VISTO
el Expediente Nº S01:0146623/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que
por el Decreto Nº 906 de fecha 16 de julio de 2009 se declara de interés
público y económico el cupo tarifario otorgado por la UNION EUROPEA a
nuestro país, denominado Cuota Hilton, atento su
importancia económica, estratégica y social.
Que
mediante el Artículo 6º del citado Decreto Nº 906/09 se faculta a la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en la jurisdicción
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, como la autoridad de
aplicación del mencionado decreto, siendo competente para evaluar y adjudicar la Cuota Hilton,
otorgar el certificado de autenticidad de exportación Hilton,
establecer, interpretar así como reglamentar las cuestiones referidas a los
criterios de distribución, administración, asignación y control de dicho cupo tarifario, pudiendo dictar las normas complementarias que
sean menester para el cabal cumplimiento de las facultades que por el citado
decreto se le confieren.
Que
posteriormente se dictó la
Resolución Nº 7530 de fecha 17 de septiembre de 2009 de la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, por la cual se procedió a aprobar el
Reglamento de Normas Básicas a las que deberá ajustarse el Pliego de Bases y
Condiciones, para la distribución de la denominada Cuota Hilton,
correspondientes a los ciclos comerciales comprendidos entre el 1º de julio de
2009 y el 30 de junio de 2012.
Que,
consecuentemente por la
Resolución Nº 1351 de fecha 28 de abril de 2010 de esta
Oficina Nacional, se establece la convocatoria al concurso público para la
presentación de propuestas para la calificación y selección de postulantes para
la obtención de una licencia para la distribución y asignación de la Cuota "Hilton", correspondiente al ciclo comercial 2010/2011,
aprobando los respectivos Pliegos de Bases y Condiciones para las categorías
Industria y Proyectos.
Que,
finalmente, se dictó la
Resolución Nº 3244 de fecha 7 de setiembre
de 2010 de la presente Oficina Nacional, por la cual se procedió a la
adjudicación del cupo tarifario Hilton
para el período 2010/2011.
Que
por otra parte, por la
Resolución Nº 2425 de fecha 4 de agosto de 2010 de esta
Oficina Nacional, se declara la existencia de caso fortuito o fuerza mayor con
relación al ciclo comercial 2009-2010, ello basado en la marcada reducción de hacienda,
la sequía registrada durante el período comprendido entre el 1º de mayo de 2009
y el 30 de abril de 2010, y la escasez de hacienda con destino a exportación.
Que
posteriormente, se dicta la
Resolución Nº 5669 de fecha 13 de diciembre de 2010 de esta
Oficina Nacional, por la que se resuelve eximir excepcionalmente a las empresas
y proyectos conjuntos adjudicatarias de Cuota "Hilton
conforme la citada Resolución Nº 3244/10, de lo dispuesto por el Punto 27.3.1
del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por la mencionada Resolución Nº
1351/10, mediante el cual se exige a los adjudicatarios el cumplimiento, por lo
menos, del CINCUENTA POR CIENTO (50%) del cupo asignado al 1º de enero de 2011.
Que
el Pliego de Bases y Condiciones aprobado por la citada Resolución Nº 1351/10,
determina en el Punto 27.3.2 (Capítulo VII - Obligaciones del Licenciatario) que los licenciatarios
deberán exportar al 1º de marzo de 2011, por lo menos el SETENTA POR CIENTO
(70%) del cupo asignado.
Que
los hechos señalados han generado consecuencias perjudiciales para los
productores y operadores del sector, en particular para los licenciatarios
de la Cuota
"Hilton", quienes han visto sumamente
afectadas sus operaciones con el exterior. Tal situación, no se observa como un
hecho aislado, sino que se ha mantenido en el tiempo extendiendo sus
consecuencias al presente ciclo comercial 2010-2011.
Que
en las presentes actuaciones se encuentran agregadas una serie de
presentaciones efectuadas por las firmas que resultaron adjudicatarias de Cuota
Hilton, las cuales manifiestan su voluntad de cumplir
con la totalidad del cupo asignado, solicitando la concesión de una prórroga de
SESENTA (60) días o bien la eximición de la
obligación contenida en el citado Punto 27.3.2 del referido Pliego de Bases y
Condiciones.
Que
asimismo conforme los datos informados por la Dirección de Control de
Operaciones de Comercio Exterior de esta Oficina Nacional, obrantes en estos
actuados, se observa el porcentaje de cumplimiento de las firmas adjudicatarias
de Cuota Hilton durante el presente ciclo comercial,
surgiendo de manera inequívoca como han incidido y se han mantenido las
circunstancias descriptas que dieron lugar al dictado de la citada Resolución
Nº 2425/10 y posteriormente la antedicha Resolución Nº 5669/10. Por las
cuestiones mencionadas, dicha área técnica entiende necesario conceder de
manera excepcional una prórroga del plazo estipulado en el Punto 27.3.2 del
Pliego de Bases y Condiciones, recomendando un plazo de CUARENTA Y CINCO (45)
días para la mencionada prórroga.
Que,
por ello, siendo la
OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO la
autoridad de aplicación de la normativa en la materia, la misma es competente
para otorgar a los licenciatarios de Cuota "Hilton" una prórroga de CUARENTA Y CINCO (45) días
corridos para el cumplimiento de lo dispuesto en el Punto 27.3.2 del Pliego de
Bases y Condiciones aprobado por la citada Resolución Nº 1351/10.
Que
se comparte el criterio sustentado en la elevación de los actuados por parte de
la Dirección
de Asuntos Jurídicos de esta OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL
AGROPECUARIO.
Que
el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en
virtud de lo dispuesto en los Decretos Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y
906 de fecha 16 de julio de 2009.
Por
ello,
EL
PRESIDENTE DE LA
OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
RESUELVE:
Artículo 1º — Prorrógase excepcionalmente por el plazo de
CUARENTA Y CINCO (45) días corridos el cumplimento de lo dispuesto por el Punto
27.3.2 del Pliego de Bases y Condiciones, aprobado por la Resolución Nº 1351 de
fecha 28 de abril de 2010, a
las empresas y proyectos conjuntos licenciatarios de
Cuota "Hilton", conforme la Resolución Nº 3244 de
fecha 7 de setiembre de 2010, ambas de la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en jurisdicción
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Art. 2º —
La presente resolución comenzará a regir a partir del día de su publicación en
el Boletín Oficial.
Art. 3º —
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Campillo.