Resolución 91-2011
Apruébase el modelo de Certificado de
Estabilidad Fiscal.
Bs. As., 14/2/2011
VISTO el Expediente Nº S01:0439888/2010 del Registro del MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la
Ley Nº 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados, el
Decreto Nº 133 de fecha 18 de febrero de 1999, y la Resolución Nº 38 de
fecha 19 de diciembre de 2007 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA
Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por la Ley Nº 25.080 se implementó
el Régimen de Promoción de Inversiones para Bosques Cultivados.
Que el Artículo 8º de la citada Ley establece que los
emprendimientos comprendidos en dicho régimen gozarán del beneficio de
estabilidad fiscal por un plazo de hasta TREINTA (30) años contados a partir de
la fecha de aprobación del proyecto respectivo.
Que el Artículo 9º de la Ley Nº 25.080 establece que la Autoridad de Aplicación
deberá emitir un Certificado de Estabilidad Fiscal.
Que los citados certificados fueron impresos de acuerdo a
los adelantos en medidas de seguridad y aprobados por Resolución Nº 38 de fecha
19 de diciembre de 2007 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA y PRODUCCION.
Que a los efectos de adecuar los mismos a la normativa
vigente, es necesario modificar los Certificados de Estabilidad Fiscal
oportunamente otorgados y los que pudieran corresponderle a los futuros
solicitantes del beneficio.
Que conforme resulte aprobado el modelo adjunto a la
presente resolución deberá procederse a notificar a los actuales beneficiarios
y tenedores de certificados, para proceder al estudio y reemplazo de los ya
existentes por el tiempo que reste de vigencia, a excepción de los entregados
conforme la citada Resolución 38/07 que mantendrán su
vigencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, y PESCA ha tomado la intervención que le
compete.
Que el suscripto es competente para el dictado de la
presente medida en virtud de lo establecido en el Artículo 23 de la Ley Nº 25.080 de Inversiones
para Bosques Cultivados y el Decreto Nº 1366 de fecha 1 de octubre de 2009, sus
modificatorios y complementarios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébase el modelo de
Certificado de Estabilidad Fiscal que se acompaña como Adjunto de la presente
resolución.
Art. 2º — Notifíquese a través de la Dirección Nacional
de Producción Agrícola y Forestal de la SUBSECRETARIA DE
AGRICULTURA de la
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, a los actuales beneficiarios de Certificados
de Estabilidad Fiscal, para que en el plazo de CUARENTA Y CINCO (45) días de
recibida la notificación, se presenten ante la Autoridad de Aplicación,
a fin de que la citada autoridad proceda a reemplazar formalmente los
certificados otorgados oportunamente y/o a entregar los mismos a los futuros
solicitantes.
Art. 3º — Exceptúase del cumplimiento de
lo dispuesto en el artículo precedente, a los beneficiarios de los Certificados
de Estabilidad Fiscal otorgados durante la vigencia de la Resolución Nº 38 de
fecha 19 de diciembre de 2007 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,
PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, cuya
validez se mantiene no obstante lo dispuesto por la presente medida.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lorenzo R. Basso.