Resolución General 3048
Procedimiento informático de
registro y cancelación de las destinaciones suspensivas de removido. Resolución
General Nº 1229 y sus modificatorias. Su modificación.
Bs.
As., 14/2/2011
VISTO
la Actuación SIGEA
Nº 12151-31-2010 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que
la Resolución
General Nº 1229 y sus modificatorias, relativa al
procedimiento informático de registro, tramitación y cancelación de las
destinaciones suspensivas de removido en el Sistema Informático MARIA (SIM),
prevé en su Anexo III "D" el listado de posiciones arancelarias
correspondientes al Subrégimen REMO —GUIA DE
REMOVIDO—.
Que
a fin de ejercer un control eficiente sobre este subrégimen,
corresponde mantener un único y actualizado registro de las citadas posiciones
arancelarias, mediante la sustitución de dicho anexo.
Que
han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Técnico Legal
Aduanera y la
Dirección General de Aduanas.
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo
7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus
complementarios.
Por
ello,
EL
ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Sustitúyese el Anexo III "D" de la Resolución General
Nº 1229 y sus modificatorias, por el Anexo III "E" que se aprueba y
forma parte de la presente.
Art. 2º —
Esta resolución general entrará en vigencia a partir del primer día hábil
administrativo inmediato siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial,
inclusive.
Art. 3º —
Regístrese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General
de Aduanas. Cumplido, archívese. — Ricardo Echegaray.
ANEXO
III "E" RESOLUCION GENERAL Nº 1229
(TEXTO
SEGUN RESOLUCION GENERAL Nº 3048)
LISTADO
DE POSICIONES ARANCELARIAS CON OBLIGACION POR PARTE DEL DECLARANTE DE SU
REGISTRO INFORMATICO A TRAVES DEL SUBREGIMEN REMO —GUIA DE REMOVIDO—.