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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
B/Oficial |
Disposición
n° 111 |
07/12/2007 |
Fecha: |
12/12/2007 |
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Dependencia:
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DI-111-2007-SPA |
Tema:
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PESCA |
Asunto:
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Modifícase
el área de veda establecida por
la Resoluciones Nros.
265/2000 de la ex Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
y 74/2004 de
la
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos. |
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VISTO: el Expediente
Nº S01:0400871/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el
Decreto Nº 189 de fecha 30 de diciembre de 1999, las Resoluciones Nros. 265
de fecha 9 de junio de 2000 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA
Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA, 74 de fecha 9 de enero de
2004 y 311 de fecha 1 de noviembre de 2007, ambas de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, el Acta del CONSEJO FEDERAL PESQUERO Nº 45 de fecha 29 de
noviembre de 2007, y |
CONSIDERANDO: |
Que
por el Artículo 1º de
la
Resolución Nº 311 de fecha 1 de noviembre de 2007 de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION se incorporan al área de veda establecida por las Resoluciones
Nros. 265 de fecha 9 de junio de 2000 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,
PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA y 74 de fecha 9 de
enero de 2004 de
la
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, los cuadrados estadísticos Nros. 4158,
4159 y la mitad Sur de los cuadrados estadísticos Nros. 4160, 4260, 4261 y
4763 debido a la elevada presencia de ejemplares juveniles de la especie merluza
común (Merluccius hubbsi). |
Que
por el Artículo 3º de la citada Resolución Nº 311/07 se autoriza a
la SUBSECRETARIA DE
PESCA Y ACUICULTURA dependiente de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, para que mediante disposición fundada modifique los límites de
los cuadrantes incorporados por el Artículo 1º de dicha resolución, en
función de los resultados de las prospecciones referidas precedentemente, a
fin de conciliar la protección de los ejemplares juveniles de la especie
merluza común (Merluccius hubbsi) con la operatoria de la flota pesquera que opera
sobre el recurso mencionado. |
Que
en el punto 6.1. del Acta Nº 45 de fecha 29 de noviembre de 2007 del CONSEJO
FEDERAL PESQUERO se consigna que, luego de recibida y analizada
la Nota Nº 2550 de fecha 27
de noviembre de 2007 del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO
(INIDEP), organismo descentralizado en la órbita de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, “se decide por unanimidad recomendar
a
la Autoridad
de aplicación que: a) Realice la apertura del sector este del cuadrante
estadístico 4158; b) Afecte la mitad norte y desafecte la mitad sur del
cuadrante estadístico 4763 y c) Incorpore al área de veda de
la Resolución SAGPYA
Nº 265/2000 la mitad sur del cuadrante estadístico
4262.” |
Que
la Dirección
de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente
de
la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la
intervención que le compete. |
Que
el suscripto es competente para el dictado de la presente medida, de acuerdo
a lo establecido por
la Ley Nº
24.922, modificada por su similar Nº 25.470, el Artículo 1º del Decreto Nº
214 del 23 de febrero de 1998, el Artículo 59 del Decreto Nº 748 del 14 de
julio de 1999, los Decretos Nros. 25 de fecha 27 de mayo de 2003, modificado
por su similar Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004, y 373 de fecha 17 de
abril de 2007 y
la
Resolución Nº 311 de fecha 1 de noviembre de 2007 de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION. |
Por ello, |
EL SUBSECRETARIO DE PESCA Y
ACUICULTURA DISPONE: |
Artículo
1º — Incorpóranse al área de veda establecida por las Resoluciones Nros. 265
de fecha 9 de junio de 2000 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,
PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA y 74 de fecha 9 de
enero de 2004 de
la SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION la mitad Norte del cuadrante estadístico Nº 4763, y
la mitad Sur del cuadrante estadístico Nº 4262 y desaféctase el sector Este
del cuadrante estadístico Nº 4158 y la mitad Sur del cuadrante estadístico Nº 4763. |
Art.
2º — La presente resolución tendrá vigencia a partir de su publicación en el
Boletín Oficial Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
de Registro Oficial y archívese. — Gerardo E. Nieto. |
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