Resolución 95-2010
Inclusión Régimen de Aduanas
Domiciliarias.
Bs.
As., 27/12/2010
VISTO
la ACTUACION SIGEA
Nº 13289-16254- 2010, originada el 28 de Junio de 2010, en trámite ante el
Departamento Grandes Operadores y,
CONSIDERANDO:
Que
la firma HONDA MOTOR ARGENTINA S.A., a través de su representante legal
solicita su inclusión para operar en el Régimen de Aduanas Domiciliarias
regulado por la
Resolución General Nº 596 (AFIP), aportando la totalidad de
la documentación requerida al efecto.
Que
a fin de determinar el efectivo cumplimiento de lo estipulado en la normativa
referenciada, se efectuaron a través del Departamento Grandes Operadores
consultas a las distintas dependencias de la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, como también constataciones personales en la empresa.
Que
reunida la información aportada por las áreas, la que obra acumulada a la
presente actuación, la
División Aduanas Domiciliarias y Factorías dependiente del
Departamento Grandes Operadores eleva un pormenorizado
informe a la
Jefatura Departamental, obrante a fs.
453/55 Nota Nº 113/10 (DV ADFA).
Que
en base a este último informe y habiéndose verificado la existencia de las
instalaciones para el establecimiento de la Aduana Domiciliaria
y acreditado la presentación de la garantía requerida de conformidad a lo
estipulado en el Anexo II, punto 4 de Resolución General Nº 596 (AFIP), el
Departamento Grandes Operadores propicia la inclusión de la firma en el régimen
de Aduanas Domiciliarias, por entender que la misma cumple con todos los
requisitos legales establecidos a tal fin.
Que
en atención a lo expuesto, corresponde aprobar la incorporación de la firma
HONDA MOTOR ARGENTINA S.A., para operar en el Régimen de Aduanas Domiciliarias.
Que
han tomado la intervención, que les compete, las Subdirecciones Generales de
Control Aduanero, Técnico Legal Aduanera y de Operaciones Aduaneras Interior.
Que
la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º,
apartado 2, inc. p) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997 y el artículo 2º
de la Resolución
General Nº 596 (AFIP).
Por
ello,
LA DIRECTORA
GENERAL
DE LA DIRECCION
GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
Artículo 1º — Inclúyase a la firma HONDA MOTOR ARGENTINA S.A., CUIT 30- 57754677- 7
con domicilio legal en Suipacha 1111, Piso 18, Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y domicilio fiscal en Av. del Libertador 1613 PB
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el régimen de Aduanas Domiciliarias
establecido por Resolución General Nº 596 (AFIP).
Art. 2º — Fíjese
el asiento de la
Aduana Domiciliaria en las instalaciones destinadas al efecto
por la firma HONDA MOTOR ARGENTINA S.A. en Ruta Provincial Nº 6 KM 195, localidad de
Campana, Provincia de Buenos Aíres, de conformidad con los antecedentes y
constancias que obran en estas actuaciones.
Art. 3º —
Acéptese para operar en el Régimen de Aduanas Domiciliarias, la garantía de
actuación por la suma de PESOS CIENTO UN MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL
OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON CERO CENTAVOS ($ 101.540.858,00) y proceder a
su afectación, por el Departamento Grandes Operadores.
Art. 4º — Dentro
de los TREINTA (30) días de publicada la presente en el Boletín Oficial, la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior designará al personal que pasará a
prestar servicios en la
Aduana Domiciliaria asentada en el establecimiento de la
firma.
Art. 5º — Regístrese.
Comuníquese. Notifíquese al representante legal de HONDA MOTOR ARGENTINA S.A. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación. — María S. Ayeran.