Disposición 516-2010
Pautas para la distribución de los
Regímenes de Jerarquización – Disposición Nº 442/99
(AFIP). S/modificación.
Bs.
As., 28/12/2010
VISTO
la Actuación SIGEA
AFIP Nº 10111-152-2010 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que
por la misma se propicia modificar la Disposición Nº 442/99 (AFIP) de fecha 7 de julio
de 1999, sus normas complementarias y modificatorias, mediante las que se
dictaron las pautas para la distribución de las partes selectivas contempladas
en los regímenes de jerarquización para el personal
de la ex DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA y de la ex ADMINISTRACION NACIONAL DE
ADUANAS.
Que
en el marco de las diversas medidas que se llevan adelante con el objeto de
alcanzar el cumplimiento de fines y objetivos propios, siempre se ha tenido
particularmente en mira un adecuado incentivo al personal que presta servicios
en forma efectiva en este ámbito.
Que
los agentes del Organismo que prestan servicios en otras áreas de la Administración Pública
en calidad de adscriptos o en comisión de servicios, perciben la parte prevista
en el inciso a) del Artículo 1º del Anexo I a de la Resolución Nº 1103
del 2 de octubre de 1997 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, modificada mediante Resolución Nº 251 del 16 de octubre de 2009 del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Que
los agentes que prestan sus servicios en este ámbito contribuyen en mayor
medida al logro de sus metas y objetivos específicos que aquéllos mencionados
en el párrafo anterior, por lo que corresponde otorgar un tratamiento diferenciado
a tales situaciones.
Que
conforme a ello, se estima aconsejable adecuar los regímenes de jerarquización vigentes respecto de los agentes que prestan
servicios en comisión de servicios o adscriptos en el resto de las áreas de la Administración Pública.
Que
por los motivos expuestos procede dictar las normas que contemplen las
modificaciones pertinentes.
Que
las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Recursos Humanos han
tomado la intervención que resulta de sus respectivas competencias.
Que
en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º de la Resolución Nº 839 del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, de fecha 2 de julio de
1999, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.
Por
ello,
EL
ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
Artículo 1º
— Modifícase el Artículo 16 inciso b) del Capítulo II
del Anexo I.a) de la Disposición Nº
442/99 (AFIP) de fecha 7 de julio de 1999, el que quedará redactado de la siguiente
manera:
"Artículo
16 inc. b): El agente que al término del período no se encuentre prestando
servicios en este ámbito y lo haga en el resto de los organismos de la Administración Pública
en carácter de adscripto o en comisión de servicios,
será ubicado automáticamente en la
Banda G (5%) establecida mediante Resolución Nº 251/2009 del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
En el caso de prestar servicios en el MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, los agentes serán evaluados por las autoridades de tal
ámbito y dicha calificación será confirmada por autoridad de rango no inferior
a Director General y se considerará definitiva en los términos del artículo 9º
de las presentes normas.
Los agentes a que se refiere este inciso se integrarán al FONA de
Evaluaciones Externas correspondiente a su respectivo régimen, el que se
constituirá con prescindencia de la limitación numérica del inciso b) del
Artículo 3º de la presente norma".
Art. 2º
— Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Echegaray.