Detalle de la norma DE-991-2006-PEN
Decreto Nro. 991 Poder Ejecutivo Nacional
Organismo Poder Ejecutivo Nacional
Año 2006
Asunto Designación transitoria de Director de Epidemiología
Boletín Oficial
Fecha: 08/08/2006
Detalle de la norma

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Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Decreto n° 991 01/08/2006 Fecha: 08/08/2006
 
Dependencia: DE-991-2006-PEN
Tema: SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Asunto: Dase por prorrogada la designación transitoria de Director de Epidemiología, del mencionado organismo descentralizado en la órbita de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.
 

VISTO el Expediente Nº 018.371/2003 del Registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, su reglamentario 601 de fecha 11 de abril de 2002, 1140 de fecha 28 de junio de 2002, 1424 del 18 de octubre de 2004 y 1242 de fecha 4 de octubre de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1424 de fecha 18 de octubre de 2004 se designó en el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles en un cargo Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva III, como Director de Epidemiología al Médico Veterinario D. Gastón María FUNES (M.I. Nº 20.778.241).

Que mediante el Decreto Nº 1242 de fecha 4 de Octubre de 2005, se dio por prorrogada la designación transitoria citada precedentemente.

Que a fin de asegurar la continuidad de las prestaciones que se vienen cumpliendo según las acciones asignadas al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, resulta necesario prorrogar la designación mencionada en el primer considerando del presente acto, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles y como excepción a lo previsto en los Títulos III - Capítulo III - y VI, Artículo 71, primer párrafo, primera parte del Anexo I del Decreto Nº 993/91 T.O. 1995, y en los Artículos 1º y 4º del Decreto Nº 1140 de fecha 28 de junio de 2002, toda vez que aún no se han realizado los procesos de selección previstos.

Que el cargo aludido no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el Decreto Nº 491 del 12 de marzo del 2002 se estableció que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada o descentralizada en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que el Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, en su Artículo 6º establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que el agente involucrado en la presente medida se encuentra exceptuado de lo establecido en el referido Artículo 6º del Decreto Nº 601/02 reglamentario de su similar Nº 491/02.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º — Dase por prorrogada, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir del 24 de marzo de 2006, la designación transitoria efectuada oportunamente en el ámbito del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, del Médico Veterinario D. Gastón María FUNES (M.I. Nº 20.778.241), en el cargo de Director de Epidemiología, Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva III.

Art. 2º — La prórroga mencionada en el artículo precedente, se efectúa con carácter de excepción a lo establecido en los Títulos III – Capítulo III - y VI, Artículo 71, primer párrafo, primera parte del Anexo I del Decreto Nº 993/91 T.O. 1995, y en los Artículos 1º y 4º del Decreto Nº 1140 de fecha 28 de junio de 2002.

Art. 3º — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SI.NA.P.A.), Decreto Nº 993/91 T.O. 1995, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el Artículo 1º del presente decreto.

Art. 4º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, se imputará con cargo a las partidas específicas del Presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Felisa Miceli.