Detalle de la norma RE-5082-2010-ONCCA
Resolución Nro. 5082 Oficina Nacional de Control Comerial Agropecuario
Organismo Oficina Nacional de Control Comerial Agropecuario
Año 2010
Asunto Nueva Coordinación de Proyectos y Soluciones. Informática
Boletín Oficial
Fecha: 12/11/2010
Detalle de la norma
LOA

Resolución Nº 5082-2010

Bs. As., 10/11/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0316641/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Decisión Administrativa Nº 569 de fecha 18 de agosto de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 569 de fecha 18 de agosto de 2010, se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en jurisdicción del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que resulta necesario adoptar las medidas tendientes a perfeccionar el accionar de las distintas áreas que conforman a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

Que en consecuencia, corresponde establecer las aperturas inferiores de las dependencias mencionadas en la norma citada precedentemente.

Que la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 17 del Decreto Nº 1545/94, complementado por la Resolución Nº 422/94 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION y de los Artículos 1º y 2º de la mencionada Decisión Administrativa Nº 569/10.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébanse las aperturas inferiores de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en jurisdicción del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de conformidad con el Organigrama y Acciones, que como Anexos I y II, forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2º — Apruébense en el ámbito de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en jurisdicción del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, las Coordinaciones que se detallan, de acuerdo al Listado y Acciones que como Anexos III y IV, forman parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Cdor. JUAN MANUEL CAMPILLO, Presidente, Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario.

ANEXO I

ANEXO II

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

DIRECCION GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION FINANCIERA

ACCIONES:

1.- Intervenir en las registraciones contables y presupuestarias, la preparación de balances, estado de ejecución, rendiciones de cuentas, pago de haberes y gastos, como también el manejo y custodia de fondos y valores.

2.- Coordinar con la Dirección de Compras y Contrataciones lo relacionado con el almacenamiento y distribución de suministros.

3.- Fiscalizar los cobros y pagos, previo cumplimiento de normas reglamentarias.

4.- Supervisar todo lo relativo a la liquidación de facturas de proveedores, indemnizaciones, gastos de personal y otras erogaciones y transferencias.

5.- Asesorar y asistir técnicamente a los distintos estamentos del Organismo, en lo que es materia de su competencia.

6.- Fiscalizar las acciones relativas al registro y control de los bienes patrimoniales del Organismo.

7.- Asesorar y supervisar en la determinación y retención de impuestos y leyes previsionales.

8.- Preparar la Cuenta de Inversión de acuerdo a la CONSTITUCION NACIONAL.

9.- Intervenir en la elaboración del anteproyecto anual de presupuesto del Organismo.

10.- Evaluar y coordinar la registración centralizada de la información remitida por las áreas responsables la programación y ejecución financiera.

11.- Coordinar con el ministerio jurisdiccional y ante la Oficina Nacional de Presupuesto la información específica sobre programación y ejecución física y financiera del presupuesto.

12.- Evaluar, coordinar y registrar las afectaciones presupuestarias en la referida etapa del gasto y la tramitación de las modificaciones presupuestarias propuestas por las distintas Direcciones del Organismo.

13.- Intervenir en todo lo concerniente a los aspectos presupuestarios relativos al Sistema Integrado de Información Financiera (SIDIF) y al Sistema Integrado para la Gestión de Recursos de la Administración (SIGRAC), así como también en la interpretación y aplicación de las normas técnicas para la formulación, programación, modificación y evaluación del presupuesto del Organismo.

DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

ACCIONES:

1.- Intervenir en la aplicación de herramientas del sistema de administración de recursos humanos, de los controles y registros para la liquidación de haberes del personal.

2.- Propiciar medidas tendientes a optimizar los recursos humanos del organismo mediante el estudio de propuestas de modificación de los regímenes vigentes.

3.- Asegurar la adecuada aplicación de la legislación en materia de recursos humanos.

4.- Proponer objetivos y programas de Higiene y Seguridad en el trabajo a cumplirse en las distintas áreas del organismo, de conformidad con lo dispuesto por la legislación vigente.

5.- Mantener actualizado el análisis del esquema general de incentivos y proponer las medidas pertinentes.

6.- Intervenir con los representantes gremiales en las negociaciones de acuerdos o convenios que el Señor Presidente del organismo le delegue.

7.- Coordinar la evaluación del personal conforme la aplicación de la normativa vigente.

8.- Intervenir en la gestión de las actividades inherentes al desarrollo de la carrera administrativa: selección, integración, evaluación de desempeño, promoción y capacitación del personal del organismo.

9.- Monitorear el estado de avance del personal en el régimen de carrera y proponer las políticas y medidas pertinentes.

10.- Intervenir en la planificación, diseño del dispositivo y selección de aspirantes en los procesos de convocatoria de nuevo personal, administrando la base de datos de currículum de postulantes.

11.- Intervenir en procesos de selección interna y externa de personal contratado por el organismo como así también del personal contratado por las casas de altos estudios que prestan asistencia técnica.

12.- Coordinar con la Dirección General los programas de comunicaciones internas al personal.

13.- Asistir a la Dirección General en la elaboración de informes requeridos por los Organismos de control.

14.- Organizar con los organismos intervinientes en la tramitación de comisiones y adscripciones dentro y fuera del ámbito del organismo y en los traslados correspondientes según el régimen de competencias vigente en la materia.

15.- Intervenir en las tareas relativas a la aplicación del Régimen de Incompatibilidades.

16.- Asistir a la Dirección de mesa de entradas y despacho en los trámites relativos a asignación de tareas, altas y bajas del personal.

17.- Intervenir en la emisión, otorgamiento y control de las credenciales y demás constancias probatorias de la identidad y condición de los funcionarios.

DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

ACCIONES:

1.- Coordinar las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se efectúe por el régimen de contrataciones del ESTADO NACIONAL o por la Ley de Obras Públicas Nº 17.250, así como también la elaboración, modificación y rescisión de los contratos de cualquier naturaleza celebrados o a celebrarse.

2.- Centralizar los requerimientos y formular el plan anual de necesidades tanto de elementos como de contratos de servicios o de obras públicas destinadas a cubrir las exigencias de las distintas áreas a las que se presta servicio.

3.- Elaborar la documentación relativa a los concursos o actos licitatorios que sea menester para las adquisiciones o ventas en general, contratos de locación de obra, servicios y de obras públicas, así como también, los gastos de éstos, hasta su culminación.

4.- Mantener actualizados los registros correspondientes al área de su competencia.

5.- Asistir en sus tareas a las comisiones de preadjudicación y recepción de ofertas, asesorando en la materia.

6.- Proyectar la resolución definitiva, en los recursos jerárquicos que interpongan las firmas proveedoras.

7.- Dirigir las acciones necesarias para asegurar la operatividad de los edificios e instalaciones del Organismo, así como planificar y dirigir los programas de mantenimiento preventivo, cambio o reparaciones y conducción del personal de servicio.

8.- Supervisar la ejecución de obras, tareas y servicios ejecutados por los equipos de trabajo constituidos "ad hoc", que operen en los edificios e instalaciones del Organismo.

9.- Efectuar el control y seguimiento de la prestación de servicios contratados a terceros en el ámbito de su competencia.

10.- Coordinar en la coordinación de las actividades de vigilancia y mantenimiento del edificio y sus bienes.

11.- Efectuar las acciones necesarias para asegurar la coordinación, coherencia de los programas de optimización, tanto de las comunicaciones como de infraestructura edilicia, su remodelación y utilización. Intervenir en la definición de los lineamientos para la ejecución del programa de racionalización de espacios físicos.

12.- Supervisar el control de ingreso-egreso de personas, paquetes o efectos a los edificios del Organismo asignados.

DIRECCION NACIONAL DE AGENCIAS

DIRECCION OPERATIVA DE AGENCIAS

ACCIONES:

1.- Intervenir en el desarrollo de los objetivos y políticas dispuestas por la Superioridad, sus trámites administrativos, operativos y de control para el universo de operadores de su jurisdicción, velando por el cumplimiento de la normativa vigente.

2.- Supervisar las tareas de la documentación presentada ante la Agencia.

3.- Ejecutar los acuerdos y convenios de trabajo interinstitucional con otros organismos públicos, nacionales, provinciales y municipales que se desarrollen en las agencias del Organismo.

4.- Asistir en Representación del Organismo, en las actividades provinciales y municipales que se le encomienden para la prosecución de las tareas de competencia del Organismo, en acuerdo con la Dirección Nacional y el Departamento de Relaciones Institucionales y Comunicación.

5.- Asistir a las Direcciones Nacionales de Registro y Matriculas y de Fiscalización en las tareas propias de su competencia vinculadas a las necesidades del organismo y de los operadores que le son propias según su jurisdicción.

6.- Elaborar informes a la Dirección Nacional de Agencias, con la periodicidad que esta última establezca, de todas las tareas que resultan de su competencia.

7.- Propiciar la capacitación del personal y solicitar la disposición de los medios para satisfacer ese fin.

8.- Asegurar el cumplimiento de la reglamentación vigente relativa a licencias, situaciones especiales de revista, asignaciones familiares e incompatibilidades.

9.- Administrar la información de asistencia y toda otra requerida para la liquidación de haberes y viáticos y movilidad.

10.- Efectuar la rendición de cuentas de todos los gastos y ejecuciones presupuestarias que se ejecuten en las agencias asegurando el cumplimiento de sus funciones administrativas, operativas y funcionales, en acuerdo con la Dirección General Técnico Administrativa, previa intervención de la Dirección Nacional de Agencias.

11.- Intervenir en la asignación y aplicación de los sistemas de computación de datos, así como también las tareas relativas al mantenimiento y servicio generales de la Agencia.

12.- Supervisar la provisión del equipamiento, recursos humanos, insumos materiales y servicios necesarios para el correcto ejercicio de las funciones desarrolladas en la Agencia.

DIRECCION NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL, REGISTRO Y MATRICULAS

DIRECCION DE CONTROL TECNICO-REGISTRAL

ACCIONES:

1.- Intervenir en el desarrollo de las tareas de verificación del cumplimiento de la normativa aplicable a los operadores de la cadena comercial agropecuaria y alimentaria, y la industrialización de la misma, habilitándolos para operar comercialmente.

2.- Verificar los aspectos formales de los contratos de compraventa internacional de mercaderías para las operaciones de exportación, que de acuerdo con la normativa legal vigente, les competa a fin de proceder a su autorización o rechazo.

3.- Controlar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la legislación vigente, en cada solicitud de inscripción y actualización presentada por los operadores.

4.- Confeccionar legajos por las actividades a desarrollar por los operadores en los mercados correspondientes, acumulando todos los antecedentes relacionados a su pedido de inscripción.

5.- Intervenir en la evaluación de la documentación presentada por los solicitantes de las matrículas para operar en los mercados correspondientes.

6.- Realizar cruces de información con otros organismos de la Administración Pública Nacional, Provincial y o Municipal a los efectos de determinar la consistencia de los datos declarados en la documentación presentada por el operador que solicitó su inscripción.

7.- Requerir a los solicitantes y operadores el suministro de información relativa a su operatoria, necesaria para otorgar y/o mantener su inscripción, según corresponda, de acuerdo con la normativa vigente.

8.- Intervenir en la gestión para el otorgamiento, denegatoria o suspensión, por parte del Organismo de las matrículas correspondientes a las actividades que realicen los operadores.

9.- Propiciar ante la superioridad la aplicación de sanciones a los operadores que no cumplan la normativa vigente.

10.- Cooperar en la provisión de información no confidencial de los Operadores inscriptos, a otras reparticiones que lo requieran, guardando la debida confidencialidad sobre aquella información que así lo amerite.

11.- Coordinar con otras áreas del Organismo, informando sobre el estado de situación de las operaciones en relación a sus registraciones con el objeto de cumplir los fines específicos del área que solicita tal información.

DIRECCION NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL, REGISTRO Y MATRICULAS

DIRECCION DE CONTROL DE GESTION COMERCIAL

ACCIONES:

1.- Coordinar e Impulsar acciones dirigidas a lograr la autenticidad y representatividad de los datos informados por los operadores y el cumplimiento de todos los requerimientos que permitan un real conocimiento de los sectores que actúan en la órbita del Organismo.

2.- Establecer y aplicar los procedimientos de validación y consistencia de la información remitida por los sujetos obligados.

3.- Intervenir en la verificación administrativa de la operatoria comercial de los sujetos obligados.

4.- Analizar la información recibida y gestionar las tareas a fin de facilitar los cruzamientos internos necesarios en cada caso, detectando los posibles desvíos en las declaraciones.

6.- Efectuar el análisis estratégico de la información de gestión relativa al control comercial agropecuario y agroalimentario y del estudio de las cadenas involucradas.

7.- Intervenir en la metodología de definición, evaluación y cuantificación de riesgo y en todos los aspectos relacionados a las cadenas comerciales agropecuarias y agroalimentarias materia de su competencia, a fin de impulsar la utilización de mecanismos y sistemas de control y seguimiento basados en tecnologías modernas de control.

8.- Analizar e interpretar la información estadística, a fin de evaluar el funcionamiento de las cadenas comerciales.

9.- Elaborar informes de gestión del Organismo y de la operatoria comercial, elevándolos a la superioridad cuando así lo solicite.

10.- Intervenir en la gestión de cruce de información con otros organismos y dependencias públicas y privadas.

11.- Intervenir de oficio y/o a requerimiento de la Dirección de Fiscalización produciendo los informes técnicos correspondientes.

12.- Intervenir a requerimiento de la Dirección Nacional de Control Comercial, Registro y Matrícula en la clasificación y tipificación del ganado y de la carne destinado al consumo y a la exportación, así como de todos los productos y subproductos de la ganadería.

13.- Efectuar el estudio de información agropecuaria y agroalimentaria del mercado interno y externo, manteniendo actualizado al organismo a fin de un mejor proveer en las tareas específicas del mismo.

DIRECCION NACIONAL DE PLANIFICACION Y GESTION OPERATIVA

DIRECCION DE PLANIFICACION

ACCIONES:

1.- Planificar las acciones y políticas de fomento y de mejora continua en las actividades de control del sector agropecuario en el ámbito de competencia del Organismo, coordinando con el ministerio jurisdiccional los cronogramas de ejecución de las mismas y su cuantificación.

2.- Intervenir en las modificaciones de la estructura organizativa respetando la interrelación con los organismos intervinientes en la cadena agropecuaria alimentaria con el objeto de posibilitar las mejoras sustantivas del sistema regulatorio y de control del Organismo.

3.- Proponer las medidas o mecanismos que mejoren la eficiencia y eficacia del Organismo que permitan una administración ágil de los procedimientos y recursos económicos y organizativos, en beneficio de todos los operadores de las distintas cadenas agropecuarias.

4.- Evaluar mediante un seguimiento continuo en el desarrollo de los planes y programas de las distintas direcciones con competencia específica en las áreas de control y de ejecución de políticas de fomento del Organismo.

5.- Asistir a la Dirección Nacional de Planificación y Gestión Operativa del Organismo en la confección y administración de programas de asistencia con organismos regionales e internacionales que realizan tareas de control comercial agropecuario, como también en la elaboración y gestión de programas con financiamiento externo, en coordinación con cada área con competencia específica actuando de contraparte en la planificación y desarrollo técnico administrativo de dichas tareas.

6.- Intervenir en el planeamiento institucional de los planes anuales y plurianuales de capacitación juntamente con la Dirección de Recursos Humanos y Organización.

DIRECCION NACIONAL DE PLANIFICACION Y GESTION OPERATIVA

DIRECCION DE EJECUCION DE OPERACIONES DE POLITICAS DE FOMENTO

ACCIONES:

1.- Analizar la normativa vigente referente a las políticas de fomento del sector agropecuario en el ámbito de competencia del Organismo, elevando informes a la Superioridad.

2.- Proponer las modificaciones a la legislación actual relativas a las políticas de fomento del sector agropecuario con el objeto de posibilitar el mejoramiento del sistema de regulación.

3.- Proponer las medidas o mecanismos que apunten a permitir igual competencia por parte de los operadores en las distintas cadenas agropecuarias.

4.- Implementar las políticas de fomento al sector agropecuario delegadas al Organismo.

5.- Administrar el sistema de fomento al sector agropecuario con el objeto de sostener los precios de los mismos en el mercado interno.

6.- Supervisar la adecuada aplicación de los sistemas de control interno que aseguren la razonabilidad en el cálculo y liquidación de las compensaciones a los beneficiarios del sector agropecuario de acuerdo a la normativa vigente.

7.- Ejecutar las políticas de fomento delegadas al Organismo.

8.- Verificar el cumplimiento en sede administrativa de las compensaciones del sector agropecuario de acuerdo a las normas vigentes.

DIRECCION DE CONTROL DE OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

ACCIONES:

1.- Coordinar con el Director Nacional la administración y seguimiento de las operaciones de compraventa al exterior.

2.- Asignar y administrar las operaciones comerciales y los remanentes exportables de carnes, granos y sus derivados y lácteos y/o de cualquier otra cadena agroalimentaria que en el futuro se incorpore como competencia del Organismo.

3.- Asistir al Director Nacional en los aspectos relacionados con la gestión de cupos comerciales, remanentes exportables y autorizaciones de importación y exportación de carnes, granos y sus derivados y lácteos, como en aquellos relacionados a la gestión toda otra cadena agroalimentaria que en el futuro se determine de competencia del Organismo.

4.- Intervenir en la asignación y distribución de la Cuota Hilton y de toda otra categoría de carne que en el futuro se le asigne a la República Argentina por parte de la UNION EUROPEA, en el marco de la Cuota Hilton o que respondan a los biotipos exigidos por aquélla, y emitir los certificados correspondientes.

5- Intervenir en la asignación y distribución de los cupos de la Cuota Ovina, de la Cuota Entraña fina y de la cuota ACE 59 y de toda otra categoría de carne que en el futuro se le asigne a la República Argentina, que se incorpore como competencia del Organismo, emitiendo los certificados correspondientes.

6.- Proponer los criterios de distribución y requisitos que deberán satisfacer los interesados para acceder a los cupos tarifarios de la Cuota Hilton.

7.- Realizar los informes técnicos correspondientes a los cupos tarifarios de la Cuota Hilton y demás cuotas a fin de evaluar la necesidad de realizar cambios en los parámetros de distribución.

8.- Asistir a la Dirección Nacional de Planificación y Gestión Operativa a fin de coordinar la gestión comunicacional con el Departamento de Relaciones Institucionales y Comunicacionales en la preparación de informes para elevar al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, a la Comisión de las Comunidades Europeas y a la Agregaduría Agrícola de Argentina con sede en Bruselas, en torno de la ejecución de la Cuota Hilton y de todo dato referido a la instancia de la Jurisdicción referenciada.

9.- Organizar y mantener un registro actualizado de los movimientos comerciales al exterior, en lo que es de índole de su competencia, informados por cada inscripto activo.

10.- Entender en la gestión de las autorizaciones y/o controles informáticos que se llevan a cabo con otros organismos, en razón de la competencia de su área.

11.- Verificar el registro y efectuar el control de los contratos de compraventa internacionales que lleva el Organismo conforme a la normativa vigente en la materia.

DIRECCION NACIONAL DE FISCALIZACION

DIRECCION DE FISCALIZACION

ACCIONES:

1.- Intervenir en las fiscalizaciones dispuestas en los planes de inspecciones programadas, a fin de verificar el cumplimiento de la normativa vigente.

2.- Intervenir en las inspecciones no programadas que sean requeridas por el Director Nacional.

3.- Asistir en la conformación de equipos de trabajo, constituidos con otras reparticiones del Estado, para la realización de actividades conjuntas que contribuyan al fortalecimiento de la fiscalización del sector.

4.- Efectuar, coordinando con cada uno de los organismos de fiscalización, la transferencia, evaluación y flujo de la información que cada uno administra.

5.- Ejecutar inspecciones, operativos y auditorías de carácter técnico y/o administrativo a fin de verificar el cumplimiento de la normativa vigente.

6.- Proponer el reglamento de actuación del cuerpo de inspectores, y velar por su cumplimiento.

7.- Diseñar y proponer el plan operativo a cumplir por el cuerpo de inspectores, y asegurar su correcta ejecución.

8.- Mantener un registro actualizado de todas las actuaciones iniciadas conforme a las inspecciones realizadas, en coordinación con otras áreas del Organismo competentes en la materia.

9.- Generar informes y realizar el cruce de información proveniente de las distintas áreas del Organismo, solicitudes u oficios de otros organismos estatales, juzgados o denuncias presentadas.

10.- Intervenir en la admisión y calificación de ganado en el ámbito de competencia del Organismo.

11.- Propiciar la elaboración de proyectos y estudios de investigación en el ámbito de su competencia.

DIRECCION DE PROCEDIMIENTOS Y EJECUCIONES

ACCIONES:

1.- Supervisar el procedimiento de confección de actuaciones, de conformidad con la legislación vigente, en materia de incumplimiento a la normativa vigente, en sede administrativa para su infraccionamiento.

3.- Intervenir en la elaboración de dictámenes en coordinación con las distintas áreas especializadas del Organismo.

4.- Proponer modificaciones a la normativa vigente en relación a los procesos de control desarrollados en el área de su competencia.

5.- Realizar las diligencias presumariales y sumariales necesarias para el juzgamiento en sede administrativa de infracciones a las normas vigentes, coordinando su accionar con las áreas competentes del Organismo.

6.- Intervenir en la sustanciación y diligenciamiento de medidas cautelares, la interdicción, y/o el decomiso y liberación de mercaderías.

7.- Proponer y supervisar la imposición de sanciones al infractor, valorando la naturaleza de la contravención, observando los antecedentes del transgresor.

8.- Registrar las infracciones, efectuando su actualización periódica propiciando los mecanismos conducentes a mantener el registro en vigencia y actualizado

ANEXO III

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

DIRECCION GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION FINANCIERA

- COORDINACION DE PRESUPUESTO

- COORDINACION DE CONTABILIDAD Y FINANZAS

DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

- COORDINACION DE ORGANIZACION Y PROCEDIMIENTOS

- COORDINACION DE CAPACITACION Y DIRECCION DE CARRERA

DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

- COORDINACION DE CONTRATACIONES Y SERVICIOS

DIRECCION NACIONAL DE AGENCIAS

DIRECCION OPERATIVA DE AGENCIAS

- AGENCIAS

AGENCIA METROPOLITANA

AGENCIA BUENOS AIRES I

AGENCIA BUENOS AIRES II

AGENCIA BUENOS AIRES III

AGENCIA BUENOS AIRES IV

AGENCIA CHACO

AGENCIA CORDOBA I

AGENCIA CORDOBA II

AGENCIA CORRIENTES

AGENCIA ENTRE RIOS I

AGENCIA ENTRE RIOS II

AGENCIA LA RIOJA

AGENCIA MENDOZA

AGENCIA MISIONES

AGENCIA NEUQUEN

AGENCIA SALTA

AGENCIA SANTA CRUZ

AGENCIA SANTA FE I

AGENCIA SANTA FE II

AGENCIA SANTA FE III

AGENCIA SANTIAGO DEL ESTERO

DIRECCION DE INFORMATICA

- COORDINACION DE SEGURIDAD INFORMATICA

- COORDINACION DE SERVICIOS Y COMUNICACIONES

DIRECCION DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS

- COORDINACION DE DESPACHO

- COORDINACION DE MESA DE ENTRADAS E INFORMACION Y ORIENTACION AL PUBLICO

DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS

- COORDINACION DE ASUNTOS CONTENCIOSOS

- COORDINACION DE DICTAMENES

- COORDINACION DE ASESORAMIENTO LEGAL

AUDITORIA INTERNA

- SUPERVISION DE AUDITORIA LEGAL

- SUPERVISION DE AUDITORIA ECONOMICO FINANCIERA

ANEXO IV

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

DIRECCION GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA

DIRECCION DE ADMINISTRACION FINANCIERA

COORDINACION DE PRESUPUESTO

ACCIONES:

1.- Intervenir en la ejecución presupuestaria del organismo.

2.- Asistir a la Unidad Ejecutora de Programas (UEP) en la administración y ejecución del Sistema Integrado de Información Financiera (SIDIF).

3.- Propiciar y elaborar procesos que posibiliten el cumplimiento de los planes y programas de la jurisdicción y la utilización de los recursos disponibles.

4.- Intervenir en el seguimiento y análisis de la información referida a los recursos presupuestarios y extrapresupuestarios disponibles.

5.- Elaborar el anteproyecto anual del presupuesto del Organismo.

6.- Coordinar y evaluar la registración de la información referidas a la programación y ejecución física y financiera.

7.- Intervenir en la tramitación y modificaciones presupuestarias.

8- Elaborar los informes concernientes a los aspectos relativos al Sistema Integrado de Información Financiera (SIDIF).

9.- Asistir en lo relativo a la interpretación y aplicación de las normas técnicas para la formulación, programación, modificación y evaluación del presupuesto del la jurisdicción.

COORDINACION DE CONTABILIDAD Y FINANZAS

ACCIONES:

1.- Ejecutar las acciones que permitan conocer en forma permanente la gestión del Organismo en el sistema de información financiera.

2.- Controlar el manejo y ejecución de los fondos y valores provenientes de recaudación o cualquier otro ingreso, así como la custodia de los mismos y de los títulos, valores y documentos que los representen tanto de la Administración Central como de su propia administración.

3.- Intervenir en las actividades relacionadas con registraciones contables de ejecución del presupuesto.

4.- Asistir en la elaboración de la cuenta de inversión, la fiscalización de acciones vinculadas al registro y en el control de bienes patrimoniales de su competencia.

5.- Intervenir en la determinación y retención de impuestos según las leyes previsionales.

6.- Efectuar la liquidación de facturas de proveedores, gastos de personal u otras erogaciones y transferencias.

7.- Asistir en la Administrar el Sistema de Información Financiera (SIDIF).

DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

COORDINACION DE ORGANIZACION Y PROCEDIMIENTOS

ACCIONES:

1.- Ejecutar las medidas dispuestas por la Dirección General Técnico Administrativa para la adecuada aplicación de la legislación en materia de recursos humanos y liquidación de haberes.

2.- Intervenir en el análisis de objetivos y programas de Higiene y Seguridad en el Trabajo y de Medicina Laboral, y su implementación en las distintas áreas del Organismo.

3.- Supervisar el esquema general de incentivos y proponer las medidas pertinentes para su posterior desarrollo y puesta en funcionamiento por parte de las áreas a su cargo.

4.- Proponer los programas de comunicación interna al personal.

5.- Asistir en la elaboración de informes requeridos por los Organismos de control, poniendo a disposición los recursos a su cargo.

6.- Coordinar la tramitación de comisiones y adscripciones dentro y fuera del ámbito del Organismo y en los traslados correspondientes.

7.- Intervenir en las tareas relativas a la aplicación del Régimen de Incompatibilidades, asegurando a través de las áreas a su cargo su correcto control.

8.- Asistir en los procesos administrativos relativos al ingreso y egreso del personal llevados a cabo por las áreas que la componen, asegurando su correcta realización.

9.- Intervenir en los trámites relativos a la asignación de tareas, altas, licencias, comisiones, adscripciones y bajas de personal.

10.- Intervenir en la emisión, otorgamiento y control de las credenciales y demás constancias probatorias de la identidad y condición de los funcionarios y agentes.

COORDINACION DE CAPACITACION Y DIRECCION DE CARRERA

ACCIONES:

1.- Intervenir en la planificación de actividades inherentes al desarrollo de la carrera administrativa, selección, integración, promoción y capacitación del personal del Organismo.

2.- Coordinar la evaluación de desempeño del personal en conjunto con las autoridades de las áreas con competencia específica donde de desempeña dicho personal, poniendo a disposición los recursos necesarios para su implementación.

3.- Supervisar el cumplimiento del régimen de carrera, haciendo cumplir las medidas instruidas por la Dirección de Recursos Humanos y Organización en las áreas a su cargo.

4.- Coordinar los perfiles, búsqueda, selección interna y externa de aspirantes, en los procesos de convocatoria de personal, manteniendo actualizada la base de datos de postulantes y del personal del Organismo.

5.- Proponer y coordinar las actividades de relevamiento interno de información, encuestas de opinión y de imagen interna, recomendando las medidas a adoptar en función de los resultados.

6.- Propiciar el Plan de Acción de Capacitación, articulando los recursos internos y externos para su correcta realización.

DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

COORDINACION DE CONTRATACIONES Y SERVICIOS

ACCIONES:

1.- Intervenir en las licitaciones y contrataciones del Organismo.

2.- Coordinar el Plan de Acción anual y plurianual de compras y contratos de servicios y obra pública, llevando actualizado los registros de las mismas y verificando con las áreas con competencia específica, que se ajusten a lo establecido en las normas vigentes.

3.- Asistir en sus tareas a las comisiones de preadjudicación y recepción de ofertas elaborando los informes correspondientes en la materia.

4.- Intervenir en las actuaciones administrativas, y en la elaboración de los informes técnicos que sirvan de fundamento para la sustanciación de los recursos jerárquicos que interpongan las firmas proveedoras de bienes y/o servicios.

5.- Coordinar con la Dirección de Despacho y Mesa de Entradas el diligenciamiento de las publicaciones que deba efectuar el Organismo en cumplimiento de las normas vigentes y el archivo de dicha documentación y sus antecedentes.

6.- Ejecutar las instrucciones impartidas por la Dirección General Técnico Administrativa a fin de posibilitar la operatividad de los edificios e instalaciones donde desarrolla su actividad el Organismo.

7.- Intervenir en los planes de mantenimiento preventivo, reparación y/o cambio de instalaciones edilicias, como así también en el monitoreo del personal de servicios de vigilancia que realiza prestaciones al Organismo.

8.- Supervisar la ejecución de obras, tareas y servicios ejecutados por los equipos de tareas constituidos "ad hoc" que desarrollen actividades en las instalaciones del Organismo.

DIRECCION NACIONAL DE AGENCIAS

DIRECCION OPERATIVA DE AGENCIAS

AGENCIA TIPO

ACCIONES:

1.- Ejecutar y asegurar el cumplimiento de los objetivos y políticas dispuestas por la Superioridad, sus trámites administrativos, operativos y de control para el universo de operadores de su jurisdicción, velando por el cumplimiento de la normativa vigente.

2.- Ejecutar las tareas de recepción, análisis, procesamiento de la documentación presentada ante la Agencia y fiscalización instruida conforme al plan de acción emanado de las áreas con responsabilidad primaria en la materia.

3.- Proponer a la superioridad acuerdos y convenios de trabajo interinstitucional con otros organismos públicos, nacionales, provinciales y municipales, todo ello acorde a las competencias del Organismo.

4.- Asistir en la representación del Organismo ante otros organismos nacionales, provinciales y municipales, públicos y privados, de manera coordinada con la Dirección Nacional de Agencias y el Departamento de Relaciones Institucionales y Comunicación.

5.- Requerir los medios necesarios para las tareas de inicio de habilitaciones y matrículas de los operadores que le competan según su jurisdicción.

6.- Relevar las necesidades de capacitación del personal y solicitar a la Dirección Nacional de Agencias la disposición de los medios para satisfacer ese fin.

7.- Intervenir en las tareas de organización y desarrollo de los procesos de evaluación y desempeño, en el área de su competencia.

8.- Presupuestar las necesidades atinentes a la Agencia, para la preservación y el cumplimiento de sus funciones administrativas, operativas y funcionales, en acuerdo con la Dirección General Técnico Administrativa, previa intervención de la Dirección Nacional de Agencias.

9.- Administrar el presupuesto asignado, para el normal funcionamiento de la Agencia, de conformidad con las disposiciones emanadas de la Dirección General Técnico Administrativa y la normativa vigente.

10.- Supervisar y coordinar la aplicación de los sistemas de computación de datos, así como también las tareas relativas al mantenimiento y servicios generales de la Agencia.

DIRECCION DE INFORMATICA

COORDINACION DE SEGURIDAD INFORMATICA

ACCIONES:

1.- Entender en el desarrollo, en la implementación y en el mantenimiento del Manual de Seguridad de la Información, incluyendo políticas, normas y procedimientos.

2.- Supervisar que los sistemas de información implementen las definiciones de controles por oposición entre las distintas áreas y funciones del Organismo con el objetivo final de proveer claridad y transparencia en la actuación de sus miembros.

3.- Supervisar el cumplimiento de estándares técnicos de seguridad que definen las configuraciones básicas que deben ser implantadas en cada una de las plataformas, a los efectos de proteger la información administrada por la misma.

4.- Asistir al Director de Informática en la elaboración de Programa de Concientización a usuarios en temas referentes a seguridad de la información con el objetivo de difundir los conceptos que impulsen a los usuarios a adoptar mejores prácticas en lo concerniente al tratamiento de la información.

5.- Coordinar con los responsables de las áreas con competencia específica del Organismo los procedimientos relacionados con la seguridad lógica de acceso a los distintos componentes del ambiente informático del Organismo, identificando desviaciones o proponiendo nuevos controles, mejoras y medidas de mitigación, a los efectos de aumentar su grado de confiabilidad y cumplir con los requerimientos normativos.

6.- Auditar periódicamente los sistemas implementados y/o paquetes incorporados, a fin de evaluar su vigencia y el correcto funcionamiento de los mismos.

7.- Efectuar los correspondientes resguardos de archivo, dando solución a posibles pérdidas de información, así como también el ordenamiento y depuración de las bases de datos.

8.- Coordinar lo vinculado con la digitalización de información.

DIRECCION DE INFORMATICA

COORDINACION DE SERVICIOS Y COMUNICACIONES

ACCIONES:

1.- Intervenir en la instalación, mantenimiento y operación de las redes de telecomunicaciones de voz, datos e imágenes, incluyendo enlaces, redes locales y remotas y telefonía, así como el hardware y software que en ella estuvieran involucrados.

2.- Monitorear permanentemente el correcto funcionamiento de la totalidad de los computadores instalados en el Centro de Cómputos, los servicios por ellos suministrados, los sistemas de soporte y la operación del software de base, aplicativos interactivos y procesos batch, asegurando su disponibilidad.

3.- Entender en el respaldo y guarda de la información almacenada en los servidores del Centro de Cómputos en los plazos y a través de los procedimientos aprobados.

4.- Ejecutar el soporte técnico y funcional a los usuarios, de acuerdo a sus áreas de especialidad y tipo de problema.

5.- Entender en la instalación, configuración y actualización del hardware, el software de base de las estaciones de trabajo, incluidos los utilitarios de oficina y el software generado por el área de desarrollo del Organismo, según políticas y procedimientos definidos. Incluye la investigación y solución de los eventuales problemas que pudiera presentar el funcionamiento de este software de base.

6.- Intervenir en la administración de los ambientes tecnológicos y asegurar la correcta administración de los componentes de configuración de los recursos informáticos.

7.- Entender en la definición e implementación de los perfiles de acceso a los servicios informáticos de cada rol de la organización basándose en los estándares de seguridad y control interno definidos.

8.- Intervenir en la disponibilidad e integridad del servicio de Bases de Datos, incluyendo: diseño, análisis de performance, optimización, monitoreo, respaldo, reorganización y documentación.

9.- Intervenir en la administración del inventario de Hardware y Software del Organismo.

10.- Coordinar el desarrollo y mantenimiento de la infraestructura y el soporte técnico del parque informático emplazado en el Organismo, y los requerimientos de comunicaciones.

11.- Propiciar programas de actualización permanente de los recursos de tecnología informática y su aplicación al proceso informático, a fin de mejorar la calidad de los procesos.

12.- Intervenir en el estudio y en las propuestas de implementación de nuevas tecnologías de equipamiento y software en los distintos programas de trabajo para el ingreso, consistencia, procesamiento y explotación de los datos, y coordinar la actualización permanente de los mismos para la optimización del uso de los recursos informáticos.

13.- Ejecutar las acciones destinadas a asegurar el correcto funcionamiento del equipamiento informático.

14.- Asistir en la definición y/o adaptación de metodologías y normas de desarrollo de sistemas y su documentación, así como en la selección de la plataforma informática y el ambiente de desarrollo y ejecución de los sistemas.

15.- Intervenir en la definición de la plataforma de comunicaciones.

16.- Asistir a los usuarios en temas de su especialidad.

17.- Coordinar el desarrollo de planes y procedimientos para la puesta en funcionamiento de los sistemas.

DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS

COORDINACION DE ASUNTOS CONTENCIOSOS

ACCIONES:

1.- Intervenir en la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL en las causas que sea parte el Organismo.

2.- Asistir a la Dirección de Asuntos Jurídicos supervisando y coordinando la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL en las causas en que el Organismo sea parte ante autoridades oficiales, ya sean Nacionales, Provinciales o Municipales, coordinando las tareas de los letrados que asuman su defensa.

3.- Asistir a la Dirección de Asuntos Jurídicos en la concurrencia a audiencias judiciales, prejudiciales o administrativas en que sea parte el Organismo.

4.- Intervenir con las Agencias en el interior del país en las causas judiciales en que sea parte el Organismo.

5.- Entender en el trámite y diligenciamiento de los oficios judiciales y administrativos del Organismo que se relacionen con juicios a cargo de la Dirección de Asuntos Jurídicos.

6.- Entender en el trámite de las causas en que el Organismo sea parte, efectuando el seguimiento de las mismas mediante informes periódicos.

7.- Intervenir conjuntamente con la Dirección de Asuntos Jurídicos en la representación del ESTADO NACIONAL, en todas aquellas causas del Organismo, ya sea por sí o a través de la contratación de terceros debidamente autorizados.

COORDINACION DE DICTAMENES

ACCIONES:

1.- Intervenir respecto de los dictámenes técnico-legales de los proyectos de actos administrativos de carácter general que se propicien o se sometan a consideración del Organismo.

2.- Dictaminar en los casos sometidos a su consideración, respecto de aquellas actuaciones en las que tramiten actos o decisiones de carácter particular.

3.- Intervenir y entender en el trámite de recursos, reclamos y denuncias sometidos a su consideración.

4.- Colaborar con la Coordinación de Asuntos Contenciosos en la promoción y contestación de demandas, ofrecimientos de prueba, apelaciones y demás temas que por su especialidad le sean requeridos.

5.- Dictaminar en los casos sometidos a su consideración respecto de aquellas actuaciones en que tramiten actos de carácter particular relativos a cuestiones de contrataciones y de carácter laboral derivadas del empleo público del ESTADO NACIONAL.

6.- Propiciar el perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias en vigor.

7.- Reemplazar al Director de Asuntos Jurídicos en caso de ausencia, licencia o impedimento.

8.- Tomar intervención en lo vinculado con los sumarios administrativos disciplinarios.

9.- Entender, en lo vinculado con su competencia, en la sustanciación de las actuaciones sumarias por infracciones a las normas que regulan el accionar sustantivo del Organismo.

COORDINACION DE ASESORAMIENTO LEGAL

ACCIONES:

1.- Asistir a la Dirección de Asuntos Jurídicos en el asesoramiento de las autoridades del Organismo.

2.- Intervenir conjuntamente con la Coordinación de Dictámenes respecto de los aspectos legales vinculados al personal del Organismo, las designaciones que se propicien en tal sentido en el marco del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y los proyectos de actos administrativos cuyo refrendo deba efectuar el Presidente del Organismo.

3.- Asistir a la Dirección de Asuntos Jurídicos en los casos sometidos a su consideración, respecto de aquellas actuaciones en las que tramiten actos o decisiones de carácter particular.

4.- Intervenir con la Coordinación de Asuntos Contenciosos en la promoción y contestación de demandas, ofrecimientos de prueba, apelaciones y demás trámites que por su especialidad le sean requeridos.

5.- Llevar un registro actualizado de la jurisprudencia recaída en las causas judiciales a cargo de la Dirección de Asuntos Jurídicos.

6.- Intervenir en la tramitación de anteproyectos de actos de alcance general en el ámbito del Organismo, y colaborar con los aspectos de técnica legislativa en lo proyectado por otras jurisdicciones.

7.- Analizar la legislación vinculada con el accionar del Organismo y prestar asesoramiento en los actos administrativos, convenios y demás instrumentos que se propicien en esta jurisdicción.

DIRECCION DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS

COORDINACION DE DESPACHO

ACCIONES:

1.- Efectuar la registración, tramitación, protocolización y distribución de Proyectos del Señor Presidente y Vicepresidente del Organismo y Disposiciones de los Directores Nacionales y Directores del Organismo.

2.- Entender en el control de los mencionados proyectos, desde el punto de vista formal, y formular las observaciones pertinentes que pudieren corresponder, atendiendo el registro y custodia de los originados en este Organismo.

3.- Llevar el registro, expedir copia autenticada de todos los actos administrativos dictados en el ámbito del organismo y custodiarlos archivando su original.

4.- Llevar el registro de las actas, acuerdos, cartas de intención, protocolos y convenios firmados por el Señor Presidente del Organismo,

5.- Gestionar la publicación de normas y avisos oficiales en el Boletín Oficial y verificar su cumplimiento.

6.- Colaborar en el cotejo y certificación de las firmas de funcionarios del Organismo, manteniendo actualizado el correspondiente Registro de Firmas.

7.- Notificar, cuando corresponda, las Resoluciones, Disposiciones y Dictámenes originados en el organismo, dentro de los plazos vigentes.

COORDINACION DE MESA DE ENTRADAS, INFORMACION Y ORIENTACION AL PUBLICO

ACCIONES:

1.- Asistir en la recepción, clasificación, registro, seguimiento y archivo de la documentación y correspondencia dirigida al Organismo, supervisando el cumplimiento de las normas administrativas vigentes.

2.- Analizar, derivar y asegurar la recepción en las áreas con responsabilidad primaria de los expedientes y correspondencia de acuerdo a las pautas vigentes e instrucciones recibidas.

3.- Mantener en reserva y/o archivo la documentación y sus antecedentes.

4.- Fiscalizar el trámite y realizar el seguimiento de los asuntos cuya vigilancia le fueran encomendados.

5.- Otorgar vista de los expedientes a las partes interesadas, sus representantes legales y apoderados correspondientes.

6.- Efectuar al despacho de correspondencia, telegramas y notificaciones que gire el Organismo.

7.- Ejercer la administración y control del archivo de expedientes del Organismo.

8.- Entender en la orientación al público, en forma personal o telefónica, acerca de los distintos trámites que se efectúan en el Organismo, así como informar acerca de la localización, teléfonos y titulares de sus dependencias.

9.- Cooperar con la Dirección de Despacho y Mesa de Entradas en la recepción electrónica de solicitudes de información para su correcta derivación.

10.- Proponer la difusión de los requisitos y documentación que deben presentarse para iniciar los distintos trámites que sean competencia del Organismo.

11.- Asistir en la tramitación y posterior respuesta sobre los pedidos de informes que cualquiera de las Cámaras requieran al Poder Ejecutivo y tengan como destinatario final al Organismo, así como también los que realice el Jefe de Gabinete de Ministros en el marco del Artículo 101 de la CONSTITUCION NACIONAL.

12.- Asistir a la Dirección de Despacho y mesa de entradas en la labor con la Unidad de Enlace con la SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA, en el marco de lo establecido por el Decreto Nº 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003.

AUDITORIA INTERNA

SUPERVISION DE AUDITORIA ECONOMICA FINANCIERA

ACCIONES:

1.- Intervenir con el Auditor Interno en la formulación de la planificación anual de auditoría interna, en el ámbito de su competencia específica.

2.- Asistir al Auditor Interno en el control de la ejecución del Plan Anual de Auditoría, detectando y explicando eventuales desviaciones en proyectos referidos a su área de competencia, a fin de formular los ajustes correctivos.

3.- Elaborar los programas de trabajo específicos, conforme a las normas de auditoría interna gubernamental, para el desarrollo de los proyectos de los proyectos previstos en el Plan Anual de Auditoria referidos a temas de su incumbencia.

4.- Evaluar el cumplimiento de las normas contables y financieras vigentes, así como también los indicadores tendientes al análisis de la ejecución de los programas presupuestarios, en el ámbito de su competencia.

5.- Supervisar el cumplimiento de los principios contables y niveles presupuestarios, de acuerdo a la normativa legal vigente, así como también las actividades de control de ingresos y egresos en el ámbito del Organismo.

6.- Coordinar las tareas del equipo de auditoría actuante y supervisar el adecuado cumplimiento de los programas de trabajo específicos y/o requerimientos no contemplados en la planificación.

7.- Revisar y conformar los papeles de trabajo elaborados por el equipo de auditoría como evidencia de la labor realizada.

8.- Elaborar los proyectos de informes sobre las auditorías realizadas en el área de su competencia.

9.- Participar en la creación y diseño de programas de revisión y control de operaciones para la consecución de la óptima productividad.

10.- Evaluar el ambiente de control en que se desarrollan los sistemas de información y la conveniencia del equipamiento informático en relación con la estructura y objetivos del Organismo.

11.- Advertir al Auditor Interno sobre situaciones que comprometan el buen uso y correcto mantenimiento de los bienes propiedad del Organismo.

12.- Asistir al Auditor Interno en la evaluación del cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior.

13-. Intervenir a requerimiento del en la elaboración y determinación de los procedimientos administrativos.

14.- Producir los informes periódicos internos relacionados a las auditorías bajo su supervisión.

SUPERVISION DE AUDITORIA LEGAL

ACCIONES:

1.- Intervenir con el Auditor Interno en la formulación de la planificación anual de auditoría interna, en el ámbito de su competencia específica.

2.- Asistir al Auditor Interno en el control de la ejecución del Plan Anual de Auditoría, detectando y explicando eventuales desviaciones en proyectos referidos a su área de competencia, a fin de formular los ajustes correctivos.

3.- Elaborar los programas de trabajo específicos, conforme a las normas de auditoría interna gubernamental, para el desarrollo de los proyectos previstos en el Plan Anual de Auditoria del Organismo para las auditorías de control de legalidad.

4.- Coordinar las tareas de los campos de los equipos de auditoría actuantes y supervisar el adecuado cumplimiento de los programas de trabajo específicos y/o requerimientos contemplados en la planificación y los efectuados a requerimiento de la Auditoría Interna.

5.- Revisar y conformar los papeles de trabajo elaborados por el equipo de auditoría como evidencia de la labor realizada.

6.- Elaborar los proyectos de informes sobre las auditorías realizadas en el área de su competencia.

7.- Asistir al Auditor Interno y a las restantes áreas de la Unidad de Auditoría Interna en materia legal y asistirlo en la elaboración y emisión de dictámenes en relación con los actos administrativos vinculados a la materia objeto de auditoría.

8.- Analizar el entorno legal del marco normativo que amparan y rigen los distintos proyectos de Auditoría.

9.- Analizar actos y hechos jurídicos encomendados por el Auditor Interno, como así también compilar el archivo jurídico de la Unidad de Auditoría Interna.

10.- Informar al Auditor Interno sobre situaciones que comprometan jurídicamente al patrimonio del Organismo.

11.- Intervenir a requerimiento del Auditor Interno en la evaluación y cumplimiento de las normas y procedimientos aplicables al Organismo.

12.- Asistir al Auditor Interno en la elaboración y determinación de los procedimientos administrativos para el control de legalidad.

13.- Producir los informes periódicos internos relacionados a las auditorías bajo su supervisión.

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-5858-2010-ONCCA Modifica Nueva Coordinación de Proyectos y Soluciones. Informática