Resolución Nº 5082-2010
Bs.
As., 10/11/2010
VISTO
el Expediente Nº S01:0316641/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA, la Decisión Administrativa Nº 569 de fecha 18 de
agosto de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que
mediante la
Decisión Administrativa Nº 569 de fecha 18 de agosto de 2010,
se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en jurisdicción
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que
resulta necesario adoptar las medidas tendientes a perfeccionar el accionar de
las distintas áreas que conforman a la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.
Que
en consecuencia, corresponde establecer las aperturas inferiores de las
dependencias mencionadas en la norma citada precedentemente.
Que
la SECRETARIA DE
LA GESTION PUBLICA
de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que
la Dirección
de Asuntos Jurídicos de la
OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha tomado
la intervención que le compete.
Que
la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el
Artículo 17 del Decreto Nº 1545/94, complementado por la Resolución Nº 422/94
de la ex SECRETARIA DE LA
FUNCION PUBLICA entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION y de los Artículos
1º y 2º de la mencionada Decisión Administrativa Nº 569/10.
Por
ello,
EL
PRESIDENTE DE LA
OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
RESUELVE:
ARTICULO
1º — Apruébanse las aperturas inferiores de la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en jurisdicción
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de conformidad con el
Organigrama y Acciones, que como Anexos I y II, forman parte integrante de la
presente Resolución.
ARTICULO
2º — Apruébense en el ámbito de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL
AGROPECUARIO, organismo descentralizado en jurisdicción del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, las Coordinaciones que se detallan, de acuerdo
al Listado y Acciones que como Anexos III y IV, forman parte integrante de la
presente medida.
ARTICULO
3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Cdor. JUAN MANUEL
CAMPILLO, Presidente, Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario.
ANEXO
I
ANEXO
II
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
OFICINA
NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
DIRECCION
GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA
DIRECCION
DE ADMINISTRACION FINANCIERA
ACCIONES:
1.-
Intervenir en las registraciones contables y
presupuestarias, la preparación de balances, estado de ejecución, rendiciones
de cuentas, pago de haberes y gastos, como también el manejo y custodia de
fondos y valores.
2.-
Coordinar con la Dirección
de Compras y Contrataciones lo relacionado con el almacenamiento y distribución
de suministros.
3.-
Fiscalizar los cobros y pagos, previo cumplimiento de normas reglamentarias.
4.-
Supervisar todo lo relativo a la liquidación de facturas de proveedores,
indemnizaciones, gastos de personal y otras erogaciones y transferencias.
5.-
Asesorar y asistir técnicamente a los distintos estamentos del Organismo, en lo
que es materia de su competencia.
6.-
Fiscalizar las acciones relativas al registro y control de los bienes
patrimoniales del Organismo.
7.-
Asesorar y supervisar en la determinación y retención de impuestos y leyes previsionales.
8.-
Preparar la Cuenta
de Inversión de acuerdo a la CONSTITUCION NACIONAL.
9.-
Intervenir en la elaboración del anteproyecto anual de presupuesto del
Organismo.
10.-
Evaluar y coordinar la registración centralizada de
la información remitida por las áreas responsables la programación y ejecución
financiera.
11.-
Coordinar con el ministerio jurisdiccional y ante la Oficina Nacional
de Presupuesto la información específica sobre programación y ejecución física
y financiera del presupuesto.
12.-
Evaluar, coordinar y registrar las afectaciones presupuestarias en la referida
etapa del gasto y la tramitación de las modificaciones presupuestarias
propuestas por las distintas Direcciones del Organismo.
13.-
Intervenir en todo lo concerniente a los aspectos presupuestarios relativos al
Sistema Integrado de Información Financiera (SIDIF) y al Sistema Integrado para
la Gestión de
Recursos de la
Administración (SIGRAC), así como también en la
interpretación y aplicación de las normas técnicas para la formulación,
programación, modificación y evaluación del presupuesto del Organismo.
DIRECCION
DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION
ACCIONES:
1.-
Intervenir en la aplicación de herramientas del sistema de administración de
recursos humanos, de los controles y registros para la liquidación de haberes
del personal.
2.-
Propiciar medidas tendientes a optimizar los recursos humanos del organismo
mediante el estudio de propuestas de modificación de los regímenes vigentes.
3.-
Asegurar la adecuada aplicación de la legislación en materia de recursos
humanos.
4.-
Proponer objetivos y programas de Higiene y Seguridad en el trabajo a cumplirse
en las distintas áreas del organismo, de conformidad con lo dispuesto por la
legislación vigente.
5.-
Mantener actualizado el análisis del esquema general de incentivos y proponer
las medidas pertinentes.
6.-
Intervenir con los representantes gremiales en las negociaciones de acuerdos o
convenios que el Señor Presidente del organismo le delegue.
7.-
Coordinar la evaluación del personal conforme la aplicación de la normativa
vigente.
8.-
Intervenir en la gestión de las actividades inherentes al desarrollo de la
carrera administrativa: selección, integración, evaluación de desempeño,
promoción y capacitación del personal del organismo.
9.-
Monitorear el estado de avance del personal en el régimen de carrera y proponer
las políticas y medidas pertinentes.
10.-
Intervenir en la planificación, diseño del dispositivo y selección de
aspirantes en los procesos de convocatoria de nuevo personal, administrando la
base de datos de currículum de postulantes.
11.-
Intervenir en procesos de selección interna y externa de personal contratado
por el organismo como así también del personal contratado por las casas de
altos estudios que prestan asistencia técnica.
12.-
Coordinar con la
Dirección General los programas de comunicaciones internas al
personal.
13.-
Asistir a la
Dirección General en la elaboración de informes requeridos
por los Organismos de control.
14.-
Organizar con los organismos intervinientes en la
tramitación de comisiones y adscripciones dentro y fuera del ámbito del
organismo y en los traslados correspondientes según el régimen de competencias
vigente en la materia.
15.-
Intervenir en las tareas relativas a la aplicación del Régimen de
Incompatibilidades.
16.-
Asistir a la Dirección
de mesa de entradas y despacho en los trámites relativos a asignación de
tareas, altas y bajas del personal.
17.-
Intervenir en la emisión, otorgamiento y control de las credenciales y demás
constancias probatorias de la identidad y condición de los funcionarios.
DIRECCION
DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
ACCIONES:
1.-
Coordinar las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se efectúe por el
régimen de contrataciones del ESTADO NACIONAL o por la Ley de Obras Públicas Nº
17.250, así como también la elaboración, modificación y rescisión de los
contratos de cualquier naturaleza celebrados o a celebrarse.
2.-
Centralizar los requerimientos y formular el plan anual de necesidades tanto de
elementos como de contratos de servicios o de obras públicas destinadas a
cubrir las exigencias de las distintas áreas a las que se presta servicio.
3.-
Elaborar la documentación relativa a los concursos o actos licitatorios que sea
menester para las adquisiciones o ventas en general, contratos de locación de
obra, servicios y de obras públicas, así como también, los gastos de éstos, hasta
su culminación.
4.-
Mantener actualizados los registros correspondientes al área de su competencia.
5.-
Asistir en sus tareas a las comisiones de preadjudicación y recepción de
ofertas, asesorando en la materia.
6.-
Proyectar la resolución definitiva, en los recursos jerárquicos que interpongan
las firmas proveedoras.
7.-
Dirigir las acciones necesarias para asegurar la operatividad de los edificios
e instalaciones del Organismo, así como planificar y dirigir los programas de
mantenimiento preventivo, cambio o reparaciones y conducción del personal de
servicio.
8.-
Supervisar la ejecución de obras, tareas y servicios ejecutados por los equipos
de trabajo constituidos "ad hoc", que
operen en los edificios e instalaciones del Organismo.
9.-
Efectuar el control y seguimiento de la prestación de servicios contratados a
terceros en el ámbito de su competencia.
10.-
Coordinar en la coordinación de las actividades de vigilancia y mantenimiento
del edificio y sus bienes.
11.-
Efectuar las acciones necesarias para asegurar la coordinación, coherencia de
los programas de optimización, tanto de las comunicaciones como de
infraestructura edilicia, su remodelación y utilización. Intervenir en la
definición de los lineamientos para la ejecución del programa de racionalización
de espacios físicos.
12.-
Supervisar el control de ingreso-egreso de personas, paquetes o efectos a los
edificios del Organismo asignados.
DIRECCION
NACIONAL DE AGENCIAS
DIRECCION
OPERATIVA DE AGENCIAS
ACCIONES:
1.-
Intervenir en el desarrollo de los objetivos y políticas dispuestas por la Superioridad, sus
trámites administrativos, operativos y de control para el universo de
operadores de su jurisdicción, velando por el cumplimiento de la normativa
vigente.
2.-
Supervisar las tareas de la documentación presentada ante la Agencia.
3.-
Ejecutar los acuerdos y convenios de trabajo interinstitucional con otros
organismos públicos, nacionales, provinciales y municipales que se desarrollen
en las agencias del Organismo.
4.-
Asistir en Representación del Organismo, en las actividades provinciales y
municipales que se le encomienden para la prosecución de las tareas de
competencia del Organismo, en acuerdo con la Dirección Nacional
y el Departamento de Relaciones Institucionales y Comunicación.
5.-
Asistir a las Direcciones Nacionales de Registro y Matriculas y de
Fiscalización en las tareas propias de su competencia vinculadas a las
necesidades del organismo y de los operadores que le son propias según su
jurisdicción.
6.-
Elaborar informes a la
Dirección Nacional de Agencias, con la periodicidad que esta
última establezca, de todas las tareas que resultan de su competencia.
7.-
Propiciar la capacitación del personal y solicitar la disposición de los medios
para satisfacer ese fin.
8.-
Asegurar el cumplimiento de la reglamentación vigente relativa a licencias,
situaciones especiales de revista, asignaciones familiares e
incompatibilidades.
9.-
Administrar la información de asistencia y toda otra requerida para la
liquidación de haberes y viáticos y movilidad.
10.-
Efectuar la rendición de cuentas de todos los gastos y ejecuciones
presupuestarias que se ejecuten en las agencias asegurando el cumplimiento de
sus funciones administrativas, operativas y funcionales, en acuerdo con la Dirección General
Técnico Administrativa, previa intervención de la Dirección Nacional
de Agencias.
11.-
Intervenir en la asignación y aplicación de los sistemas de computación de
datos, así como también las tareas relativas al mantenimiento y servicio
generales de la Agencia.
12.-
Supervisar la provisión del equipamiento, recursos humanos, insumos materiales
y servicios necesarios para el correcto ejercicio de las funciones
desarrolladas en la Agencia.
DIRECCION
NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL, REGISTRO Y MATRICULAS
DIRECCION
DE CONTROL TECNICO-REGISTRAL
ACCIONES:
1.-
Intervenir en el desarrollo de las tareas de verificación del cumplimiento de
la normativa aplicable a los operadores de la cadena comercial agropecuaria y alimentaria, y la industrialización de la misma,
habilitándolos para operar comercialmente.
2.-
Verificar los aspectos formales de los contratos de compraventa internacional
de mercaderías para las operaciones de exportación, que de acuerdo con la
normativa legal vigente, les competa a fin de proceder a su autorización o
rechazo.
3.-
Controlar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la legislación
vigente, en cada solicitud de inscripción y actualización presentada por los
operadores.
4.-
Confeccionar legajos por las actividades a desarrollar por los operadores en
los mercados correspondientes, acumulando todos los antecedentes relacionados a
su pedido de inscripción.
5.-
Intervenir en la evaluación de la documentación presentada por los solicitantes
de las matrículas para operar en los mercados correspondientes.
6.-
Realizar cruces de información con otros organismos de la Administración Pública
Nacional, Provincial y o Municipal a los efectos de determinar la consistencia
de los datos declarados en la documentación presentada por el operador que solicitó
su inscripción.
7.-
Requerir a los solicitantes y operadores el suministro de información relativa
a su operatoria, necesaria para otorgar y/o mantener su inscripción, según
corresponda, de acuerdo con la normativa vigente.
8.-
Intervenir en la gestión para el otorgamiento, denegatoria o suspensión, por
parte del Organismo de las matrículas correspondientes a las actividades que
realicen los operadores.
9.-
Propiciar ante la superioridad la aplicación de sanciones a los operadores que
no cumplan la normativa vigente.
10.-
Cooperar en la provisión de información no confidencial de los Operadores
inscriptos, a otras reparticiones que lo requieran, guardando la debida
confidencialidad sobre aquella información que así lo amerite.
11.-
Coordinar con otras áreas del Organismo, informando sobre el estado de
situación de las operaciones en relación a sus registraciones
con el objeto de cumplir los fines específicos del área que solicita tal
información.
DIRECCION
NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL, REGISTRO Y MATRICULAS
DIRECCION
DE CONTROL DE GESTION COMERCIAL
ACCIONES:
1.-
Coordinar e Impulsar acciones dirigidas a lograr la autenticidad y
representatividad de los datos informados por los operadores y el cumplimiento
de todos los requerimientos que permitan un real conocimiento de los sectores
que actúan en la órbita del Organismo.
2.-
Establecer y aplicar los procedimientos de validación y consistencia de la
información remitida por los sujetos obligados.
3.-
Intervenir en la verificación administrativa de la operatoria comercial de los
sujetos obligados.
4.-
Analizar la información recibida y gestionar las tareas a fin de facilitar los
cruzamientos internos necesarios en cada caso, detectando los posibles desvíos
en las declaraciones.
6.-
Efectuar el análisis estratégico de la información de gestión relativa al
control comercial agropecuario y agroalimentario y del estudio de las cadenas
involucradas.
7.-
Intervenir en la metodología de definición, evaluación y cuantificación de
riesgo y en todos los aspectos relacionados a las cadenas comerciales
agropecuarias y agroalimentarias materia de su competencia, a fin de impulsar
la utilización de mecanismos y sistemas de control y seguimiento basados en
tecnologías modernas de control.
8.-
Analizar e interpretar la información estadística, a fin de evaluar el
funcionamiento de las cadenas comerciales.
9.-
Elaborar informes de gestión del Organismo y de la operatoria comercial,
elevándolos a la superioridad cuando así lo solicite.
10.-
Intervenir en la gestión de cruce de información con otros organismos y
dependencias públicas y privadas.
11.-
Intervenir de oficio y/o a requerimiento de la Dirección de
Fiscalización produciendo los informes técnicos correspondientes.
12.-
Intervenir a requerimiento de la Dirección Nacional de Control Comercial, Registro
y Matrícula en la clasificación y tipificación del ganado y de la carne
destinado al consumo y a la exportación, así como de todos los productos y
subproductos de la ganadería.
13.-
Efectuar el estudio de información agropecuaria y agroalimentaria del mercado
interno y externo, manteniendo actualizado al organismo a fin de un mejor
proveer en las tareas específicas del mismo.
DIRECCION
NACIONAL DE PLANIFICACION Y GESTION OPERATIVA
DIRECCION
DE PLANIFICACION
ACCIONES:
1.-
Planificar las acciones y políticas de fomento y de mejora continua en las
actividades de control del sector agropecuario en el ámbito de competencia del
Organismo, coordinando con el ministerio jurisdiccional los cronogramas de
ejecución de las mismas y su cuantificación.
2.-
Intervenir en las modificaciones de la estructura organizativa respetando la
interrelación con los organismos intervinientes en la
cadena agropecuaria alimentaria con el objeto de
posibilitar las mejoras sustantivas del sistema regulatorio
y de control del Organismo.
3.-
Proponer las medidas o mecanismos que mejoren la eficiencia y eficacia del
Organismo que permitan una administración ágil de los procedimientos y recursos
económicos y organizativos, en beneficio de todos los operadores de las
distintas cadenas agropecuarias.
4.-
Evaluar mediante un seguimiento continuo en el desarrollo de los planes y
programas de las distintas direcciones con competencia específica en las áreas
de control y de ejecución de políticas de fomento del Organismo.
5.-
Asistir a la
Dirección Nacional de Planificación y Gestión Operativa del
Organismo en la confección y administración de programas de asistencia con
organismos regionales e internacionales que realizan tareas de control
comercial agropecuario, como también en la elaboración y gestión de programas
con financiamiento externo, en coordinación con cada área con competencia
específica actuando de contraparte en la planificación y desarrollo técnico
administrativo de dichas tareas.
6.-
Intervenir en el planeamiento institucional de los planes anuales y
plurianuales de capacitación juntamente con la Dirección de Recursos
Humanos y Organización.
DIRECCION
NACIONAL DE PLANIFICACION Y GESTION OPERATIVA
DIRECCION
DE EJECUCION DE OPERACIONES DE POLITICAS DE FOMENTO
ACCIONES:
1.-
Analizar la normativa vigente referente a las políticas de fomento del sector
agropecuario en el ámbito de competencia del Organismo, elevando informes a la Superioridad.
2.-
Proponer las modificaciones a la legislación actual relativas a las políticas
de fomento del sector agropecuario con el objeto de posibilitar el mejoramiento
del sistema de regulación.
3.-
Proponer las medidas o mecanismos que apunten a permitir igual competencia por
parte de los operadores en las distintas cadenas agropecuarias.
4.-
Implementar las políticas de fomento al sector agropecuario delegadas al
Organismo.
5.-
Administrar el sistema de fomento al sector agropecuario con el objeto de
sostener los precios de los mismos en el mercado interno.
6.-
Supervisar la adecuada aplicación de los sistemas de control interno que
aseguren la razonabilidad en el cálculo y liquidación
de las compensaciones a los beneficiarios del sector agropecuario de acuerdo a
la normativa vigente.
7.-
Ejecutar las políticas de fomento delegadas al Organismo.
8.-
Verificar el cumplimiento en sede administrativa de las compensaciones del
sector agropecuario de acuerdo a las normas vigentes.
DIRECCION
DE CONTROL DE OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR
ACCIONES:
1.-
Coordinar con el Director Nacional la administración y seguimiento de las
operaciones de compraventa al exterior.
2.-
Asignar y administrar las operaciones comerciales y los remanentes exportables
de carnes, granos y sus derivados y lácteos y/o de cualquier otra cadena
agroalimentaria que en el futuro se incorpore como competencia del Organismo.
3.-
Asistir al Director Nacional en los aspectos relacionados con la gestión de
cupos comerciales, remanentes exportables y autorizaciones de importación y
exportación de carnes, granos y sus derivados y lácteos, como en aquellos
relacionados a la gestión toda otra cadena agroalimentaria que en el futuro se
determine de competencia del Organismo.
4.-
Intervenir en la asignación y distribución de la Cuota Hilton
y de toda otra categoría de carne que en el futuro se le asigne a la República Argentina
por parte de la UNION
EUROPEA, en el marco de la Cuota Hilton
o que respondan a los biotipos exigidos por aquélla, y emitir los certificados
correspondientes.
5-
Intervenir en la asignación y distribución de los cupos de la Cuota Ovina, de la Cuota Entraña fina y
de la cuota ACE 59 y de toda otra categoría de carne que en el futuro se le
asigne a la
República Argentina, que se incorpore como competencia del
Organismo, emitiendo los certificados correspondientes.
6.-
Proponer los criterios de distribución y requisitos que deberán satisfacer los
interesados para acceder a los cupos tarifarios de la Cuota Hilton.
7.-
Realizar los informes técnicos correspondientes a los cupos tarifarios
de la Cuota Hilton y demás cuotas a fin de evaluar la
necesidad de realizar cambios en los parámetros de distribución.
8.-
Asistir a la
Dirección Nacional de Planificación y Gestión Operativa a fin
de coordinar la gestión comunicacional con el
Departamento de Relaciones Institucionales y Comunicacionales
en la preparación de informes para elevar al Ministerio de Agricultura,
Ganadería y Pesca, a la
Comisión de las Comunidades Europeas y a la Agregaduría Agrícola
de Argentina con sede en Bruselas, en torno de la ejecución de la Cuota Hilton
y de todo dato referido a la instancia de la Jurisdicción
referenciada.
9.-
Organizar y mantener un registro actualizado de los movimientos comerciales al
exterior, en lo que es de índole de su competencia, informados por cada
inscripto activo.
10.-
Entender en la gestión de las autorizaciones y/o controles informáticos que se
llevan a cabo con otros organismos, en razón de la competencia de su área.
11.-
Verificar el registro y efectuar el control de los contratos de compraventa
internacionales que lleva el Organismo conforme a la normativa vigente en la
materia.
DIRECCION
NACIONAL DE FISCALIZACION
DIRECCION
DE FISCALIZACION
ACCIONES:
1.-
Intervenir en las fiscalizaciones dispuestas en los planes de inspecciones
programadas, a fin de verificar el cumplimiento de la normativa vigente.
2.-
Intervenir en las inspecciones no programadas que sean requeridas por el
Director Nacional.
3.-
Asistir en la conformación de equipos de trabajo, constituidos con otras reparticiones
del Estado, para la realización de actividades conjuntas que contribuyan al
fortalecimiento de la fiscalización del sector.
4.-
Efectuar, coordinando con cada uno de los organismos de fiscalización, la
transferencia, evaluación y flujo de la información que cada uno administra.
5.-
Ejecutar inspecciones, operativos y auditorías de
carácter técnico y/o administrativo a fin de verificar el cumplimiento de la
normativa vigente.
6.-
Proponer el reglamento de actuación del cuerpo de inspectores, y velar por su
cumplimiento.
7.-
Diseñar y proponer el plan operativo a cumplir por el cuerpo de inspectores, y
asegurar su correcta ejecución.
8.-
Mantener un registro actualizado de todas las actuaciones iniciadas conforme a
las inspecciones realizadas, en coordinación con otras áreas del Organismo
competentes en la materia.
9.-
Generar informes y realizar el cruce de información proveniente de las
distintas áreas del Organismo, solicitudes u oficios de otros organismos
estatales, juzgados o denuncias presentadas.
10.-
Intervenir en la admisión y calificación de ganado en el ámbito de competencia
del Organismo.
11.-
Propiciar la elaboración de proyectos y estudios de investigación en el ámbito
de su competencia.
DIRECCION
DE PROCEDIMIENTOS Y EJECUCIONES
ACCIONES:
1.-
Supervisar el procedimiento de confección de actuaciones, de conformidad con la
legislación vigente, en materia de incumplimiento a la normativa vigente, en
sede administrativa para su infraccionamiento.
3.-
Intervenir en la elaboración de dictámenes en coordinación con las distintas
áreas especializadas del Organismo.
4.-
Proponer modificaciones a la normativa vigente en relación a los procesos de
control desarrollados en el área de su competencia.
5.-
Realizar las diligencias presumariales y sumariales
necesarias para el juzgamiento en sede administrativa de infracciones a las
normas vigentes, coordinando su accionar con las áreas competentes del
Organismo.
6.-
Intervenir en la sustanciación y diligenciamiento de medidas cautelares, la
interdicción, y/o el decomiso y liberación de mercaderías.
7.-
Proponer y supervisar la imposición de sanciones al infractor, valorando la
naturaleza de la contravención, observando los antecedentes del transgresor.
8.-
Registrar las infracciones, efectuando su actualización periódica propiciando
los mecanismos conducentes a mantener el registro en vigencia y actualizado
ANEXO
III
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
OFICINA
NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
DIRECCION
GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA
DIRECCION
DE ADMINISTRACION FINANCIERA
-
COORDINACION DE PRESUPUESTO
-
COORDINACION DE CONTABILIDAD Y FINANZAS
DIRECCION
DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION
-
COORDINACION DE ORGANIZACION Y PROCEDIMIENTOS
-
COORDINACION DE CAPACITACION Y DIRECCION DE CARRERA
DIRECCION
DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
-
COORDINACION DE CONTRATACIONES Y SERVICIOS
DIRECCION
NACIONAL DE AGENCIAS
DIRECCION
OPERATIVA DE AGENCIAS
-
AGENCIAS
AGENCIA
METROPOLITANA
AGENCIA
BUENOS AIRES I
AGENCIA
BUENOS AIRES II
AGENCIA
BUENOS AIRES III
AGENCIA
BUENOS AIRES IV
AGENCIA
CHACO
AGENCIA
CORDOBA I
AGENCIA
CORDOBA II
AGENCIA
CORRIENTES
AGENCIA
ENTRE RIOS I
AGENCIA
ENTRE RIOS II
AGENCIA
LA RIOJA
AGENCIA
MENDOZA
AGENCIA
MISIONES
AGENCIA
NEUQUEN
AGENCIA
SALTA
AGENCIA
SANTA CRUZ
AGENCIA
SANTA FE I
AGENCIA
SANTA FE II
AGENCIA
SANTA FE III
AGENCIA
SANTIAGO DEL ESTERO
DIRECCION
DE INFORMATICA
-
COORDINACION DE SEGURIDAD INFORMATICA
-
COORDINACION DE SERVICIOS Y COMUNICACIONES
DIRECCION
DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS
-
COORDINACION DE DESPACHO
-
COORDINACION DE MESA DE ENTRADAS E INFORMACION Y ORIENTACION AL PUBLICO
DIRECCION
DE ASUNTOS JURIDICOS
-
COORDINACION DE ASUNTOS CONTENCIOSOS
-
COORDINACION DE DICTAMENES
-
COORDINACION DE ASESORAMIENTO LEGAL
AUDITORIA
INTERNA
-
SUPERVISION DE AUDITORIA LEGAL
-
SUPERVISION DE AUDITORIA ECONOMICO FINANCIERA
ANEXO
IV
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
OFICINA
NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
DIRECCION
GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA
DIRECCION
DE ADMINISTRACION FINANCIERA
COORDINACION
DE PRESUPUESTO
ACCIONES:
1.-
Intervenir en la ejecución presupuestaria del organismo.
2.-
Asistir a la Unidad
Ejecutora de Programas (UEP) en la administración y ejecución
del Sistema Integrado de Información Financiera (SIDIF).
3.-
Propiciar y elaborar procesos que posibiliten el cumplimiento de los planes y
programas de la jurisdicción y la utilización de los recursos disponibles.
4.-
Intervenir en el seguimiento y análisis de la información referida a los
recursos presupuestarios y extrapresupuestarios
disponibles.
5.-
Elaborar el anteproyecto anual del presupuesto del Organismo.
6.-
Coordinar y evaluar la registración de la información
referidas a la programación y ejecución física y financiera.
7.-
Intervenir en la tramitación y modificaciones presupuestarias.
8-
Elaborar los informes concernientes a los aspectos relativos al Sistema
Integrado de Información Financiera (SIDIF).
9.-
Asistir en lo relativo a la interpretación y aplicación de las normas técnicas
para la formulación, programación, modificación y evaluación del presupuesto
del la jurisdicción.
COORDINACION
DE CONTABILIDAD Y FINANZAS
ACCIONES:
1.-
Ejecutar las acciones que permitan conocer en forma permanente la gestión del
Organismo en el sistema de información financiera.
2.-
Controlar el manejo y ejecución de los fondos y valores provenientes de
recaudación o cualquier otro ingreso, así como la custodia de los mismos y de
los títulos, valores y documentos que los representen tanto de la Administración Central
como de su propia administración.
3.-
Intervenir en las actividades relacionadas con registraciones
contables de ejecución del presupuesto.
4.-
Asistir en la elaboración de la cuenta de inversión, la fiscalización de
acciones vinculadas al registro y en el control de bienes patrimoniales de su
competencia.
5.-
Intervenir en la determinación y retención de impuestos según las leyes previsionales.
6.-
Efectuar la liquidación de facturas de proveedores, gastos de personal u otras
erogaciones y transferencias.
7.-
Asistir en la Administrar
el Sistema de Información Financiera (SIDIF).
DIRECCION
DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION
COORDINACION
DE ORGANIZACION Y PROCEDIMIENTOS
ACCIONES:
1.-
Ejecutar las medidas dispuestas por la Dirección General
Técnico Administrativa para la adecuada aplicación de la legislación en materia
de recursos humanos y liquidación de haberes.
2.-
Intervenir en el análisis de objetivos y programas de Higiene y Seguridad en el
Trabajo y de Medicina Laboral, y su implementación en las distintas áreas del
Organismo.
3.-
Supervisar el esquema general de incentivos y proponer las medidas pertinentes
para su posterior desarrollo y puesta en funcionamiento por parte de las áreas
a su cargo.
4.-
Proponer los programas de comunicación interna al personal.
5.-
Asistir en la elaboración de informes requeridos por los Organismos de control,
poniendo a disposición los recursos a su cargo.
6.-
Coordinar la tramitación de comisiones y adscripciones dentro y fuera del
ámbito del Organismo y en los traslados correspondientes.
7.-
Intervenir en las tareas relativas a la aplicación del Régimen de
Incompatibilidades, asegurando a través de las áreas a su cargo su correcto
control.
8.-
Asistir en los procesos administrativos relativos al ingreso y egreso del
personal llevados a cabo por las áreas que la componen, asegurando su correcta
realización.
9.-
Intervenir en los trámites relativos a la asignación de tareas, altas,
licencias, comisiones, adscripciones y bajas de personal.
10.-
Intervenir en la emisión, otorgamiento y control de las credenciales y demás
constancias probatorias de la identidad y condición de los funcionarios y
agentes.
COORDINACION
DE CAPACITACION Y DIRECCION DE CARRERA
ACCIONES:
1.-
Intervenir en la planificación de actividades inherentes al desarrollo de la
carrera administrativa, selección, integración, promoción y capacitación del
personal del Organismo.
2.-
Coordinar la evaluación de desempeño del personal en conjunto con las
autoridades de las áreas con competencia específica donde de desempeña dicho
personal, poniendo a disposición los recursos necesarios para su
implementación.
3.-
Supervisar el cumplimiento del régimen de carrera, haciendo cumplir las medidas
instruidas por la Dirección
de Recursos Humanos y Organización en las áreas a su cargo.
4.-
Coordinar los perfiles, búsqueda, selección interna y externa de aspirantes, en
los procesos de convocatoria de personal, manteniendo actualizada la base de
datos de postulantes y del personal del Organismo.
5.-
Proponer y coordinar las actividades de relevamiento
interno de información, encuestas de opinión y de imagen interna, recomendando
las medidas a adoptar en función de los resultados.
6.-
Propiciar el Plan de Acción de Capacitación, articulando los recursos internos
y externos para su correcta realización.
DIRECCION
DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
COORDINACION
DE CONTRATACIONES Y SERVICIOS
ACCIONES:
1.-
Intervenir en las licitaciones y contrataciones del Organismo.
2.-
Coordinar el Plan de Acción anual y plurianual de compras y contratos de
servicios y obra pública, llevando actualizado los registros de las mismas y
verificando con las áreas con competencia específica, que se ajusten a lo
establecido en las normas vigentes.
3.-
Asistir en sus tareas a las comisiones de preadjudicación y recepción de
ofertas elaborando los informes correspondientes en la materia.
4.-
Intervenir en las actuaciones administrativas, y en la elaboración de los
informes técnicos que sirvan de fundamento para la sustanciación de los
recursos jerárquicos que interpongan las firmas proveedoras de bienes y/o
servicios.
5.-
Coordinar con la Dirección
de Despacho y Mesa de Entradas el diligenciamiento de las publicaciones que
deba efectuar el Organismo en cumplimiento de las normas vigentes y el archivo
de dicha documentación y sus antecedentes.
6.-
Ejecutar las instrucciones impartidas por la Dirección General
Técnico Administrativa a fin de posibilitar la operatividad de los edificios e
instalaciones donde desarrolla su actividad el Organismo.
7.-
Intervenir en los planes de mantenimiento preventivo, reparación y/o cambio de
instalaciones edilicias, como así también en el monitoreo del personal de
servicios de vigilancia que realiza prestaciones al Organismo.
8.-
Supervisar la ejecución de obras, tareas y servicios ejecutados por los equipos
de tareas constituidos "ad hoc" que
desarrollen actividades en las instalaciones del Organismo.
DIRECCION
NACIONAL DE AGENCIAS
DIRECCION
OPERATIVA DE AGENCIAS
AGENCIA
TIPO
ACCIONES:
1.-
Ejecutar y asegurar el cumplimiento de los objetivos y políticas dispuestas por
la Superioridad,
sus trámites administrativos, operativos y de control para el universo de
operadores de su jurisdicción, velando por el cumplimiento de la normativa
vigente.
2.-
Ejecutar las tareas de recepción, análisis, procesamiento de la documentación
presentada ante la Agencia
y fiscalización instruida conforme al plan de acción emanado de las áreas con
responsabilidad primaria en la materia.
3.-
Proponer a la superioridad acuerdos y convenios de trabajo interinstitucional
con otros organismos públicos, nacionales, provinciales y municipales, todo
ello acorde a las competencias del Organismo.
4.-
Asistir en la representación del Organismo ante otros organismos nacionales,
provinciales y municipales, públicos y privados, de manera coordinada con la Dirección Nacional
de Agencias y el Departamento de Relaciones Institucionales y Comunicación.
5.-
Requerir los medios necesarios para las tareas de inicio de habilitaciones y
matrículas de los operadores que le competan según su jurisdicción.
6.-
Relevar las necesidades de capacitación del personal y solicitar a la Dirección Nacional
de Agencias la disposición de los medios para satisfacer ese fin.
7.-
Intervenir en las tareas de organización y desarrollo de los procesos de evaluación
y desempeño, en el área de su competencia.
8.-
Presupuestar las necesidades atinentes a la Agencia, para la preservación y el cumplimiento
de sus funciones administrativas, operativas y funcionales, en acuerdo con la Dirección General
Técnico Administrativa, previa intervención de la Dirección Nacional
de Agencias.
9.-
Administrar el presupuesto asignado, para el normal funcionamiento de la Agencia, de conformidad
con las disposiciones emanadas de la Dirección General
Técnico Administrativa y la normativa vigente.
10.-
Supervisar y coordinar la aplicación de los sistemas de computación de datos,
así como también las tareas relativas al mantenimiento y servicios generales de
la Agencia.
DIRECCION
DE INFORMATICA
COORDINACION
DE SEGURIDAD INFORMATICA
ACCIONES:
1.-
Entender en el desarrollo, en la implementación y en el mantenimiento del
Manual de Seguridad de la
Información, incluyendo políticas, normas y procedimientos.
2.-
Supervisar que los sistemas de información implementen las definiciones de
controles por oposición entre las distintas áreas y funciones del Organismo con
el objetivo final de proveer claridad y transparencia en la actuación de sus
miembros.
3.-
Supervisar el cumplimiento de estándares técnicos de seguridad que definen las
configuraciones básicas que deben ser implantadas en cada una de las
plataformas, a los efectos de proteger la información administrada por la
misma.
4.-
Asistir al Director de Informática en la elaboración de Programa de Concientización a usuarios en temas referentes a seguridad
de la información con el objetivo de difundir los conceptos que impulsen a los
usuarios a adoptar mejores prácticas en lo concerniente al tratamiento de la
información.
5.-
Coordinar con los responsables de las áreas con competencia específica del
Organismo los procedimientos relacionados con la seguridad lógica de acceso a
los distintos componentes del ambiente informático del Organismo, identificando
desviaciones o proponiendo nuevos controles, mejoras y medidas de mitigación, a
los efectos de aumentar su grado de confiabilidad y cumplir con los
requerimientos normativos.
6.-
Auditar periódicamente los sistemas implementados y/o paquetes incorporados, a
fin de evaluar su vigencia y el correcto funcionamiento de los mismos.
7.-
Efectuar los correspondientes resguardos de archivo, dando solución a posibles
pérdidas de información, así como también el ordenamiento y depuración de las
bases de datos.
8.-
Coordinar lo vinculado con la digitalización de información.
DIRECCION
DE INFORMATICA
COORDINACION
DE SERVICIOS Y COMUNICACIONES
ACCIONES:
1.-
Intervenir en la instalación, mantenimiento y operación de las redes de
telecomunicaciones de voz, datos e imágenes, incluyendo enlaces, redes locales
y remotas y telefonía, así como el hardware y software que en ella estuvieran
involucrados.
2.-
Monitorear permanentemente el correcto funcionamiento de la totalidad de los
computadores instalados en el Centro de Cómputos, los servicios por ellos suministrados,
los sistemas de soporte y la operación del software de base, aplicativos
interactivos y procesos batch, asegurando su
disponibilidad.
3.-
Entender en el respaldo y guarda de la información almacenada en los servidores
del Centro de Cómputos en los plazos y a través de los procedimientos
aprobados.
4.-
Ejecutar el soporte técnico y funcional a los usuarios, de acuerdo a sus áreas
de especialidad y tipo de problema.
5.-
Entender en la instalación, configuración y actualización del hardware, el software
de base de las estaciones de trabajo, incluidos los utilitarios de oficina y el
software generado por el área de desarrollo del Organismo, según políticas y
procedimientos definidos. Incluye la investigación y solución de los eventuales
problemas que pudiera presentar el funcionamiento de este software de base.
6.-
Intervenir en la administración de los ambientes tecnológicos y asegurar la
correcta administración de los componentes de configuración de los recursos
informáticos.
7.-
Entender en la definición e implementación de los perfiles de acceso a los
servicios informáticos de cada rol de la organización basándose en los
estándares de seguridad y control interno definidos.
8.-
Intervenir en la disponibilidad e integridad del servicio de Bases de Datos,
incluyendo: diseño, análisis de performance,
optimización, monitoreo, respaldo, reorganización y documentación.
9.-
Intervenir en la administración del inventario de Hardware y Software del
Organismo.
10.-
Coordinar el desarrollo y mantenimiento de la infraestructura y el soporte
técnico del parque informático emplazado en el Organismo, y los requerimientos
de comunicaciones.
11.-
Propiciar programas de actualización permanente de los recursos de tecnología
informática y su aplicación al proceso informático, a fin de mejorar la calidad
de los procesos.
12.-
Intervenir en el estudio y en las propuestas de implementación de nuevas
tecnologías de equipamiento y software en los distintos programas de trabajo
para el ingreso, consistencia, procesamiento y explotación de los datos, y
coordinar la actualización permanente de los mismos para la optimización del
uso de los recursos informáticos.
13.-
Ejecutar las acciones destinadas a asegurar el correcto funcionamiento del
equipamiento informático.
14.-
Asistir en la definición y/o adaptación de metodologías y normas de desarrollo
de sistemas y su documentación, así como en la selección de la plataforma
informática y el ambiente de desarrollo y ejecución de los sistemas.
15.-
Intervenir en la definición de la plataforma de comunicaciones.
16.-
Asistir a los usuarios en temas de su especialidad.
17.-
Coordinar el desarrollo de planes y procedimientos para la puesta en
funcionamiento de los sistemas.
DIRECCION
DE ASUNTOS JURIDICOS
COORDINACION
DE ASUNTOS CONTENCIOSOS
ACCIONES:
1.-
Intervenir en la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL en las causas
que sea parte el Organismo.
2.-
Asistir a la Dirección
de Asuntos Jurídicos supervisando y coordinando la representación y patrocinio
del ESTADO NACIONAL en las causas en que el Organismo sea parte ante
autoridades oficiales, ya sean Nacionales, Provinciales o Municipales,
coordinando las tareas de los letrados que asuman su defensa.
3.-
Asistir a la Dirección
de Asuntos Jurídicos en la concurrencia a audiencias judiciales, prejudiciales
o administrativas en que sea parte el Organismo.
4.-
Intervenir con las Agencias en el interior del país en las causas judiciales en
que sea parte el Organismo.
5.-
Entender en el trámite y diligenciamiento de los oficios judiciales y
administrativos del Organismo que se relacionen con juicios a cargo de la Dirección de Asuntos
Jurídicos.
6.-
Entender en el trámite de las causas en que el Organismo sea parte, efectuando
el seguimiento de las mismas mediante informes periódicos.
7.-
Intervenir conjuntamente con la
Dirección de Asuntos Jurídicos en la representación del
ESTADO NACIONAL, en todas aquellas causas del Organismo, ya sea por sí o a
través de la contratación de terceros debidamente autorizados.
COORDINACION
DE DICTAMENES
ACCIONES:
1.-
Intervenir respecto de los dictámenes técnico-legales de los proyectos de actos
administrativos de carácter general que se propicien o se sometan a
consideración del Organismo.
2.-
Dictaminar en los casos sometidos a su consideración, respecto de aquellas
actuaciones en las que tramiten actos o decisiones de carácter particular.
3.-
Intervenir y entender en el trámite de recursos, reclamos y denuncias sometidos
a su consideración.
4.-
Colaborar con la
Coordinación de Asuntos Contenciosos en la promoción y
contestación de demandas, ofrecimientos de prueba, apelaciones y demás temas
que por su especialidad le sean requeridos.
5.-
Dictaminar en los casos sometidos a su consideración respecto de aquellas
actuaciones en que tramiten actos de carácter particular relativos a cuestiones
de contrataciones y de carácter laboral derivadas del empleo público del ESTADO
NACIONAL.
6.-
Propiciar el perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias en
vigor.
7.-
Reemplazar al Director de Asuntos Jurídicos en caso de ausencia, licencia o
impedimento.
8.-
Tomar intervención en lo vinculado con los sumarios administrativos
disciplinarios.
9.-
Entender, en lo vinculado con su competencia, en la sustanciación de las
actuaciones sumarias por infracciones a las normas que regulan el accionar
sustantivo del Organismo.
COORDINACION
DE ASESORAMIENTO LEGAL
ACCIONES:
1.-
Asistir a la Dirección
de Asuntos Jurídicos en el asesoramiento de las autoridades del Organismo.
2.-
Intervenir conjuntamente con la
Coordinación de Dictámenes respecto de los aspectos legales
vinculados al personal del Organismo, las designaciones que se propicien en tal
sentido en el marco del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y los
proyectos de actos administrativos cuyo refrendo deba efectuar el Presidente
del Organismo.
3.-
Asistir a la Dirección
de Asuntos Jurídicos en los casos sometidos a su consideración, respecto de
aquellas actuaciones en las que tramiten actos o decisiones de carácter
particular.
4.-
Intervenir con la
Coordinación de Asuntos Contenciosos en la promoción y
contestación de demandas, ofrecimientos de prueba, apelaciones y demás trámites
que por su especialidad le sean requeridos.
5.-
Llevar un registro actualizado de la jurisprudencia recaída en las causas
judiciales a cargo de la
Dirección de Asuntos Jurídicos.
6.-
Intervenir en la tramitación de anteproyectos de actos de alcance general en el
ámbito del Organismo, y colaborar con los aspectos de técnica legislativa en lo
proyectado por otras jurisdicciones.
7.-
Analizar la legislación vinculada con el accionar del Organismo y prestar
asesoramiento en los actos administrativos, convenios y demás instrumentos que
se propicien en esta jurisdicción.
DIRECCION
DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS
COORDINACION
DE DESPACHO
ACCIONES:
1.-
Efectuar la registración, tramitación,
protocolización y distribución de Proyectos del Señor Presidente y
Vicepresidente del Organismo y Disposiciones de los Directores Nacionales y
Directores del Organismo.
2.-
Entender en el control de los mencionados proyectos, desde el punto de vista
formal, y formular las observaciones pertinentes que pudieren corresponder,
atendiendo el registro y custodia de los originados en este Organismo.
3.-
Llevar el registro, expedir copia autenticada de todos los actos
administrativos dictados en el ámbito del organismo y custodiarlos archivando
su original.
4.-
Llevar el registro de las actas, acuerdos, cartas de intención, protocolos y
convenios firmados por el Señor Presidente del Organismo,
5.-
Gestionar la publicación de normas y avisos oficiales en el Boletín Oficial y
verificar su cumplimiento.
6.-
Colaborar en el cotejo y certificación de las firmas de funcionarios del
Organismo, manteniendo actualizado el correspondiente Registro de Firmas.
7.-
Notificar, cuando corresponda, las Resoluciones, Disposiciones y Dictámenes
originados en el organismo, dentro de los plazos vigentes.
COORDINACION
DE MESA DE ENTRADAS, INFORMACION Y ORIENTACION AL PUBLICO
ACCIONES:
1.-
Asistir en la recepción, clasificación, registro, seguimiento y archivo de la
documentación y correspondencia dirigida al Organismo, supervisando el
cumplimiento de las normas administrativas vigentes.
2.-
Analizar, derivar y asegurar la recepción en las áreas con responsabilidad
primaria de los expedientes y correspondencia de acuerdo a las pautas vigentes
e instrucciones recibidas.
3.-
Mantener en reserva y/o archivo la documentación y sus antecedentes.
4.-
Fiscalizar el trámite y realizar el seguimiento de los asuntos cuya vigilancia
le fueran encomendados.
5.-
Otorgar vista de los expedientes a las partes interesadas, sus representantes
legales y apoderados correspondientes.
6.-
Efectuar al despacho de correspondencia, telegramas y notificaciones que gire el
Organismo.
7.-
Ejercer la administración y control del archivo de expedientes del Organismo.
8.-
Entender en la orientación al público, en forma personal o telefónica, acerca
de los distintos trámites que se efectúan en el Organismo, así como informar acerca
de la localización, teléfonos y titulares de sus dependencias.
9.-
Cooperar con la Dirección
de Despacho y Mesa de Entradas en la recepción electrónica de solicitudes de
información para su correcta derivación.
10.-
Proponer la difusión de los requisitos y documentación que deben presentarse
para iniciar los distintos trámites que sean competencia del Organismo.
11.-
Asistir en la tramitación y posterior respuesta sobre los pedidos de informes
que cualquiera de las Cámaras requieran al Poder Ejecutivo y tengan como
destinatario final al Organismo, así como también los que realice el Jefe de
Gabinete de Ministros en el marco del Artículo 101 de la CONSTITUCION NACIONAL.
12.-
Asistir a la Dirección
de Despacho y mesa de entradas en la labor con la Unidad de Enlace con la SUBSECRETARIA PARA
LA REFORMA
INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA, en el marco
de lo establecido por el Decreto Nº 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003.
AUDITORIA
INTERNA
SUPERVISION
DE AUDITORIA ECONOMICA FINANCIERA
ACCIONES:
1.-
Intervenir con el Auditor Interno en la formulación de la planificación anual
de auditoría interna, en el ámbito de su competencia
específica.
2.-
Asistir al Auditor Interno en el control de la ejecución del Plan Anual de Auditoría, detectando y explicando eventuales desviaciones
en proyectos referidos a su área de competencia, a fin de formular los ajustes
correctivos.
3.-
Elaborar los programas de trabajo específicos, conforme a las normas de auditoría interna gubernamental, para el desarrollo de los
proyectos de los proyectos previstos en el Plan Anual de Auditoria referidos a
temas de su incumbencia.
4.-
Evaluar el cumplimiento de las normas contables y financieras vigentes, así
como también los indicadores tendientes al análisis de la ejecución de los
programas presupuestarios, en el ámbito de su competencia.
5.-
Supervisar el cumplimiento de los principios contables y niveles
presupuestarios, de acuerdo a la normativa legal vigente, así como también las
actividades de control de ingresos y egresos en el ámbito del Organismo.
6.-
Coordinar las tareas del equipo de auditoría actuante
y supervisar el adecuado cumplimiento de los programas de trabajo específicos
y/o requerimientos no contemplados en la planificación.
7.-
Revisar y conformar los papeles de trabajo elaborados por el equipo de auditoría como evidencia de la labor realizada.
8.-
Elaborar los proyectos de informes sobre las auditorías
realizadas en el área de su competencia.
9.-
Participar en la creación y diseño de programas de revisión y control de
operaciones para la consecución de la óptima productividad.
10.-
Evaluar el ambiente de control en que se desarrollan los sistemas de
información y la conveniencia del equipamiento informático en relación con la
estructura y objetivos del Organismo.
11.-
Advertir al Auditor Interno sobre situaciones que comprometan el buen uso y
correcto mantenimiento de los bienes propiedad del Organismo.
12.-
Asistir al Auditor Interno en la evaluación del cumplimiento de las políticas,
planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior.
13-.
Intervenir a requerimiento del en la elaboración y determinación de los
procedimientos administrativos.
14.-
Producir los informes periódicos internos relacionados a las auditorías bajo su supervisión.
SUPERVISION
DE AUDITORIA LEGAL
ACCIONES:
1.-
Intervenir con el Auditor Interno en la formulación de la planificación anual
de auditoría interna, en el ámbito de su competencia
específica.
2.-
Asistir al Auditor Interno en el control de la ejecución del Plan Anual de Auditoría, detectando y explicando eventuales desviaciones
en proyectos referidos a su área de competencia, a fin de formular los ajustes
correctivos.
3.-
Elaborar los programas de trabajo específicos, conforme a las normas de auditoría interna gubernamental, para el desarrollo de los
proyectos previstos en el Plan Anual de Auditoria del Organismo para las auditorías de control de legalidad.
4.-
Coordinar las tareas de los campos de los equipos de auditoría
actuantes y supervisar el adecuado cumplimiento de los programas de trabajo
específicos y/o requerimientos contemplados en la planificación y los
efectuados a requerimiento de la Auditoría Interna.
5.-
Revisar y conformar los papeles de trabajo elaborados por el equipo de auditoría como evidencia de la labor realizada.
6.-
Elaborar los proyectos de informes sobre las auditorías
realizadas en el área de su competencia.
7.-
Asistir al Auditor Interno y a las restantes áreas de la Unidad de Auditoría Interna en materia legal y asistirlo en la
elaboración y emisión de dictámenes en relación con los actos administrativos
vinculados a la materia objeto de auditoría.
8.-
Analizar el entorno legal del marco normativo que amparan y rigen los distintos
proyectos de Auditoría.
9.-
Analizar actos y hechos jurídicos encomendados por el Auditor Interno, como así
también compilar el archivo jurídico de la Unidad de Auditoría
Interna.
10.-
Informar al Auditor Interno sobre situaciones que comprometan jurídicamente al
patrimonio del Organismo.
11.-
Intervenir a requerimiento del Auditor Interno en la evaluación y cumplimiento
de las normas y procedimientos aplicables al Organismo.
12.-
Asistir al Auditor Interno en la elaboración y determinación de los
procedimientos administrativos para el control de legalidad.
13.-
Producir los informes periódicos internos relacionados a las auditorías bajo su supervisión.