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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Acta n° 3
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11/05/2007
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Fecha: |
16/07/2007
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Dependencia: |
AC-3-2007-CCM |
Tema: |
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,
COMERCIO INTERNACIONALY CULTO
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Asunto: |
XCII REUNION DE
LA COMISION DE
COMERCIO
DEL MERCOSUR
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Se
realizó en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, entre los
días 9 y 11 de mayo de 2007,
la XCII Reunión
Ordinaria de
la Comisión
de
Comercio del MERCOSUR, con la presencia de las Delegaciones de Argentina,
Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela.
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Fueron tratados los siguientes temas:
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1. SEGUIMIENTO DE LAS TAREAS E
INSTRUCCIONES A LOS COMITES TECNICOS.
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1.1
CT Nº 3 “Normas y Disciplinas Comerciales”
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La CCM
tomó nota del informe de
la LIII Reunión
del CT Nº 3, celebrada en la ciudad de Asunción entre los días 25 y 27 de
abril de 2007.
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La CCM
aprobó
la Directiva N
º 05/07 “Modificación de Requisito
de Origen” (Anexo IV).
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1.2
CT Nº 6 “Estadísticas de Comercio Exterior del MERCOSUR”
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La CCM
tomó nota del informe de
la I Reunión
del
CT Nº 6, celebrada en la ciudad de Asunción los días 17 y 18 de abril de
2007.
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La PPTP
informó que la ll Reunión está prevista para los
días 17 y 18 de mayo próximo.
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2.
CONSULTAS
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2.1
Nuevas Consultas
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No
se presentaron Nuevas Consultas. |
2.2
Consultas en Plenario
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Nº
Tema De A Situación
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04/06
Restricciones al comercio de Arg Bra Argentina presentó Nota Técnica harina
de trigo y premezclas Pendiente
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06/06
Decreto Nº 545, de 03/05/06, de
la
Bra Arg
Pendiente República Argentina, referido a la concesión
de beneficios fiscales a los vehículos y equipamientos ferroviarios nuevos y
usados.
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07/06
Invalidación de Certificado de Par Arg Argentina presentó Nota Técnica Origen
a las exportaciones de Pendiente ENVAPAR SA.
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10/06 Cobro de IVA adicional de 10% a Par Arg
Concluida la importación definitiva. |
12/06 Impuesto del 20% aplicado a
la Par Arg
Argentina
presentó Nota Técnica Exportación de mercaderías de
la Pendiente
posición
arancelaria N.C.M. 2711.19.10.
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01/07
Ley. 10.454/02 Trato Arg Bra Brasil presentó Respuesta Discriminatorio en la
aplicación de Pendiente la tasa CONDECINE a los servicios publicitarios de
los Estados Partes del MERCOSUR
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3. ORIGEN
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3.1
Interpretación del inciso “d” del Art. 3º de
la Decisión CMC
Nº 01/04 Régimen de Origen del MERCOSUR
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El tema permanece en Agenda. |
3.2 Reglamentación de
la Dec CMC
Nº 17/03 Régimen
de Certificación de Mercaderías Originarias del MERCOSUR almacenadas en
depósitos aduaneros de uno de sus Estados Partes.
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La
Delegación
de
Argentina requirió que Uruguay presente, a los efectos de la operatividad del
Régimen, el Formulario de Certificado Derivado y la lista de las firmas
autorizadas.
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Al
respecto
la
Delegación
de Uruguay manifestó que se encuentra trabajando
en este sentido. |
3.3 Resolución GMC Nº 37/04 Reglamentación de
la Decisión CMC
Nº 41/03 Teniendo en cuenta lo acordado en la reunión anterior,
la PPTP
informó que comunicó a
la ALADI
acerca
de la situación en que se encuentra
la Directiva CCM
Nº
03/06.
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4. DEFENSA COMERCIAL Y DE LA
COMPETENCIA
|
4.1 Definición de los mecanismos y condiciones para
la eliminación de los instrumentos de defensa comercial intrazona
|
El
tema permanece en la Agenda. |
4.2 Protocolo de Defensa de la Competencia
|
El
tema permanece en la Agenda.
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5.
DECISION CMC Nº 54/04 ELIMINACION DEL DOBLE COBRO DEL AEC Y DISTRIBUCION DE
LA RENTA ADUANERA
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5.1 Implementación de
la Dec. CMC
Nº 37/05
|
Las
delegaciones acordaron intercambiar comentarios u observaciones, previo a la
próxima reunión de
la CCM
,
con respecto al trabajo elaborado por el CT Nº 1 sobre la adecuación a
la NCM
2007 de las listas de
bienes contenidas en los Anexos I y II de
la Dec. CMC
Nº 37/05.
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5.2
lmplementación del artículo 4 de
la Dec. CMC
Nº 54/04
|
La CCM
recibió el informe del Grupo Técnico reunido en
paralelo para analizar aspectos relacionados con el mecanismo de distribución
de la renta aduanera (Anexo VII RESERVADO – MERCOSUR/XCII CCM/DI Nº 07/07).
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La CCM
instruyó a
la Secretaría
del MERCOSUR solicitar a
la Secretaría General
de
la ALADI
las informaciones estadísticas de los años 2005 y 2006 de
la BADAM
en cuanto a los
flujos de comercio, específicamente, los siguientes campos: año, código,
origen, procedencia, valor CIF y el valor de la recaudación en concepto de
aranceles de importación en U$S, los cuales son necesarios para la simulación
del Mecanismo de Distribución de
la Renta Aduanera
del MERCOSUR. La información
solicitada debería estar disponible para su distribución a los Estados
Partes, a más tardar, en fecha 22/05/07.
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La
Delegación
de
Argentina solicitó a
la
Delegación
de Paraguay que presente en la próxima reunión
de
la CCM
una
estimación de las posibles pérdidas directas de recaudación debidas a un eventual
desvío de los flujos de comercio que podría derivarse de la implementación de
la Dec. CMC
Nº 54/04.
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La CCM
solicitó a las delegaciones que comiencen el
análisis interno de los requerimientos jurídicos a nivel de cada Estado Parte
para la puesta en práctica del mecanismo de distribución que se acuerde.
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La CCM
acordó que el Grupo Técnico sobre Distribución de
la Renta Aduanera
continúe su trabajo en forma paralela a la próxima reunión de la CCM.
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6. RES. GMC Nº 69/00 “ACCIONES
PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO”
|
6.1.
Solicitud de reducción arancelaria al 2% para el producto “Acido Tereftálico
Purificado” (PTA), clasificado en el código NCM 2917.36.00.
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Las
delegaciones intercambiaron posiciones sobre el tema. Al respecto,
la Delegación
de
Argentina manifestó que no se encuentra en condiciones de otorgar la
reducción arancelaria solicitada.
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La
Delegación
de
Paraguay manifestó su anuencia a la referida solicitud de reducción
arancelaria.
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6.2.
Solicitud de reducción arancelaria para “Sardinas, sardinelas y espadillas”
clasificado con el Código NCM 0303.71.00, para una cuota de 60.000 toneladas
con vigencia de 12 meses.
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Las
delegaciones manifestaron que están en condiciones de acompañar la solicitud
de Brasil.
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Al
respecto,
la CCM
aprobó
la Directiva N
º
06/07 “Acciones Puntuales en el ámbito Arancelario por Razones de
Abastecimiento”, que se adjunta en el Anexo IV.
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Nº
Tema De A Situación 6.3. Revisión de
la Resolución GMC
Nº 69/00 Acciones Puntuales en el Ambito Arancelario por Razones de
Abastecimiento
|
La
Delegación
de
Argentina expuso los contenidos de la propuesta de Modificación de
la Res. GMC
Nº 69/00
circulada por Nota DIMEC-s Nº 50/07 de fecha 4 de mayo de 2007 (Anexo VIII –
MERCOSUR/ XCII CCM/DT Nº 04/07).
|
Las delegaciones se manifestarán al respecto en la
próxima reunión de la CCM.
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7. ASUNTOS ADUANEROS
|
7.1 Simplificación de Procedimientos Aduaneros en el
comercio intrazona
La
Delegación
de Argentina solicitó aclaraciones sobre algunos
aspectos contenidos en el Proyecto de Directiva para reglamentar
la Res. GMC
Nº 34/04,
presentado por
la
Delegación
de Brasil en ocasión de
la LXXXIX
reunión de la CCM.
|
La
Delegación
de Brasil
respondió a las referidas solicitudes de aclaración.
|
Al respecto, las delegaciones proseguirán las discusiones
sobre este tema en la próxima reunión de la CCM.
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8. REGIMENES ADUANEROS ESPECIALES DE
IMPORTACION
|
Las
delegaciones coincidieron en la necesidad de avanzar en el tratamiento del
tema, teniendo en cuenta los plazos establecidos en
la Dec. CMC
Nº 33/05, la
cual prorroga el plazo de los Regímenes Aduaneros Especiales de Importación
hasta el 31/12/2007.
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8.1
Implementación del Art. 2º de
la Decisión CMC
Nº 02/06
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8.1.1
Régimen Común para la Industria Naval
|
Con
relación a la propuesta de Argentina sobre un Régimen Común para
la Industria Naval
,
la Delegación
de Brasil señaló dificultades con relación a algunos aspectos de la propuesta
argentina, entre ellos, el establecimiento de una lista de productos para
este Sector.
|
Las
Delegaciones de Paraguay y Uruguay también señalaron dificultades para
acompañar la propuesta argentina e informaron que el tema continúa en
análisis interno.
|
La
Delegación
de
Argentina reiteró la necesidad de establecer un Régimen Común para
la Industria Naval
,
teniendo en cuenta que el sector se encuentra en franca recuperación en la
región, quedando a la espera de propuestas alternativas por parte de las
delegaciones.
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Asimismo
y teniendo en cuenta la existencia de demanda insatisfecha, la Delegación Argentina
señaló el interés en intensificar
los trabajos que impulsen la integración productiva regional con vistas a la
captación de inversiones.
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Las
Delegaciones de Brasil y Paraguay coincidieron en la importancia de estimular
iniciativas de esta naturaleza.
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El
tema continúa en la agenda de la CCM.
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8.1.2
Régimen Común de Importación de Bienes Integrantes de Proyectos de Inversión
|
Las
delegaciones intercambiaron opiniones sobre el Proyecto de Resolución
presentado por
la Delegación
de Argentina en ocasión de
la XCI Reunión
de
la CCM
(DT Nº 03/07).
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Al respecto,
la Delegación
de
Brasil manifestó que no está en condiciones de acompañar dicho Proyecto, en
los términos presentados.
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Por
su parte,
la
Delegación
de Paraguay presentó un documento de trabajo con
comentarios preliminares, que consta en Anexo XIV (MERCOSUR/XCII CCM/DT Nº
07/07) y solicitó aclaraciones sobre ciertos artículos del mencionado
Proyecto.
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La
Delegación
de Uruguay
manifestó que el tema se encuentra en análisis interno.
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8.1.3. Régimen Común para la industria Aeronáutica
|
La
Delegación
de Brasil
circuló un Proyecto de Decisión sobre Régimen Común de Importación de Bienes
destinados a
la Industria Aeronáutica
que se adjunta como Anexo
IX - RESERVADO (MERCOSUR/XCII CCM/DT Nº 05/07).
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Las
delegaciones analizarán el proyecto de Decisión y se manifestarán en la
próxima Reunión de la CCM.
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9.
INCENTIVOS
|
El
tema permanece en la Agenda.
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10.
COOPERACION TECNICA MERCOSUR - BID
|
10.1 Apoyo Técnico a la CCM
|
La CCM
formalizó la conformación del Comité de Dirección
Ad Hoc del referido Proyecto, con los siguientes Representantes:
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-
Argentina
|
María
Fernanda Jakubow (MRE)
|
Fabiana Miglierini (MECON)
|
|
- Brasil
|
Leticia Frazão Alexandre (MRE)
|
Paulo
Peixoto (ABC-MRE)
|
|
- Paraguay
|
Rosa
Elizabeth Riquelme (MRE)
|
Bruno
Hug de Belmont (MIC)
|
|
-
Uruguay
|
Luis
Iribarne (MRREE)
|
Cecilia
Durán (MEF)
|
Dicho
Comité de Dirección se reunió en paralelo para analizar aspectos relacionados
con el Proyecto de Apoyo Técnico a
la
CCM
, principalmente, respecto a las propuestas de
modificación de los términos de referencia presentadas por las Delegaciones
de Argentina, Brasil y Paraguay.
|
El
Plan de Operaciones del Proyecto aprobado por el BID consta como Anexo X
(MERCOSUR/XCII CCM/DI Nº 08/07). |
La Delegación Argentina
se comprometió a circular una nueva propuesta de
términos de referencia, conforme a las sugerencias de las delegaciones.
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11. OTROS
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11.1
Situación de las normas con plazo de incorporación vencido
|
La CCM
recibió el listado de normas con plazo de
incorporación vencido, actualizado por
la SM
(Anexo XI - RESERVADO – MERCOSUR/LXXV CCM/DT
Nº 21/05 Rev. 11).
|
11.2
Listas de excepciones al AEC - datos estadísticos
|
Las
delegaciones hicieron entrega en medio electrónico de los datos de comercio
de productos contenidos en las listas de excepciones al AEC correspondientes
a los años 2005 y 2006 (Anexo XII).
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11.3
Propuesta de Aperturas en
la
Nomenclatura
del Capítulo 27 de la NCM
|
La CCM
recibió la propuesta de aperturas en la
nomenclatura del Capítulo 27 de
la
NCM
presentada por Brasil (Anexo XIII- MERCOSUR/XCII CCM/DT
Nº 06/07).
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Las
Delegaciones de Argentina, Paraguay y Uruguay realizarán las consultas con
los organismos pertinentes y se manifestarán en la próxima Reunión.
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11.4.
Bases de Datos
|
La CCM
acordó que
la
SM
incorpore en la página Web del MERCOSUR,
la Base
de Datos PRODYCOM sobre
Producción y Comercio Manufacturero.
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Por
otra parte,
la
Delegación
de Argentina manifestó que está en condiciones
de aceptar
la Base
de Datos INTRAZONA y, con respecto a
la Base
de Datos BADAM, solicitó que en el campo “origen”
se aclare que el mismo corresponde a la presentación del certificado, aunque
no implique necesariamente su aceptación por parte de la Aduana.
|
Asimismo, con relación a los derechos específicos
para textiles, calzados y juguetes,
la Delegación
de Argentina entregó a
la SM
un archivo con la
información perteneciente a cada producto para complementar la información de
la Base
de
Datos BADAM ARANCELES.
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La
Delegación
de Uruguay
señaló que está de acuerdo con Argentina con relación a lo manifestado sobre
el campo “origen”.
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PROXIMA
REUNION
|
La CCM
acordó realizar
la XCIII Reunión
Ordinaria en Montevideo, entre los días 11 y 13 de junio de 2007.
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ANEXOS:
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Los Anexos que forman parte de la presenta Acta son
los siguientes:
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Anexo
I Lista de Participantes
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Anexo
II Agenda
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Anexo
III Resumen de Acta
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Anexo
IV Normas aprobadas
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Anexo
V Nueva Consulta (No se presentaron)
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Anexo
VI Consultas en Plenario
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Anexo
VII RESERVADO MERCOSUR/XCII CCM/DI Nº 07/07 Informe del Grupo Técnico sobre
Implementación del artículo 4 de
la
Dec
: CMC Nº 54/04 Anexo VIII MERCOSUR/XCII CCM/DT Nº
04/07 Propuesta de Revisión de
la Resolución GMC
Nº 69/00 Acciones Puntuales en
el Ambito Arancelario por Razones de Abastecimiento, presentada por
Argentina
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Anexo
IX RESERVADO MERCOSUR/XCII CCM/DT Nº 05/07 Proyecto de Decisión sobre
Régimen Común de Importación de Bienes destinados a
la Industria
Aeronáutica
, presentado por Brasil
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Anexo
X MERCOSUR/XCII CCM/DI Nº 08/07 Plan de Operaciones - Apoyo Técnico a
la CCM Anexo
XI
RESERVADO MERCOSUR/LXXV CCM/DT Nº 21/05 Rev. 11 Situación de las normas con
plazo de incorporación vencido, presentado por
la SM
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Anexo
XIl Listas de excepciones al AEC - datos estadísticos – Años 2005, 2006 (en
soporte electrónico) Anexo XIII MERCOSUR/XCII CCM/DT Nº 06/07 Propuesta de Aperturas
en
la Nomenclatura
del Capítulo 27 de
la NCM
,
presentada por Brasil
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Anexo
XIV MERCOSUR/XCII CCM/DT Nº 07/07 Comentarios preliminares sobre el
Proyecto del Régimen Común de Bienes integrantes de Proyectos de Inversión,
presentado por Paraguay
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MERCOSUR/CCM/DIR Nº 05/07
|
“MODIFICACION DE REQUISITO DE ORIGEN”
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VISTO:
El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto,
la Decisión N
º
01/04 del Consejo del Mercado Común y
la Directiva N
º 05/04
de
la Comisión
de Comercio del MERCOSUR.
|
CONSIDERANDO:
|
Que el Régimen de Origen MERCOSUR faculta a
la Comisión
de
Comercio del MERCOSUR a establecer requisitos específicos de origen, en forma
excepcional y justificada, así como rever los requisitos ya establecidos.
|
Que resulta necesario adecuar los requisitos de
origen vigentes a los cambios registrados en las estructuras productivas de
los Estados Partes del MERCOSUR.
|
LA COMISION DE
COMERCIO
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
|
Art. 1 - Incorpórase al listado del Anexo I de
la Decisión CMC
Nº 01/04, la posición arancelaria NCM 8207.19.00 del producto definido como “Los
demás incluidas las partes”, la cual deberá cumplir con el requisito de “valor
de contenido regional del 50%”, agregando una nota al pie de página en los siguientes
términos “Herramientas de perforación o sondeo. Nota referencial: trépano PDC
con cuerpo de acero y cabeza de tungsteno”.
|
Art. 2 - Se solicita a los Estados Partes que
instruyan a sus respectivas representaciones ante
la Asociación
Latinoamericana
de Integración (ALADI) para que
protocolicen la presente Directiva en el marco del Acuerdo de Complementación
Económica Nº 18, en los términos establecidos en
la Resolución GMC
Nº 43/03.
|
Art. 3 - Los Estados Partes deberán incorporar la
presente Directiva a sus respectivos ordenamientos jurídicos nacionales antes
del 01/X/07.
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XCII
CCM - Montevideo, 11/V/07
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MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 06/07
|
ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO
ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO
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VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto
y
la Resolución
N
º 69/00 del Grupo Mercado Común.
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CONSIDERANDO:
|
Que
la CCM
analizó
las solicitudes presentadas por
la República Federativa
del Brasil sobre reducción arancelaria temporal por imposibilidad de
abastecimiento normal y fluido.
|
Que
la CCM
aprobó
la reducción arancelaria solicitada.
|
LA COMISION DE
COMERCIO
DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
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Art.
1 - Aprobar en el ámbito de
la Resolución GMC
Nº 69/00 la rebaja arancelaria
solicitada por
la República Federativa
del Brasil para el
siguiente ítem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre
límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:
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NCM
0303.71.00 - “Sardinas (sardina pilchardus, sardinops spp.), Sardinelas
(sardinella spp.) y Espadines (sprattus sprattus)”
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Cantidad: 60.000 toneladas
|
Plazo: 12 meses
|
Alícuota:
2
|
Art.
2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurídico interno
de
la
República Federativa
del Brasil. Esta incorporación deberá
ser realizada antes del 25/V/07.
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XCII
CCM – Montevideo, 11/V/07
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NOTA:
El Acta y los Anexos de
la XCII Reunión
Ordinaria de
la Comisión
de
Comercio del MERCOSUR, celebrada los días 9 al 11 de mayo de 2007, en la
ciudad de Montevideo, pueden ser consultados en
la Sede Central
de
esta Dirección Nacional – Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en
www.boletinoficial.gov.ar y en el sitio de Internet de
la Dirección Nacional
de Asuntos Económicos Comerciales del MERCOSUR.
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