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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en: |
Boletín/Of |
Decreto n° 952 |
08/08/2005 |
Fecha: |
11/08/2005 |
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Dependencia:
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DE-952-2005-AFIP |
Tema:
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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS |
Asunto:
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Ratifícanse designaciones y promociones de funcionarios de la ex- Dirección General
Impositiva y de la ex-Administración Nacional de Aduanas, dispuestas mediante
Disposiciones de dicha entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de
Economía y Producción. |
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VISTO el Expediente N° 255.565/03 del Registro de
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION, y los Decretos Nros. 491 del
12 de marzo de 2002 y 601 del 11 de abril de 2002, y |
CONSIDERANDO:
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Que
mediante el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002
se estableció, entre otros aspectos, que toda designación, asignación de funciones,
promoción y reincorporación de personal en el ámbito de
la Administración Pública
Nacional, centralizada y descentralizada en cargos de planta permanente y no permanente,
incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere
su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL, a propuesta de
la
Jurisdicción o Entidad correspondiente. |
Que
en
la
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad
autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ante la
necesidad funcional de cubrir cargos de conducción, se habilitaron los
respectivos procesos de selección conforme a lo establecido en el Convenio Colectivo
de Trabajo aprobado por Laudo N° 15/91 y en el
Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 “E”, normas
estas que rigen al personal de la ex-Dirección General Impositiva y de la
ex-Administración Nacional de Aduanas, respectivamente. |
Que
como resultado de los respectivos llamados a concurso, mediante las
Disposiciones Nros. 501 del 15 de septiembre de
2003, 515 del 16 de septiembre de 2003, 554 del 10 de octubre de 2003 y 600
del 31 de octubre de 2003, todas de
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, se dispusieron las promociones y titularizaciones de
los funcionarios seleccionados, en los niveles escalafonarios previstos en los respectivos ordenamientos de las Plantas de Personal
Permanente de la ex-Dirección General Impositiva y de la ex-Administración Nacional
de Aduana |
Que
las citadas reubicaciones no han implicado una mayor erogación
presupuestaria, en virtud de que los mismos venían percibiendo las diferencias
de haberes entre las categorías de revista y las asociadas al cargo
concursado. |
Que,
por su parte, los funcionarios de que se trata han acreditado el cumplimiento
de los requisitos establecidos en
la Circular N° 4 del 15 de marzo de 2002 de
la SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA de
la
PRESIDENCIA DE
LA
NACION, a excepción del punto relacionado con el
certificado de antecedentes penales, recaudo que no procede toda vez que los
mismos pertenecen a
la
Planta Permanente de la aludida Administración Federal. |
Que
el Artículo 2° del Decreto N° 1399 del 4 de
noviembre de
2001 ha
conferido a
la
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, en su carácter
de entidad autárquica, amplias facultades para asignar y redistribuir los
fondos que le corresponden de acuerdo con el Artículo 1° del citado decreto a
proyectos, programas, tareas y actividades, así como para determinar la
planta de personal, su distribución y la asignación de dotaciones a las
distintas unidades del Organismo y efectuar las inversiones que resulten necesarias
para la mejor consecución de sus objetivos. |
Que
la citada Administración Federal ha certificado la existencia de las
pertinentes vacantes como así también la disponibilidad en el Presupuesto
vigente de los créditos necesarios en las partidas específicas para atender el
gasto resultante de la medida impulsada; razón por la cual la misma resulta
viable. |
Que
la Dirección
General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete. |
Que
la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del
Artículo 99, inciso 1 de
la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo dispuesto
por el Artículo 19 inciso a) de
la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y del Artículo 1° del Decreto N° 491/02. |
Por ello, |
EL
PRESIDENTE DE
LA
NACION ARGENTINA DECRETA: |
Artículo
1° — Ratifícanse las designaciones y promociones al
Grupo 26, Función 01 —Asesor Mayor— de
la Clase Administrativo
y Técnico del ordenamiento escalafonario previsto
en el Convenio Colectivo de Trabajo aprobado por Laudo N° 15/91 de los funcionarios de
la
Planta de Personal Permanente de la ex-Dirección General
Impositiva Contadores Públicos D. Rolando René GONZALEZ (M.I. N° 10.874.555), D. Marcelo Luis BARAGIOLA (M.I. N° 13.190.403) y Da. Graciela Silvia CASTRO
(M.I. N° 14.077.177), en
el carácter de Directores de las Direcciones Regionales Paraná, Neuquén y
Salta, respectivamente, que fueran dispuestas mediante Disposiciones Nros. 501 del 15 de septiembre
de 2003, 515 del 16 de septiembre de 2003 y 600 del 31 de octubre de 2003, en
ese orden, todas de
la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS,
entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en
función de los respectivos procesos de selección para la cobertura de cargos,
llevados a cabo oportunamente por el citado Organismo.
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Art.
2° — Ratifícase la designación y promoción a
la Categoría C.T.A.-03 del Cuadro de Ordenamiento de Cargos (Funciones)
previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 “E” del funcionario de
la
Planta de Personal Permanente de la ex-Administración
Nacional de Aduanas Abogado D. Jorge Augusto DEPETRIS (M.I. N° 17.648.744) en el carácter de Jefe Titular de
la División Apoyo
Aduanero dependiente de
la
Dirección de Programas y Normas de Fiscalización, que fuera
dispuesta mediante
la
Disposición N° 554 del 10 de octubre de 2003, de
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, en función del respectivo proceso de selección para la
cobertura de cargos, llevado a cabo oportunamente por el citado Organismo. |
Art.
3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a
los créditos de las partidas específicas del Presupuesto vigente de
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS. |
Art.
4° — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese.— KIRCHNER. —
Alberto A. Fernández. — Roberto Lavagna. |
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