Detalle de la norma DE-952-2005-PEN
Decreto Nro. 952 Poder Ejecutivo Nacional
Organismo Poder Ejecutivo Nacional
Año 2005
Asunto Ratifícanse designaciones y promociones de funcionarios
Boletín Oficial
Fecha: 11/08/2005
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Decreto n° 952 08/08/2005 Fecha: 11/08/2005
 
Dependencia: DE-952-2005-AFIP
Tema: ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Asunto: Ratifícanse designaciones y promociones de funcionarios de la ex- Dirección General Impositiva y de la ex-Administración Nacional de Aduanas, dispuestas mediante Disposiciones de dicha entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Economía y Producción.
 

VISTO el Expediente 255.565/03 del Registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002 y 601 del 11 de abril de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que en la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ante la necesidad funcional de cubrir cargos de conducción, se habilitaron los respectivos procesos de selección conforme a lo establecido en el Convenio Colectivo de Trabajo aprobado por Laudo 15/91 y en el Convenio Colectivo de Trabajo 56/92 “E”, normas estas que rigen al personal de la ex-Dirección General Impositiva y de la ex-Administración Nacional de Aduanas, respectivamente.

Que como resultado de los respectivos llamados a concurso, mediante las Disposiciones Nros. 501 del 15 de septiembre de 2003, 515 del 16 de septiembre de 2003, 554 del 10 de octubre de 2003 y 600 del 31 de octubre de 2003, todas de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, se dispusieron las promociones y titularizaciones de los funcionarios seleccionados, en los niveles escalafonarios previstos en los respectivos ordenamientos de las Plantas de Personal Permanente de la ex-Dirección General Impositiva y de la ex-Administración Nacional de Aduana

Que las citadas reubicaciones no han implicado una mayor erogación presupuestaria, en virtud de que los mismos venían percibiendo las diferencias de haberes entre las categorías de revista y las asociadas al cargo concursado.

Que, por su parte, los funcionarios de que se trata han acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Circular N° 4 del 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a excepción del punto relacionado con el certificado de antecedentes penales, recaudo que no procede toda vez que los mismos pertenecen a la Planta Permanente de la aludida Administración Federal.

Que el Artículo 2° del Decreto 1399 del 4 de noviembre de 2001 ha conferido a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, en su carácter de entidad autárquica, amplias facultades para asignar y redistribuir los fondos que le corresponden de acuerdo con el Artículo 1° del citado decreto a proyectos, programas, tareas y actividades, así como para determinar la planta de personal, su distribución y la asignación de dotaciones a las distintas unidades del Organismo y efectuar las inversiones que resulten necesarias para la mejor consecución de sus objetivos.

Que la citada Administración Federal ha certificado la existencia de las pertinentes vacantes como así también la disponibilidad en el Presupuesto vigente de los créditos necesarios en las partidas específicas para atender el gasto resultante de la medida impulsada; razón por la cual la misma resulta viable.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo dispuesto por el Artículo 19 inciso a) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos 19.549 y del Artículo 1° del Decreto 491/02.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1° — Ratifícanse las designaciones y promociones al Grupo 26, Función 01 —Asesor Mayor— de la Clase Administrativo y Técnico del ordenamiento escalafonario previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo aprobado por Laudo 15/91 de los funcionarios de la Planta de Personal Permanente de la ex-Dirección General Impositiva Contadores Públicos D. Rolando René GONZALEZ (M.I. 10.874.555), D. Marcelo Luis BARAGIOLA (M.I. 13.190.403) y Da. Graciela Silvia CASTRO (M.I. 14.077.177), en el carácter de Directores de las Direcciones Regionales Paraná, Neuquén y Salta, respectivamente, que fueran dispuestas mediante Disposiciones Nros. 501 del 15 de septiembre de 2003, 515 del 16 de septiembre de 2003 y 600 del 31 de octubre de 2003, en ese orden, todas de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en función de los respectivos procesos de selección para la cobertura de cargos, llevados a cabo oportunamente por el citado Organismo.

Art. 2° — Ratifícase la designación y promoción a la Categoría C.T.A.-03 del Cuadro de Ordenamiento de Cargos (Funciones) previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo 56/92 “E” del funcionario de la Planta de Personal Permanente de la ex-Administración Nacional de Aduanas Abogado D. Jorge Augusto DEPETRIS (M.I. 17.648.744) en el carácter de Jefe Titular de la División Apoyo Aduanero dependiente de la Dirección de Programas y Normas de Fiscalización, que fuera dispuesta mediante la Disposición N° 554 del 10 de octubre de 2003, de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, en función del respectivo proceso de selección para la cobertura de cargos, llevado a cabo oportunamente por el citado Organismo.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a los créditos de las partidas específicas del Presupuesto vigente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Roberto Lavagna.