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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of: |
Decreto nº 944 |
18/07/2007 |
Fecha:
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25/07/2007 |
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Dependencia:
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DE-944-2007-PEN |
Tema:
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EXPOSICIONES INTERNACIONALES |
Asunto:
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Exímese del pago del derecho de
importación y demás tributos a los productos originarios y procedentes de los
países participantes en el evento “EMAQH 2007 - 13a. Exposición Internacional
de
la Máquina-
Herramienta, Herramientas y Afines”, a realizarse en
la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires. |
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VISTO el Expediente Nº S01:0021542/2007 del Registro del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y |
CONSIDERANDO: |
Que
la Asociación
Argentina de Fabricantes de Máquinas Herramienta,
Accesorios y Afines – AAFMHA (C.U.I.T. Nº 30-62673363-4) y
la Cámara Argentina
de Fabricantes de Herramientas e Instrumentos de Medición – CAFHIM (C.U.I.T.
Nº 30-62378060-7), solicitan la exención del pago del derecho de importación y
demás tributos que gravan la importación para consumo de los folletos,
catálogos impresos y digitales, afiches, otras formas de propaganda y
elementos de construcción y decoración de stands originarios y procedentes de
los países participantes en el evento “EMAQH 2007 - 13a. EXPOSICION
INTERNACIONAL DE
LA
MAQUINA-HERRAMIENTA, HERRAMIENTAS Y AFINES”, a realizarse en
el Predio
LA RURAL
de
la CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA), del 13 al
18 de julio de 2007. |
Que
la realización de la muestra acrecentará el intercambio tecnológico,
comercial y cultural de nuestro país con los demás países participantes. |
Que
los folletos, catálogos impresos y digitales, afiches, otras formas de
propaganda y elementos de construcción y decoración de stands que ingresarán
al país, se constituyen como materiales de apoyo importantes para ser
utilizados, durante el desarrollo del evento, por lo que se considera
razonable autorizar la importación de los mismos por valor FOB de DOLARES ESTADOUNIDENSES
CINCO MIL (U$S 5.000), por país participante. |
Que
la Dirección
General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete. |
Que
el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER
EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo 5º, inciso s) de
la Ley Nº 20.545 incorporado
por su similar Nº 21.450 y mantenido por el Artículo 4º de
la Ley Nº 22.792. |
Por ello, |
EL PRESIDENTE DE
LA NACION ARGENTINA
DECRETA: |
Artículo
1º — Exímese del pago del derecho de importación, del Impuesto al Valor
Agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios,
estadística y comprobación de destino, que gravan la importación para consumo
de los folletos, catálogos impresos y digitales, afiches, otras formas de
propaganda y elementos de construcción y decoración de stands, originarios y
procedentes de los países participantes en el evento “EMAQH 2007 - 13a.
EXPOSICION INTERNACIONAL DE
LA MAQUINA HERRAMIENTA, HERRAMIENTAS Y AFINES”, a
realizarse en el Predio
LA
RURAL de
la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (REPUBLICA
ARGENTINA) del 13 al 18 de julio de 2007, para su exhibición y/u obsequio en
la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO
MIL (U$S 5.000) por país participante, tomando como base de cálculo valores
FOB. |
Art.
2º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Miguel
G. Peirano. |
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