Detalle de la norma DE-942-2008-PEN
Decreto Nro. 942 Poder Ejecutivo Nacional
Organismo Poder Ejecutivo Nacional
Año 2008
Asunto 6ª edición de la Feria SITEVI MERCOSUR
Boletín Oficial
31429 Fecha: 04/06/2008
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of 

Decreto Nº 942

17/06/2008

Fecha:

19/06/2008

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Dependencia:

DE-942-2008-PEN

Tema:

FERIAS INTERNACIONALES

Asunto:

Exímese del pago del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y procedentes de los países participantes de la 6ª edición de la Feria “SITEVI MERCOSUR”, realizada en la ciudad de Mendoza.

 

VISTO el Expediente Nº S01:0387626/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que la firma EXPOSIUM AMERICA LATINA S.A. (C.U.I.T. Nº 30-69452657-4), solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos y elementos de construcción y decoración de stands, originarios y procedentes de los países participantes en la 6º edición de la Feria “SITEVI MERCOSUR”, a realizarse en el Predio Centro Ferial de la Unión Comercial e Industrial de Mendoza (UCIM) de la Ciudad de Mendoza, Provincia de MENDOZA (REPUBLICA ARGENTINA), del 13 al 16 de mayo de 2008.

Que la realización de esta muestra acrecentó el intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro país con los demás países participantes.

Que los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos y elementos de construcción y decoración de stands que ingresarán al país se constituyen como materiales de apoyo importantes para ser utilizados durante el desarrollo del evento, por lo que se considera razonable autorizar la importación de los mismos por un valor FOB de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000), por país participante.

Que resulta oportuno y conducente eximir a los productos de promoción objeto del presente decreto del cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Nº 47 de fecha 15 de agosto de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo 5º, inciso s) de la Ley Nº 20.545 incorporado por su similar Nº 21.450 y mantenido por el Artículo 4º de la Ley Nº 22.792 en lo que hace a la exención de los tributos que gravan a la importación para consumo.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º — Exímese del pago del derecho de importación, del Impuesto al Valor Agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de destino, que gravan la importación para consumo de los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos y elementos de construcción y decoración de stands, originariosy procedentes de los países participantes en la 6º edición de la Feria “SITEVI MERCOSUR”, realizada en el Predio Centro Ferial de la Unión Comercial e Industrial de Mendoza (UCIM) de la Ciudad de Mendoza, Provincia de MENDOZA (REPUBLICA ARGENTINA), del 13 al 16 de mayo de 2008, para su exhibición y/u obsequio en la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000) por país participante tomando como base de cálculo valores FOB.

Art. 2º — Exímese del cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Nº 47 de fecha 15 de agosto de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, a los productos de promoción originarios y procedentes de los países participantes en la Feria Internacional objeto del presente decreto.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Carlos R. Fernández.