BANCO CENTRAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA
COMUNICACIÓN “A“
3908
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27/03/2003
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A LAS ENTIDADES
FINANCIERAS:
Ref.: Circular
Camex 1 -440
Mercado Único y Libre de Cambios.
Nos dirigimos a Uds a los efectos
de comunicarles que se ha dispuesto, con vigencia a partir de la fecha,
introducir las siguientes modificaciones en las normas que regulan las
operaciones del mercado único y libre de cambios:
1. Modificar el punto 3 de la
Comunicación A 3473 del 9.2.02, modificado por las Comunicaciones A 3534 del
25.3.02 y A 3826 del 29.11.02, que queda redactado en los siguientes términos:
“Adicionalmente a los plazos establecidos, se dispondrá de 30 días hábiles para
la efectiva liquidación de las divisas de exportaciones de bienes y servicios”.
2. Ampliar a 180 días el plazo para la
demostración del despacho a plaza de bienes importados con pago anticipado que
de acuerdo con lo establecido en el punto 6 de la Comunicación A 3473 y
complementarias, disponen actualmente de 90 y 120 días. Esta ampliación también
tendrá vigencia para las operaciones de pagos anticipados de bienes realizados
a la fecha, que no tengan vencido el plazo para la demostración del despacho a
plaza.
3. Modificar el punto 2.2 de la
Comunicación A 3895 del 13.03.03, que queda redactado en los siguientes
términos: “Que los servicios vencidos de capital que se cancelan correspondan a
deudas financieras que al 31.12.2001 no fueran superiores al equivalente de
dólares estadounidenses 5.000.000, computando la totalidad de las cuotas
vencidas y a vencer en concepto de capital a esa fecha. Para las operaciones
que se cursen de acuerdo a lo dispuesto en este punto, se deberá utilizar el
código 871 “Amortizaciones de capital correspondientes a deudas financieras
punto 2.2 de la Comunicación A 3880 y complementarias”.
Saludamos a Ustedes atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Jorge L. Rodríguez Raúl O. Planes
Gerente de Exterior y Subgerente General Cambios de Operaciones