Detalle de la norma DE-799-2005-PEN
Decreto Nro. 799 Poder Ejecutivo Nacional
Organismo Poder Ejecutivo Nacional
Año 2005
Asunto Instituto Nacional de Vitivinicultura
Boletín Oficial
Fecha: 12/07/2005
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Decreto nº 799 07/07/2005 Fecha: 12/07/2005
 
Dependencia: DE-799-2005-PEN
Tema: INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
Asunto: Desígnase en la Planta Permanente del citado Instituto Subgerente de Administración.
 

VISTO - el Expediente Nº 311-000356/2004-1 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, entidad autárquica en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Leyes Nros. 25.164 y 25.827, los Decretos Nros. 993/91 T.O. 1995, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 1279 de fecha 23 de mayo de 2003 y 1280 de fecha 23 de mayo de 2003, la Resolución Conjunta Nº 37 de fecha 8 de junio de 2004 de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, la Resolución Nº C.34 de fecha 12 de agosto de 2004 del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con lo establecido por el Decreto Nº 993/91 T.O. 1995, por las referidas actuaciones se ha llevado a cabo el proceso de selección de candidatos para el cargo de Subgerente de Administración con Función Ejecutiva III en el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, entidad autárquica en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, según convocatoria efectuada mediante la Resolución Nº C.34 de fecha 12 de agosto de 2004 de dicho Instituto y con la intervención del Comité de Selección designado mediante la Resolución Conjunta Nº 37 de fecha 8 de junio de 2004 de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA.

Que por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación o asignación de funciones en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por la Nota Nº 325 - P. de fecha 4 de noviembre de 2004 del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA la máxima autoridad competente ha seleccionado, de la terna de candidatos elevada por el Comité de Selección para dicho cargo, al postulante cuya designación se propone.

Que si bien el postulante reviste actualmente como agente de la Administración Pública Nacional, la presente medida implica la cobertura del cargo vacante, siendo ello procedente como excepción de acuerdo con lo establecido por los Artículos 7º y 14 de la Ley Nº 25.827.

Que asimismo, en virtud de lo expresado precedentemente, en el presente caso no es de aplicación lo establecido en el Artículo 6º del Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, reglamentario de su similar Nº 491/02.

Que la presente medida no implica un incremento en los créditos asignados por la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 14 de enero de 2004, distributiva del Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004, ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, de los Artículos 7º y 14 de la Ley Nº 25.827 y de lo dispuesto por el Artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º — Desígnase en la Planta Permanente del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, entidad autárquica en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, al funcionario Contador Público Nacional D. Emilio Jorge CANET (M.I. Nº 8.146.492) en el cargo de Subgerente de Administración, Nivel Escalafonario A, Función Ejecutiva III.

Art. 2º — Exceptúase al INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA de la prohibición contenida en el Artículo 7º de la Ley Nº 25.827, a los efectos de proceder a la cobertura del cargo mencionado en el Artículo 1º del presente decreto.

Art. 3º — El gasto que demande la aplicación de la presente medida, se imputará a las partidas específicas del presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 50 – MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, Entidad 609 - INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, Finalidad 4, Función 6, Inciso 1 Gastos en Personal, Partida Principal 1, Partida Parcial 7.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Roberto Lavagna.