Resolución 320-2002
Apruébase el Programa Nacional de Política Lechera.
Bs.
As., 10/12/2002
VISTO
el expediente N° 0225519/2002 del registro de la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que
por el expediente mencionado en el Visto se propicia la creación de un PROGRAMA
NACIONAL DE POLITICA LECHERA.
Que
el sector lácteo argentino se desarrolla en diversas Provincias del territorio
de la REPUBLICA
ARGENTINA, es por ello que resulta conveniente la creación de
un Programa Nacional para unificar y complementar los objetivos tendientes a
una mayor y mejor producción de la leche y sus derivados.
Que
asimismo, mediante una política nacional lechera será factible lograr un mayor
valor agregado y desarrollo de las exportaciones de los productos lácteos en el
ámbito regional (MERCOSUR) y extraregional.
Que
tales objetivos se lograrán más fácilmente mediante la participación de los
diversos sectores intervinientes, privados y
oficiales.
Que
la DIRECCION DE
LEGALES del AREA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA dependiente de la DIRECCION GENERAL
DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que
le compete, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la PROCURACION DEL
TESORO DE LA NACION N° 7 de fecha 4
de febrero de 2002 y la
Disposición DGAJ N° 13 de fecha 11
de abril de 2002.
Que
el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo
dispuesto por el Decreto N° 475 del 8 de marzo de
2002.
Por
ello,
EL
SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
RESUELVE:
Artículo 1° —
Apruébase el PROGRAMA NACIONAL DE POLITICA LECHERA
que como Anexo forma parte de la presente resolución.
Art. 2° —
Comuniquese, publíquese, dése
a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Haroldo A. Lebed.
ANEXO
PROGRAMA
NACIONAL DE POLITICA LECHERA
A.
OBJETIVOS:
Crear
un ámbito jerarquizado de gestión capaz de generar respuestas adecuadas a la
problemática técnico-económica que caracteriza al sector lácteo argentino,
reconociéndole al mismo el nivel que le corresponde dentro del concierto
productivo nacional en atención a su importancia como generador de inversión,
empleo y desarrollo tecnológico.
Promover
la integración armónica de los distintos sectores que componen la cadena
láctea, con el objeto de asegurar el desarrollo de la lechería en función del
mercado interno y de la exportación dentro del ámbito regional (Mercosur) y extra-regional.
B.
AREAS DE COMPETENCIA
1.
Sistema de información permanente en materia de producción de leche cruda,
precios al productor y comercialización interna y externa.
2.
Coordinación y complementación de los sistemas de fiscalización
higiénico-sanitaria y comercial entre organismos provinciales y nacionales.
3.
Sistemas de comercialización y formación de precios en la cadena láctea.
4.
Análisis de los márgenes de comercialización en la cadena láctea.
5.
Instrumentos de financiamiento para el sector primario e industrial.
6.
Costos de producción por cuenca lechera.
7.
Legislación específica para el sector.
8.
Coordinación de programas de capacitación para el sector con organismos
públicos y privados.
9.
Programas de apoyo para las pequeñas y medianas empresas lácteas.
10.
Información y propuestas alternativas para las compras de leche destinada a
planes sociales por parte del Estado.
11.
Promoción de actividades con terceros países u organismos internacionales de
carácter público o privado relacionados con el sector lácteo.
C.
FOROS INSTITUCIONALES PARA LA
DISCUSION DE LA POLITICA LECHERA
1.
LA SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, como organismo rector de la política
lechera nacional, aportará todos los elementos necesarios para el desarrollo
del Programa, poniendo a su disposición los recursos humanos y materiales que
permitan alcanzar los objetivos propuestos.
2.
MESA NACIONAL DE POLITICA LECHERA: ámbito en el cual los integrantes del sector
lácteo puedan debatir y desarrollar distintos planes de acción destinados a
promover el progreso del sector en un marco de rentabilidad y previsibilidad para todos sus actores. Su integración
procurará mantener estrictos criterios de representatividad regional, a partir
de las Mesas de Concertación Provinciales y las entidades nacionales. Asimismo,
y cuando el tratamiento de los distintos temas así lo aconsejen, se podrán
crear comisiones técnicas dentro de su órbita.
3.
COMITE FEDERAL DE LECHERIA: se promoverá el normal funcionamiento de este
organismo integrado por los representantes de los gobiernos provinciales y la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, en cuyo seno se deben debatir todos
los temas que hacen a la situación del sector lácteo en cada una de las
provincias lecheras en función de la política lechera nacional.