Detalle de la norma RE-149-2010-SIC
Resolución Nro. 149 Secretaría de Industria y Comercio
Organismo Secretaría de Industria y Comercio
Año 2010
Asunto Importación de "Líneas de Producción Usadas" BASSO SA
Boletín Oficial
Fecha: 18/10/2010
Detalle de la norma
LOA

Resolución 149-2010

Régimen de Importación de Bienes Integrantes de "Líneas de Producción Usadas". Inclusión de un proyecto.

Bs. As., 13/10/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0001891/2005 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que la firma BASSO S.A. ha solicitado acogerse al Régimen de Importación de Bienes Integrantes de "Líneas de Producción Usadas" conforme a la Resolución Nº 511 de fecha 29 de junio de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, modificada por la Resolución Nº 8 de fecha 23 de marzo de 2001 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, la Resolución Conjunta 157 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION y 255 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA de fecha 9 de abril de 2003 modificada por la Resolución N° 83 de fecha 27 de junio de 2003 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resolución N° 353 de fecha 21 de mayo de 2004 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resolución Conjunta 40 del ex MINISTERIO DE PRODUCCION y 42 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS de fecha 30 de diciembre de 2008 y el Decreto 2259 de fecha 28 de diciembre de 2009, para la importación de bienes que forman parte, exclusivamente, de una línea de producción completa y autónoma.

Que los bienes mencionados en el Anexo que con DOS (2) hojas forma parte integrante de la presente resolución, están afectados directamente a la importación de una línea a ser instalada en la planta ubicada en la Localidad de Rafaela, Provincia de SANTA FE, destinada al forjado de válvulas para motores de combustión interna.

Que la firma BASSO S.A. ha presentado un compromiso para la obtención de la Certificación del Sistema de Gestión y Aseguramiento de Calidad según las Normas ISO 9001:2000.

Que la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL - FACULTAD REGIONAL RAFAELA y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, entidad autárquica en el ámbito de la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA han intervenido desde el punto de vista técnico en el análisis del proyecto, opinando que el mismo responde a lo previsto en la legislación vigente.

Que del análisis efectuado surge, que la línea de producción a importar encuadra dentro de los objetivos fijados por la Resolución Nº 511/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, modificada por la Resolución Nº 8/01 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, la Resolución Conjunta 157/03 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION y 255/03 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA modificada por la Resolución N° 83/03 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resolución N° 353/04 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resolución Conjunta 40/08 del ex MINISTERIO DE PRODUCCION y 42/08 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y el Decreto 2259/09, por lo que, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA y de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL ambas dependientes de la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA se ha determinado procedente la solicitud de la firma BASSO S.A., conforme a las disposiciones del Régimen referido.

Que la mencionada firma declara bajo juramento que no está ingresando al país bienes o componentes de bienes comprendidos dentro del marco de la Ley Nº 24.051 de Residuos Peligrosos y sus modificaciones y de la Ley Nº 24.040 de Compuestos Químicos.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta conforme a lo previsto por el Artículo 5º de la Resolución N° 511/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, y los Decretos Nros. 919 de fecha 28 de junio de 2010 y 964 de fecha 1 de julio de 2010.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESUELVE:

Artículo 1º — Considérase sujeta a lo establecido por el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de "Líneas de Producción Usadas" conforme a la Resolución Nº 511 de fecha 29 de junio de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, modificada por la Resolución Nº 8 de fecha 23 de marzo de 2001 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, la Resolución Conjunta Nº 157 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION y Nº 255 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA de fecha 9 de abril de 2003 modificada por la Resolución N° 83 de fecha 27 de junio de 2003 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resolución N° 353 de fecha 21 de mayo de 2004 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resolución Conjunta 40 del ex MINISTERIO DE PRODUCCION y 42 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS de fecha 30 de diciembre de 2008 y el Decreto 2259 de fecha 28 de diciembre de 2009, la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma BASSO S.A., consistente en la instalación de una línea destinada al forjado de válvulas para motores de combustión interna, cuya descripción se detalla en el Anexo que, con DOS (2) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º — El incumplimiento por parte de la beneficiaria de los objetivos establecidos en el proyecto de inversión para la mencionada planta y de las obligaciones emergentes del Régimen de Importación de Bienes Integrantes de "Líneas de Producción Usadas" conforme a las normas citadas en el artículo precedente, dará lugar a la aplicación de los Artículos 15 y 16 de la Resolución Nº 511/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA. Dichas sanciones serán aplicables también en el caso de comprobarse que el acreedor del beneficio hubiere incurrido en el incumplimiento previsto en el Artículo 21 de la mencionada resolución.

Art. 3° — El arancel correspondiente a la importación de los bienes integrantes del proyecto objeto de esta resolución es del SEIS POR CIENTO (6%).

Art. 4° — La SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL, dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA, notificada del cumplimiento de los requisitos impuestos por el mencionado Régimen, autorizará a la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a liberar las pertinentes garantías.

Art. 5º — A través de la Dirección de Promoción de Exportaciones dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de esta Secretaría, notifíquese a la firma BASSO S.A. la presente resolución.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Eduardo D. Bianchi.

ANEXO DE LA RESOLUCION N° 149

BIENES INTEGRANTES DE "LINEAS DE PRODUCCION USADAS" CON DESTINO AL FORJADO DE VALVULAS PARA MOTORES DE COMBUSTION INTERNA:

El monto de los bienes a valor FOB a importar, es por un total de DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTE (U$S 176.820).

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
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