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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Decreto n° 712 |
28/06/1996 |
Fecha: |
05/07/1996 |
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Dependencia: |
DE-712-1996-PEN |
Tema: |
Productos
en consignación. Exportación. |
Asunto: |
Incorpóranse
determinados productos. |
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VISTO el Expediente N° 030-000609/96 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y, |
CONSIDERANDO: |
Que
por Decreto N° 637 de fecha 16 de marzo de 1979 se estableció un régimen de
exportación de mercaderías en consignación. |
Que
dicho régimen facilita el envío de mercaderías al exterior a fin de encauzar
la concreción de futuras exportaciones. |
Que
el mismo resulta un instrumento idóneo para productos con ciclos de demanda y
precios muy cambiantes. |
Que
el mercado mundial de la pulpa de madera se caracteriza por corresponderle
períodos más largos a las sobreofertas y bajos niveles de precio, que los
correspondientes a la demanda y a las alzas en los precios. |
Que en consecuencia se hace necesario
incorporar dichos productos a los alcances del Decreto N° 637/79. |
Que
el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete, opinando que la medida
propuesta es legalmente viable. |
Que
el Artículo 373 de la Ley N° 22.415 -Código Aduanero- faculta al PODER
EJECUTIVO NACIONAL a tomar la medida
propuesta. |
Por ello, |
El
Presidente de la Nación Argentina Decreta: |
ARTICULO
1o - Incorpórase el Capítulo 47 de la Nomenclatura Común del
MERCOSUR (sin exclusiones) a la lista anexa al Decreto N° 637 de fecha 16 de
marzo de 1979. |
ART.
2o - El presente decreto tendrá vigencia a partir del día
siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. |
ART. 3o - De forma. |
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