Resolución 102-2010
Régimen
de Importación de Bienes Integrantes de "Líneas de Producción
Usadas". Inclusión de un proyecto.
Bs. As., 21/9/2010
VISTO el Expediente Nº S01:0445197/2005 del
Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que la firma McCAIN
ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA ha solicitado acogerse al Régimen de Importación de
Bienes Integrantes de "Líneas de Producción Usadas" conforme a la Resolución Nº 511 de
fecha 29 de junio de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, modificada por la Resolución Nº 8 de
fecha 23 de marzo de 2001 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, la Resolución Conjunta
Nº 157 del ex MINISTERIO DE LA
PRODUCCION y Nº 255 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA de fecha 9
de abril de 2003 modificada por la Resolución Nº 83 de fecha 27 de junio de 2003 del
ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resolución Nº 353 de
fecha 21 de mayo de 2004 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resolución Conjunta
Nº 40 del ex MINISTERIO DE PRODUCCION y Nº 42 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS de fecha 30 de diciembre de 2008 y el Decreto Nº 2259 de
fecha 28 de diciembre de 2009 para la importación de bienes que forman parte,
exclusivamente, de una línea de producción completa y autónoma.
Que los bienes mencionados en el Anexo que con UNA
(1) hoja forma parte integrante de la presente resolución, están afectados
directamente a la incorporación de una línea a ser instalada en la planta
ubicada en la Localidad
de Balcarce, Provincia de BUENOS AIRES, destinada a la producción de
especialidades de papa.
Que la firma McCAIN
ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA ha presentado una certificación del sistema de
gestión de calidad expedido por BUREAU VERITAS QUALITY INTERNATIONAL, según las
Normas ISO 9001:2008.
Que la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA
NACIONAL - FACULTAD REGIONAL HAEDO ha intervenido desde el punto de vista
técnico en el análisis del proyecto, opinando que el mismo responde a lo
previsto en la legislación vigente.
Que del análisis efectuado surge, que la línea de
producción a importar encuadra dentro de los objetivos fijados por la Resolución Nº 511/00
del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, modificada por la Resolución Nº 8/01
del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, la Resolución Conjunta
Nº 157/03 del ex MINISTERIO DE LA
PRODUCCION y Nº 255/03 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA
modificada por la
Resolución Nº 83/03 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, la Resolución
Nº 353/04 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resolución Conjunta
Nº 40/08 del ex MINISTERIO DE PRODUCCION y Nº 42/08 del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y FINANZAS PUBLICAS y el Decreto Nº 2259/09 por lo que, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE
INDUSTRIA y de la
SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL ambas
dependientes de la
SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE
INDUSTRIA se ha determinado procedente la solicitud de la firma Mc- CAIN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme a las
disposiciones del Régimen referido.
Que la firma declara bajo juramento que no está
ingresando al país bienes o componentes de bienes comprendidos dentro del marco
de la Ley Nº
24.051 de Residuos Peligrosos y sus modificaciones y de la Ley Nº 24.040 de Compuestos
Químicos.
Que la
Dirección de Legales del Area de
Industria, Comercio y de la
Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente resolución se dicta conforme a lo
previsto por el Artículo 5º de la Resolución Nº 511/00 del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA, y los Decretos Nros. 919 de fecha 28 de
junio de 2010 y 964 de fecha 1 de julio de 2010.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
RESUELVE:
Artículo 1º — Considérase sujeta a lo establecido por el Régimen de
Importación de Bienes Integrantes de "Líneas de Producción Usadas"
conforme a la Resolución
Nº 511 de fecha 29 de junio de 2000 del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA, modificada por la
Resolución Nº 8 de fecha 23 de marzo de 2001 del ex
MINISTERIO DE ECONOMIA, la Resolución Conjunta Nº 157 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION y Nº 255 del
ex MINISTERIO DE ECONOMIA de fecha 9 de abril de 2003 modificada por la Resolución Nº 83 de
fecha 27 de junio de 2003 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resolución Nº 353 de
fecha 21 de mayo de 2004 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resolución Conjunta
Nº 40 del ex MINISTERIO DE PRODUCCION y Nº 42 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS de fecha 30 de diciembre de 2008 y el Decreto Nº 2259 de
fecha 28 de diciembre de 2009, la importación de bienes integrantes del
proyecto presentado por la firma McCAIN ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA, consistente en la instalación de una planta destinada a la
producción de especialidades de papa, cuya descripción se detalla en el Anexo
que, con UNA (1) hoja forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 2º — El incumplimiento por
parte de la beneficiaria de los objetivos establecidos en el proyecto de
inversión para la mencionada planta y de las obligaciones emergentes del
Régimen de Importación de Bienes Integrantes de "Líneas de Producción
Usadas" conforme a las normas citadas en el artículo precedente, dará
lugar a la aplicación de los Artículos 15 y 16 de la Resolución Nº 511/00
del ex MINISTERIO DE ECONOMIA. Dichas sanciones serán aplicables también en el
caso de comprobarse que el acreedor del beneficio hubiere incurrido en el
incumplimiento previsto en el Artículo 21 de la mencionada resolución.
Art. 3º — El arancel
correspondiente a la importación de los bienes integrantes del proyecto objeto
de esta resolución es del SEIS POR CIENTO (6%) y la firma McCAIN
ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA deberá cumplir con una integración de bienes
nacionales del CUARENTA POR CIENTO (40%).
Art. 4º — La SUBSECRETARIA DE
POLITICA Y GESTION COMERCIAL y la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA, ambas dependientes de
la SECRETARIA DE
INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA autorizarán, en los términos
del Artículo 19 de la
Resolución Nº 511/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, a la Dirección General
de Aduanas, dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS,
entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,
a liberar las garantías oportunamente constituidas una vez verificado el
cumplimiento del Régimen por parte del interesado sobre la base de los informes
de auditoría que se hubieren realizado en los
términos del Artículo 14 de la citada resolución, y recibido de la Dirección General
de Aduanas la notificación requerida por el Artículo 18 de la mencionada
resolución en cuanto al cumplimiento de las importaciones comprometidas en el
Régimen.
Art. 5º — A través de la Dirección de Promoción
de Exportaciones dependiente de la Dirección Nacional
de Gestión Comercial Externa de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de
esta Secretaría, notifíquese a la firma McCAIN
ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA la presente resolución.
Art. 6º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Eduardo D. Bianchi.
ANEXO DE LA RESOLUCION S.I.
y C. Nº 102
BIENES INTEGRANTES DE "LINEAS DE PRODUCCION
USADAS" CON DESTINO A LA
PRODUCCION DE ESPECIALIDADES DE PAPA:
El monto de los bienes a valor FOB a importar, es
por un total de DOLARES CANADIENSES DOSCIENTOS DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y
SEIS CON NUEVE CENTAVOS (CAD 202.736,09.-).