Resolución 101-2010
Régimen de Importación de Bienes
Integrantes de "Líneas de Producción Usadas". Inclusión de un
proyecto.
Bs.
As., 21/9/2010
VISTO
el Expediente Nº S01:0265675/2003 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que
la firma MANULI PACKAGING ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA ha solicitado acogerse al
Régimen de Importación de Bienes Integrantes de "Líneas de Producción
Usadas" conforme a la
Resolución Nº 511 de fecha 29 de junio de 2000 del ex
MINISTERIO DE ECONOMIA, modificada por la Resolución Nº 8 de
fecha 23 de marzo de 2001 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, la Resolución Conjunta
Nº 157 del ex MINISTERIO DE LA
PRODUCCION y Nº 255 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA de fecha 9
de abril de 2003 modificada por la Resolución Nº 83 de fecha 27 de junio de 2003 del
ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resolución Nº 353 de
fecha 21 de mayo de 2004 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y la Resolución Conjunta
Nº 40 del ex MINISTERIO DE PRODUCCION y Nº 42 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS de fecha 30 de diciembre de 2008 para la importación de
bienes que forman parte, exclusivamente, de una línea de producción completa y
autónoma.
Que
los bienes mencionados en el Anexo que con UNA (1) hoja forma parte integrante
de la presente resolución están afectados directamente a la ampliación de su
planta ubicada en la
Localidad de Escobar, Provincia de BUENOS AIRES, destinada a
la producción de film extensible.
Que
la firma MANULI PACKAGING ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA ha adquirido una
Certificación del Sistema de Gestión y Aseguramiento de la Calidad según las Normas
ISO 9001:2000.
Que
la UNIVERSIDAD
TECNOLOGICA NACIONAL - FACULTAD REGIONAL HAEDO, ha
intervenido desde el punto de vista técnico en el análisis del proyecto,
opinando que el mismo responde a lo previsto en la legislación vigente.
Que
del análisis efectuado surge, que la línea de producción a importar encuadran
dentro de los objetivos fijados por la Resolución Nº 511/00 del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA, modificada por la
Resolución Nº 8/01 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, la Resolución Conjunta
Nº 157/03 del ex MINISTERIO DE LA
PRODUCCION y Nº 255/03 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA
modificada por la
Resolución Nº 83/03 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, la Resolución
Nº 353/04 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y la Resolución Conjunta
Nº 40/08 del ex MINISTERIO DE PRODUCCION y Nº 42/08 del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y FINANZAS PUBLICAS por lo que, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE
INDUSTRIA y de la
SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL ambas
dependientes de la
SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE
INDUSTRIA se ha determinado procedente la solicitud de la firma MANULI
PACKAGING ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme a las disposiciones del Régimen
referido.
Que
la firma MANULI PACKAGING ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA ha presentado una
planificación para el desarrollo de proveedores.
Que
la firma declara bajo juramento que no está ingresando al país bienes o
componentes de bienes comprendidos dentro del marco de la Ley Nº 24.051 de Residuos
Peligrosos y sus modificaciones y de la Ley Nº 24.040 de Compuestos Químicos.
Que
la Dirección
de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa,
dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha
tomado la intervención que le compete.
Que
la presente resolución se dicta conforme a lo previsto por el Artículo 5º de la Resolución Nº 511/00
del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y los Decretos Nros.
919 de fecha 28 de junio de 2010 y 964 de fecha 1 de julio de 2010.
Por
ello,
EL
SECRETARIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
RESUELVE:
Artículo 1º —
Considérase sujeta a lo establecido por el Régimen de
Importación de Bienes Integrantes de "Líneas de Producción Usadas"
conforme a la Resolución
Nº 511 de fecha 29 de junio de 2000 del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA, modificada por la
Resolución Nº 8 de fecha 23 de marzo de 2001 del ex
MINISTERIO DE ECONOMIA, la Resolución Conjunta Nº 157 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION y Nº 255 del
ex MINISTERIO DE ECONOMIA de fecha 9 de abril de 2003 modificada por la Resolución Nº 83 de
fecha 27 de junio de 2003 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resolución Nº 353 de
fecha 21 de mayo de 2004 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y la Resolución Conjunta
Nº 40 del ex MINISTERIO DE PRODUCCION y Nº 42 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS de fecha 30 de diciembre de 2008, la importación de bienes
integrantes del proyecto presentado por la firma MANULI PACKAGING ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA, consistente en una ampliación de planta destinada a la
producción de film extensible, cuya descripción se detalla en el Anexo que, con
UNA (1) hoja, forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 2º —
El incumplimiento por parte de la beneficiaria de los objetivos establecidos en
el proyecto de inversión para la mencionada planta y de las obligaciones
emergentes del Régimen de Importación de Bienes Integrantes de "Líneas de
Producción Usadas" conforme a las normas citadas en el artículo
precedente, dará lugar a la aplicación de los Artículos 15 y 16 de la Resolución Nº 511/00
del ex MINISTERIO DE ECONOMIA. Dichas sanciones serán aplicables también en el
caso de comprobarse que el acreedor del beneficio hubiere incurrido en el
incumplimiento previsto en el Artículo 21 de la mencionada resolución.
Art. 3º —
El arancel correspondiente a la importación de los bienes integrantes del
proyecto objeto de esta resolución es del CERO POR CIENTO (0%) y la firma
MANULI PACKAGING ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA deberá cumplir con una integración
de bienes nacionales del TREINTA POR CIENTO (30%).
Art. 4º —
La SUBSECRETARIA DE
POLITICA Y GESTION COMERCIAL y la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA, ambas dependientes de
la SECRETARIA DE
INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA autorizarán, en los términos
del Artículo 19 de la
Resolución Nº 511/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, a la Dirección General
de Aduanas, dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS,
entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,
a liberar las garantías oportunamente constituidas una vez verificado el
cumplimiento del Régimen por parte del interesado sobre la base de los informes
de auditoría que se hubieren realizado en los
términos del Artículo 14 de la citada resolución, y recibido de la Dirección General
de Aduanas la notificación requerida por el Artículo 18 de la mencionada
resolución en cuanto al cumplimiento de las importaciones comprometidas en el
Régimen.
Art. 5º —
A través de la Dirección
de Promoción de Exportaciones dependiente de la Dirección Nacional
de Gestión Comercial Externa de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de
esta Secretaría, notifíquese a la interesada.
Art. 6º —
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Eduardo D. Bianchi.
ANEXO
DE LA RESOLUCION Nº
101
BIENES
INTEGRANTES DE "LINEAS DE PRODUCCION USADAS" CON DESTINO A LA PRODUCCION DE FILM
EXTENSIBLE:
El
monto de los bienes a valor FOB a importar, es por un total de DOLARES ESTADOUNIDENSES
CUATROCIENTOS SESENTA MIL (U$S 460.000.-).