LOA
Ley 26.622
Apruébase el Acuerdo de
Cooperación entre la
República Argentina y la República Federativa
del Brasil relativo a Cooperación entre sus Autoridades de Defensa de la Competencia en la
aplicación de sus Leyes de Competencia.
El
Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º —
Apruébase el ACUERDO DE COOPERACION ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA
Y LA REPUBLICA
FEDERATIVA DEL BRASIL RELATIVO A COOPERACION ENTRE SUS
AUTORIDADES DE DEFENSA DE LA
COMPETENCIA EN LA APLICACION DE SUS LEYES DE COMPETENCIA, suscripto
en Buenos Aires —REPUBLICA ARGENTINA— el 16 de octubre de 2003, que consta de
TRECE (13) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente
ley.
ARTICULO 2º —
Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA
EN LA SALA DE
SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA ONCE DE AGOSTO DE DOS
MIL DIEZ.
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REGISTRADO BAJO EL Nº 26.622 —
JULIO
C. C. COBOS. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.
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