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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of |
Decreto n° 457 |
18/04/2006 |
Fecha:
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21/04/2006 |
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Dependencia:
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DE-457-2006-PEN |
Tema:
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FERIAS INTERNACIONALES |
Asunto:
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Exímese del pago del derecho de
importación y demás tributos a los productos originarios y provenientes de
los países participantes en la “FERIAGRO Argentina”, organizada en la
localidad de Tortugas - Armstrong, provincia de Santa Fe. |
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VISTO: el Expediente Nº S01:0359270/2005 del Registro del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y |
CONSIDERANDO: |
Que
la firma FERIAS Y EXPOSICIONES ARGENTINAS S.A. solicitó la exención del pago
del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para
consumo de los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras
formas de propaganda, regalos y elementos de construcción y decoración de
stands, originarios y procedentes de los países participantes en el evento “FERIAGRO
Argentina”, a realizarse en el Establecimiento “El Semillero” ubicado en
la Localidad de Tortugas
- Armstrong, Provincia de SANTA FE (REPUBLICA ARGENTINA), del 8 al 11 de
marzo de 2006. |
Que
la realización de esta muestra acrecentó el intercambio tecnológico,
comercial y cultural de nuestro país con los demás países participantes. |
Que
los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de
propaganda, regalos y elementos de construcción y decoración de stands que
ingresaron al país, constituyen materiales de apoyo importantes para ser
utilizados durante el desarrollo del evento, por lo que se considera
razonable autorizar la importación de los mismos por un valor FOB de DOLARES
ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000), por país participante. |
Que
la Dirección
General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete. |
Que
el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER
EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo 5º, inciso s), de
la Ley Nº 20.545 incorporado
por su similar Nº 21.450 y mantenido por el Artículo 4º de
la Ley Nº 22.792 en lo que
hace a la exención de los tributos que gravan a la importación para consumo. |
Por
ello, |
EL
PRESIDENTE DE
LA
NACION ARGENTINA DECRETA: |
Artículo
1º — Exímese del pago del derecho de importación, del Impuesto al Valor
Agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios,
estadística y comprobación de destino, que gravan la importación para consumo
de los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de
propaganda, regalos y elementos de construcción y decoración de stands,
originarios y procedentes de los países participantes en la “FERIAGRO
Argentina”, realizado en el Establecimiento “El Semillero”, ubicado en
la Localidad de Tortugas
- Armstrong, Provincia de SANTA FE (REPUBLICA ARGENTINA) del 8 al 11 de marzo
de 2006, para su exhibición y/u obsequio en la mencionada muestra, por un
monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000) por país
participante, tomando como base de cálculo valores FOB. |
Art.
2º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Felisa
Miceli. |
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