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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Decreto Nº 414 |
02/05/2005 |
Fecha: |
05/05/2005 |
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Dependencia: |
DE-414-2005-PEN |
Tema: |
EXPOSICIONES |
Asunto: |
Exímese del
derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y provenientes
de los países participantes en “Baires Expoalimentaria
2005”, a realizarse en
la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires. |
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VISTO: el Expediente Nº S01:0323822/2004 del Registro del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y |
CONSIDERANDO: |
Que
la firma PUBLITEC SOCIEDAD ANONIMA EDITORA, COMERCIAL Y MANDATARIA, solicita
la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan
la importación para consumo de los folletos impresos, material publicitario,
y elementos de construcción y decoración de stands,
originarios y procedentes de los países participantes en el evento “BAIRES
EXPOALIMENTARIA
2005”,
a realizarse en el Centro de Exposiciones Costa Salguero de
la CIUDAD AUTONOMA
DE BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA), del 15 al 17 de junio de 2005. |
Que
la realización de esta muestra acrecentará el intercambio tecnológico,
comercial y cultural de nuestro país con los demás países participantes. |
Que
los folletos impresos, material publicitario y elementos de construcción y
decoración de stands que ingresarán al país, se
constituyen como materiales de apoyo importantes para ser utilizados durante
el desarrollo del evento, por lo que se considera razonable autorizar la
importación de los mismos por un valor FOB de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO
MIL (U$S 5.000), por país participante. |
Que
la Dirección
General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete. |
Que
el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER
EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo 5º, inciso s), de
la Ley Nº 20.545 incorporado
por su similar Nº 21.450 y mantenido por el Artículo 4º de
la Ley Nº 22.792 en lo que
hace a la exención de los tributos que gravan a la importación para consumo. |
Por
ello, |
EL
PRESIDENTE DE
LA
NACION ARGENTINA DECRETA: |
Artículo
1º — Exímese del pago del derecho de importación,
del Impuesto al Valor Agregado, de los impuestos internos, de tasas por
servicios portuarios, estadística y comprobación de destino, que gravan la
importación para consumo de los folletos impresos, material publicitario, y
elementos de construcción de stands, originarios y procedentes
de los países participantes en el evento
“BAIRES
EXPOALIMENTARIA
2005”,
a realizarse en el Centro de Exposiciones Costa Salguero de
la CIUDAD AUTONOMA
DE BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA), del 15 al 17 de junio de 2005, para su
exhibición, y/u obsequio en la mencionada muestra, por un monto máximo de
DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000) por
país participante, tomando como base de cálculo valores FOB. |
Art.
2º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Roberto Lavagna. |
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