Detalle de la norma DE-414-2005-PEN
Decreto Nro. 414 Poder Ejecutivo Nacional
Organismo Poder Ejecutivo Nacional
Año 2005
Asunto Baires Expoalimentaria 2005
Boletín Oficial
Fecha: 05/05/2005
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of 
Decreto Nº 414 02/05/2005 Fecha: 05/05/2005
 
Dependencia: DE-414-2005-PEN
Tema: EXPOSICIONES
Asunto: Exímese del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y provenientes de los países participantes en “Baires Expoalimentaria 2005”, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
 

VISTO: el Expediente Nº S01:0323822/2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que la firma PUBLITEC SOCIEDAD ANONIMA EDITORA, COMERCIAL Y MANDATARIA, solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los folletos impresos, material publicitario, y elementos de construcción y decoración de stands, originarios y procedentes de los países participantes en el evento “BAIRES EXPOALIMENTARIA 2005”, a realizarse en el Centro de Exposiciones Costa Salguero de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA), del 15 al 17 de junio de 2005.

Que la realización de esta muestra acrecentará el intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro país con los demás países participantes.

Que los folletos impresos, material publicitario y elementos de construcción y decoración de stands que ingresarán al país, se constituyen como materiales de apoyo importantes para ser utilizados durante el desarrollo del evento, por lo que se considera razonable autorizar la importación de los mismos por un valor FOB de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000), por país participante.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo 5º, inciso s), de la Ley Nº 20.545 incorporado por su similar Nº 21.450 y mantenido por el Artículo 4º de la Ley Nº 22.792 en lo que hace a la exención de los tributos que gravan a la importación para consumo.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º — Exímese del pago del derecho de importación, del Impuesto al Valor Agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de destino, que gravan la importación para consumo de los folletos impresos, material publicitario, y elementos de construcción de stands, originarios y procedentes de los países participantes en el evento

“BAIRES EXPOALIMENTARIA 2005”, a realizarse en el Centro de Exposiciones Costa Salguero de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA), del 15 al 17 de junio de 2005, para su exhibición, y/u obsequio en la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000) por país participante, tomando como base de cálculo valores FOB.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Roberto Lavagna.